STSJ Murcia 277/2008, 28 de Abril de 2008

PonenteMANUEL RODRIGUEZ GOMEZ
ECLIES:TSJMU:2008:567
Número de Recurso171/2008
Número de Resolución277/2008
Fecha de Resolución28 de Abril de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de suplicación interpuesto por don Alejandro, contra la sentencia número 0498/2007 del Juzgado de lo Social número 3 de Murcia, de fecha 12 de noviembre, dictada en proceso número 0502/2007, sobre alta médica, y entablado por don Alejandro frente a Instituto Nacional de la Seguridad Social.

Actúa como Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. MANUEL RODRÍGUEZ GÓMEZ, quien expresa el criterio de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

La única instancia del proceso en curso se inició por demanda y en el que consta sentencia, en la que figuran declarados los siguientes hechos probados: "PRIMERO.- El actor don Alejandro, nacido el 28 de septiembre de 1952, inició situación de incapacidad temporal el 19 de enero de 2006 a través de la baja médica emitida por contingencia común en aquella fecha con el diagnóstico de "Artrosis lumbar". En ese momento estaba afiliado al Régimen General y en certificado de empresa consta contratado con categoría de Maquinista por la empresa Comunidad de Regantes Mota Resurrección. SEGUNDO.- En 18 de enero de 2007 agotó el plazo máximo de 12 meses previsto para la situación deincapacidad temporal, y por el INSS se acordó conceder prórroga por otros 6 meses, sin perjuicio de los controles médicos que se considerasen oportunos durante esa prórroga y con carácter previo a cumplirse la misma, el INSS acordó revisar y evaluar el proceso de IT del actor a los efectos previstos en el art. 128.1 de la LGSS, citando al actor a reconocimiento médico. TERCERO .- Sometido a reconocimiento médico se emitió en 4 de mayo de 2007 Informe médico de evaluación de incapacidad temporal en el que se refleja: 54 años, incapacidad temporal por poliartralgias: cervicalgia y lumbalgia; refiere la lumbalgia de 20 años de evolución. Rx: Espondiloartrosis; Discartrosis C6-C7 osteofitos C5-C5-C6, RNM: Espondilosis lumbar, polidiscopatía; protusiones discales globales L2-L3-L4, ambas con moderada repercusión sobre el saco tecal. Prescripción de faja, miorelax, xumadol, movalis. Ha hecho rehabilitación durante un mes. Citado con Rehabilitador el 17-1-07 que prescribe RHB. Actualmente pendiente de que llamen para comenzar el tratamiento. Tratamiento actual: Nolotil cápsulas, miorelax, movalis y pantecta. Refiere dolor y rigidez lumbar matutinos, de ritmo artrósico, que se alivia pasado un rato; además refiere cervicalgia frecuente asociada a mareos ocasionales. Refiere alivio de dolores con tratamiento médico. EF: Balance articular cervical conservado; no contracturas musculares apreciables; balance articular lumbar limitado en flexión por faja lumbar; Lassègue y Bragard negativos; marcha conservada. Juicio Clínico Laboral: Actualmente no se observan limitaciones funcionales. CUARTO.- Por el Equipo de Valoraciones de Incapacidades en 15 de mayo de 2007 propuso emitir el alta médica a los exclusivos efectos de la prestación económica por incapacidad temporal; y por Resolución de la misma fecha se eleva la propuesta a definitiva acordando emitir el alta a los meros efectos económicos, con fecha 30 de mayo de 2007, continuando el actor en situación de IT a los efectos de recibir prestaciones sanitarias, constando emitido parte de la cita médica por los Servicios públicos de salud el 15-7-07. QUINTO.- La base reguladora mensual de la prestación de Incapacidad Temporal, asciende a 60,56 €/día. SEXTO.- Interpuesta reclamación previa por el actor en fecha 7-6-07 se volvió a analizar el caso del actor y en 26 de junio de 2007 el EVI se ratificó en su propuesta de mantener el alta médica. Se agotó la Vía administrativa Previa"; y el fallo fue del tenor siguiente: "Que desestimando la demanda formulada por don Alejandro, frente a...

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