STSJ Canarias 279/2008, 30 de Abril de 2008

PonenteEDUARDO JESUS RAMOS REAL
ECLIES:TSJICAN:2008:1263
Número de Recurso160/2008
Número de Resolución279/2008
Fecha de Resolución30 de Abril de 2008
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0000160/2008 , interpuesto por Antonia , frente a la Sentencia del

JDO. DE LO SOCIAL N. 3 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 0000491/2007 en reclamación de DESPIDO , ha sido

Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. Eduardo Jesús Ramos Real .

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Dª Antonia contra el Iltre. Ayuntamiento de Valle Gran Rey y que en su día se celebró la vista, dictándose sentencia con fecha 18 de septiembre de 2007 por el JUZGADO de lo SOCIAL Nº 3 de los de Santa Cruz de Tenerife .

SEGUNDO

En la sentencia de instancia y como hechos probados se declararon los siguientes:

PRIMERO

La demandante Dª Antonia presta sus servicios como personal laboral, por cuenta y orden de la empresa AYUNTAMIENTO DE VALLE GRAN REY (Isla de La Gomera), con una antigüedad desde el 02-10-00, ostentando la categoría profesional de Ayudante a domicilio y percibiendo un salario mensual de 986'53 euros (promedio de los últimos seis meses del certificado de empresa).

SEGUNDO

El Ayuntamiento empleador comunicó a la actora un despido objetivo con efecto de 31-12-05, que fue declarado nulo por sentencia del Juzgado de lo Social nº 5 de Santa Cruz de Tenerife dictada en Autos nº 170/06 , por no haber ofrecido la indemnización en el momento del despido. La actora fue reincorporada el 23-10-06. TERCERO.- La actora presentó reclamación previa el 08-11-06 para que el Ayuntamiento le reconociese el carácter indefinido de la relación de trabajo. CUARTO.- El 13-02-07 fue modificada la jornada laboral de la actora lo que dio lugar a reclamación previa y demanda... QUINTO.- El día 27-03-07 la empresa le comunicó a la actora una carta de despido que tiene el siguiente contenido: "Sra. Doña Antonia. Muy Sra. nuestra: Por medio de la presente notificación la Dirección de esta empresa le comunica que con fecha 27 de marzo de 2007 se procede a su DESPIDO, dando de este modo por extinguidos los efectos de su contrato laboral con esta empresa, de conformidad con lo dispuesto en materia de los artículos 55 y 56 del Estatuto de los Trabajadores y 32 del Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Valle Gran Rey. Como es conocido, público y notorio en el municipio de Valle Gran Rey, el Sr. Alcalde de la Corporación, Don Valentín, ha sido objeto de una serie de acusaciones económicas públicas formuladas porla oposición en orden a la comisión por su parte de presuntas irregularidades en el ejercicio de su gestión pública. Dichas acusaciones han dado lugar a una serie de acciones penales que se encuentran en diferentes fases procesales, sin que hasta la fecha se haya emitido por los Juzgados y Tribunales competentes Sentencia alguna. La cuestión, como se ha dicho, es conocida en el término municipal y se ha hecho pública a través de diferentes medios de comunicación. El pasado día 23 de febrero de 2007, a partir de las 17:00 horas, se celebró desde las inmediaciones de la Casa de la Cultura de este municipio la cabalgata de Carnaval 2007, con un recorrido entre la Estación de Autobuses, Borbalán, La

Palomera, Vueltas, La Puntilla, La Playa y finalización en la Plaza de San Pedro. En este acto, y durante todo ese recorrido, se le pudo ver a usted vistiendo un disfraz alegórico a la Guardia Civil (tricornio simulado, camisa verde con bolsillos delanteros, metopas en los hombros a modo de galones y falda corta negra), acompañada en todo momento de otra persona que vestía, en este caso, de preso (camiseta de manga larga, pantalón y gorra a rayas blancas y negras, haciendo constar, tanto en la parte delantera, como en la trasera del mismo, el nombre 'Ramón', en clara alusión a la figura del Alcalde de este municipio, Valentín), simulando que usted custodiaba a éste último. A lo largo de todo el recorrido, y acompañada siempre por la persona anteriormente referida, tanto usted como su acompañante mostraban diferentes carteles con las siguientes leyendas: "Si lo ven salir a Cuba o Venezuela deténganlo (lo tiene prohibido)", refiriéndose a una presunta imposibilidad de viajar a dichos destinos por parte del alcalde como consecuencia de los procedimientos penales en curso. "Dietas: para salvarme por creer que el año tiene 435 días. Llama al 6969", en evidente alusión a la acusación realizada al Alcalde sobre su presunto cobro irregular de dietas. Para salvarme de la operación Garajes subterráneos llama al 6169", en referencia a otra acusación que recae sobre el Alcalde en orden a la concesión de licencias para la construcción de unos garajes públicos en el municipio. Además, tanto usted como su acompañante, del que no se separó ni un solo momento en su desfile por todo el casco urbano del municipio, portaban una "muñeca hinchable" pintada con las siguientes leyendas: "Me gusta la carne y el pescado" y "Trabajadora social: quiero ser concejal", refiriéndose de manera palpable y evidente a su superior jerárquica inmediata, la técnico de trabajo social Doña Ángeles. Esa misma tarde, tanto usted como su acompañante fueron entrevistados por la emisora de radio municipal "Radio Gran Rey". En dicha entrevista usted manifestó a la pregunta de si su acompañante, disfrazado de preso y con los carteles antes transcritos, se llamaba Ramón contestó en tono jocoso que "cualquier coincidencia con la realidad es pura coincidencia". En la misma entrevista, a la pregunta de la entrevistadora "Bueno, y usted se lo lleva detenido. ¿Pero cómo es posible que lo haya dejado venir en carnaval?, usted manifestó lo siguiente: "Una maleta con

