STSJ Andalucía 887/2008, 12 de Marzo de 2008

PonenteLUIS FELIPE VINUESA
ECLIES:TSJAND:2008:1444
Número de Recurso2675/2007
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución887/2008
Fecha de Resolución12 de Marzo de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación núm. 2675/07, interpuesto por FERROVIAL AGROMAN S.A. contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 3 DE ALMERÍA en fecha 9 DE MAYO DE 2007 y en autos nº 874/06 ha sido ponente el Iltmo. Sr. D.LUIS FELIPE VINUESA

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Jesús Carlos en reclamación sobre CONTRATO DE TRABAJO contra COSTA Y CASTAÑEDA S.L., FERROVIAL AGROMAN S.A. y FOGASA y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó sentencia en fecha 9 DE MAYO DE 2007 , por la que ESTIMANDO PARCIALMENTE la demanda, condenó a la empresa Costa Castañeda SL a abonar a la parte actora la cantidad de 4.341,52 €, cantidad de cuyo pago responde solidariamente la codemandad Ferrovial Agroman SA hasta el límite de 966,53 €; y todo ello sin perjuicio de la responsabilidad del Fondo de Garantía Salarial en los supuestos y con los límites del art. 33 del ET

Segundo

En la sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

"1.- La parte actora, D. Jesús Carlos , mayor de edad, con NIE núm. NUM000 , ha venido prestandosus servicios para la empresa Costa y Castañeda SL, dedicada a la actividad de la Construcción, desde el 22-9-05 al 13-1-06, con la categoría profesional de Peón Ordinario y percibiendo un salario de 1.957,06 € mensuales, incluida la parte proporcional de las gratificaciones extraordinarias.

  1. - Dicha empresa ha dejado de abonar al actor los salarios del mes de diciembre del año 2005, los 13 días trabajados del mes de enero del año 2006 así como la parte proporcional de la paga extra de verano, de las vacaciones no disfrutadas, la indemnización por fin de contrato y la indemnización por falta de preaviso de extinción de la relación laboral (15 días).

  2. - Durante el periodo comprendido entre el 22-9-05 y el 30-11-05 el demandante estuvo trabajando en dos obras en Vera (Almería) denominadas "AJ 69 viviendas en playa luminosa" y TQ1 134 viviendas Urbanización marina del Faro" cuya empresa principal era la codemandada Ferrovial Agroman SA que había subcontratado la ejecución de los trabajos de albañilería, revestimientos, solerías, alicatados y ayudas a instalaciones con la empresa Costa y Castañeda SL en virtud de los contratos mercantiles correspondientes.

  3. - En fecha 10-1-06 las empresas Ferrovial Agroman SA y Costa y Castañeda SL rescindieron de mutuo acuerdo los contratos mercantiles de ejecución de obra antes referidos procediendo la primera empresa abonar a todos los trabajadores de la segunda empresa que había trabajado en las obras anteriores mencionadas los salarios adeudados por Costa Castañeda SL, en el mes de diciembre del año 2005 y los días trabajados en el mes de enero, sin que en la relación de trabajadores afectados por dicho acuerdo se incluyera al actor al no haber trabajado en ese periodo concreto en las obras "AJ 69 viviendas en playa luminosa" y TQ1 134 viviendas Urbanización Marina del Faro"

  4. - Intentada la preceptiva conciliación ante el CMAC en fecha 28-6-06 la misma concluyó...

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