cobro de comisiones... y segundo lugar, si lo ven salir a Cuba, Venezuela, deténganlo, que lo tiene totalmente prohibido, eh", reiterando nuevamente las acusaciones públicas contra el Alcalde. Asimismo, manifestó al comentario de la entrevistadora que textualmente decía "Yo, lo que les digo es que entre Lázaro y usted este carnaval está decayendo". Que "La única diferencia es que Lázaro está metido en la cárcel y éste (por el "preso") va a entrar". Cabe poner de manifiesto además que usted, junto con su acompañante, se dejaba ver por todo el recorrido con otro cartel que literalmente rezaba lo siguiente: "Busco falsa y arrastrada que mienta en los juicios (regalo puesto de trabajo)", haciendo clara mención, de este modo, a su compañera y trabajadora de este Ayuntamiento Doña Consuelo, que acudió en calidad de testigo al juicio por despido interpuesto por usted y que fue sustanciado en los autos 170/2006 del Juzgado de lo Social nº 5 de Santa Cruz de Tenerife. Los hechos expuestos sobrepasan sobremanera su legítimo derecho a la Libertad de Expresión, pasando directamente a constituir una imputación de delitos al Alcalde, así como a ofender y vejar a una trabajadora de esta Corporación, quebrando de este modo los deberes de lealtad, honorabilidad y confianza que debe regir la relación laboral. En consecuencia, los hechos constatados representan una evidente manifestación de fraude, deslealtad y abuso de confianza, así como la comisión de una conducta constitutiva de delito doloso, al imputarse un delito a un superior jerárquico, en este caso, al Alcalde así como una conducta constitutiva de transgresión de la buena fe contractual y de ofensas verbales al empresario o a las personas que trabajan en la empresa, y que, como tal, están tipificados como FALTA MUY GRAVE de la prevista en el artículo 32.C.c.1 ) del vigente Convenio Colectivo del personal laboral del Ayuntamiento de Valle Gran Rey, prevista y como causa de despido disciplinario en el artículo 54.2.c) y d) del Estatuto de los Trabajadores . En arreglo a lo anterior, y conforme al artículo 32 del Convenio Colectivo de aplicación, se le impone por la comisión de una FALTA MUY GRAVE la sanción de DESPIDO, que se hará efectiva a la recepción de la presente comunicación. Se pone en conocimiento, igualmente, que conforme a lo establecido en el artículo 32 del Convenio Colectivo, de la imposición de esta sanción se ha dado cuenta al comité de Empresa. Sin otro particular, rogándole

la firma de la presente como prueba de su recepción, atentamente le saluda, EL ALCALDE". SEXTO.-El día 23-02-07, a partir de las 17'00 horas, se celebró la Cabalgata del Carnaval de 2007 de Valle Gran Rey. La actora Dª Antonia y su novio participaron disfrazados en dicha cabalgata. La actora iba disfrazada de guardia civil con minifalda y tricornio, mientras que su novio D. Ramón llevaba un disfraz de preso con traje a rayas horizontales y una muñeca hinchable (documentos 5 a 9 del ramo de prueba de la partedemandada, consistente en fotografías en las que aparecen la actora y su novio con la muñeca hinchable): Ambos llevaban carteles y mensajes que decían lo siguiente: El acompañante disfrazado de preso portaba los siguientes carteles: Delante: "6969 Ramón"; - "BUSCO FALSA Y ARRASTRADA QUE MIENTA EN LOS JUICIOS (REGALO PUESTO DE TRABAJO)". Detrás: - "Ramón". -"DIETAS: PARA SALVARME POR CREER QUE EL AÑO TIENE 435 DÍAS LLAMA AL: 6969". - "PARA SALVARME DE LA "OPERACIÓN GARAJES SUBTERRÁNEOS" LLAMA AL: 6169". La muñeca hinchable que portaba tenía las siguientes inscripciones: - "ME GUSTA LA CARNE Y EL PESCADO". -"TRABAJADORA SOCIAL, QUIERO SER CONCEJAL". Dª Antonia, disfrazada de guardia civil, portaba en la espalda el cartel: "JUDICIAL"; y delante otro con lo siguiente: "SI LO VEN SALIR A CUBA O VENEZUELA DETÉNGANLO (LO TIENE PROHIBIDO)". SÉPTIMO.- Esta Cabalgata del Carnaval fue vista por los vecinos y visitantes de Valle Gran Rey y retransmitida por la radio municipal, Radio Valle Gran Rey. La locutora de la citada Radio relató el ambiente que veía en la cabalgata y entrevistó a la actora y su acompañante, además de otras personas. Durante entrevista la locutora le pregunta a la actora quién es el preso que lleva, a lo que contesta que se llama Ramón,...

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