STSJ Andalucía 1279/2014, 14 de Mayo de 2014

PonenteMARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA
ECLIES:TSJAND:2014:4343
Número de Recurso449/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución1279/2014
Fecha de Resolución14 de Mayo de 2014
EmisorSala de lo Social

Rº. 449/13 mba

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA

SALA DE LO SOCIAL DE SEVILLA

Iltmos. Señores:

DÑA. ELENA DIAZ ALONSO: Presidenta

DÑA. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA

D. JOSE JOAQUIN PEREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a catorce de mayo de dos mil catorce.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚM. 1279/14

En el Recurso de Suplicación interpuesto por AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS contra la sentencia del Juzgado de lo Social número UNO de los de ALGECIRAS, Autos nº 628/11 ha sido Ponente la Iltma. Sra. Dª. Mª GRACIA MARTÍNEZ CAMARASA, Magistrada.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos se presentó demanda por Enrique contra AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS E INICIATIVA LOS BARRIOS S.L. se celebró el Juicio y se dictó sentencia el 13/09/12 por el Juzgado de referencia en la que se estimó la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados constan los siguientes:

PRIMERO

El actor fue contratado por INICIATIVA LOS BARRIOS, S.L. en fecha 01.08.2003, y ha venido prestando sus servicios en la Concejalía de Festejos del AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS, como Coordinador, suscribiendo los siguientes contratos sin solución de continuidad:

  1. - Contrato de obra y servicio determinado, a tiempo completo, fecha de inicio 01.08.2003, categoría profesional de Auxiliar Administrativo, objeto del contrato (Cláusula adicional la): "ejecución de tareas de preparación y gestión de los actos incluidos en la programación de Festejos para la temporada estival 2003. Navidades 2003 y Feria y Fiestas Patronales del año 2004".

  2. - Contrato de obra y servicio determinado, a tiempo completo, fecha de inicio 18.05.2004, categoría profesional de Auxiliar Administrativo, objeto del contrato (Cláusula adicional 1a): "ejecución de tareas de gestión y desarrolló de los actos incluidos en la programación de festejos para el año 2004 que se llevará a cabo por la delegación de festejos de este Ayuntamiento". 3.-.Contrato de obra y servicio determinado, a tiempo completo, fecha de inicio 01.01:2005, categoría profesional de Auxiliar Administrativo, objeto del contrato, (Cláusula adicional 1ª):"es la realización de tareas de preparación, gestión y desarrollo de la programación de festejos para el año 2005".

  3. -Contrato de obra y servicio determinado, a tiempo completo, fecha de inicio 01.01.2006, categoría profesional de Auxiliar Administrativo, objeto del contrato (Cláusula adicional la): "la realización de tareas de preparación y desarrollo de los festejos previstos para el año 2006 en la Villa de Los Barrios".

  4. - Contrato indefinido, a tiempo completo, fecha de inicio 01.08.2006, categoría profesional de Auxiliar Administrativo.

(f. 86 a 90).

SEGUNDO

El actor ostenta una antigüedad de 01.08.2003, y un salario diario de 117,37 euros con inclusión de parte proporcional de pagas extraordinarias (hecho no controvertido).

TERCERO

1.- El certificado emitido por el Concejal de Festejos del AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS de fecha 01.06.2007, certifica "que el trabajador municipal D. Enrique, titular del DNI número NUM000, ha venido prestando sus servicios desde el día 1 de agosto de 2003 al día de la fecha en la Concejalía de Festejos a mi cargo ejerciendo las labores de coordinador de dicha Concejalía, efectuando trabajos de organización de Ferias, Carnaval, Navidades, celebración del Toro Embolao, Romería de San Isidro Labrador y eventos de todo tipo'.

  1. - El certificado emitido por el Concejal de Festejos del AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS de fecha

10.02.2011, certifica "que el trabajador municipal D. Enrique, titular del DNI número NUM000, ha venido prestando sus servicios desde el día de mi toma de posesión de Concejal de este Ayuntamiento al día de la fecha en la Concejalía de Festejos a mi cargo ejerciendo las labores de coordinador de dicha Concejalía, efectuando trabajos de organización de Ferias, Carnaval, Navidades, celebración del Toro Embolao, Romería de San Isidro Labrador y eventos de todo tipo":.

(f 91 y 93)

CUARTO

El actor ha venido solicitando sus vacaciones y permisos al AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS, que eran informados y autorizados tanto por el Concejal del Departamento, como por la Concejala de Personal (f. 102 a

109).

QUINTO

El actor actuaba representando al AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS en las reuniones que se celebraban con otras instituciones para la organización de eventos (f. 110 a 113).

SEXTO

Inspección de Trabajo, levantó acta de infracción, que se da por reproducida, recogiendo las siguientes conclusiones:

"Esta relación de la empresa INICIATIVA LOS BARRIOS, S.L., sujeta al derecho privado, y el EXCELENTISIMO AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS, y las condiciones constatadas en la actuación (ausencia de contrato entre ambas empresas, actividad seguida conforme a los acuerdos municipales, y mera puesta a disposición de los trabajadores, sin aporte material) son contrarias a lo establecido en el artículo 43.2 del Estatuto de los Trabajadores ... La cesión de trabajadores sin la correspondiente autorización administrativa constituye infracción en materia laboral ... La infracción se califica de MUY GRAVE en el artículo 8.2 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social ".

(f. 132 a 135).

SÉPTIMO

1.- El convenio regulador de las condiciones de trabajo de los empleados públicos municipales del AYUNTAMIENTO DE LOS BARRIOS dispone en su art. 1, ámbito de aplicación lo siguiente:

"Las normas contenidas en el presente Convenio serán de aplicación al personal que, con relación jurídica funcionaria) y/o laboral, preste sus servicios en el Excmo. Ayuntamiento de Los Barrios y se encuentre incluido en alguno de los siguientes regímenes.

Funcionarios de Carrera, de empleo e interinos Laborales Fijos y contratados temporales.

Al personal con contrato laboral que preste sus servicios en las empresas públicas municipales que desarrollen servicios y actividades por cuenta del limo. Ayuntamiento de Los Barrios y cuyo capital y presupuestos esté consolidado e integrado en la contabilidad municipal. Régimen Jurídico-Laboral del Personal afecto a las sociedades Municipales y otros Entes Autónomos del Ilustrísimo Ayuntamiento:

Vista la existencia de una plantilla laboral que viene prestando sus servicios en las empresas públicas de capital íntegramente municipal del Ilustrísimo Ayuntamiento de Los Barrios, se acuerda unánimemente considerar a todos los efectos a dicho personal como personal municipal, debiendo ser subrogados en caso de disolución, liquidación, situación concursal o cese en sus funciones, aún cuando no se disuelvan las referidas empresas, en la plantilla municipal, con respeto de todos sus derechos consolidados" (f. 129 y 130).

  1. - El citado convenio viene siendo aplicado como Convenio extraestatutario por el Ayuntamiento en su integridad a todos los empleados (hecho no controvertido).

OCTAVO

1.- Mediante escrito de 07.12.2011, que se da por reproducido, la empresa INICIATIVA LOS BARRIOS, S.L. comunicó al actor su despido con efectos de 31.12.2011, conforme a lo establecido en el artículo 52c) del Estatuto de los Trabajadores, esto es despido objetivo por concurrencia de causas objetivas.

  1. - En la citada comunicación, se le indica al actor:

    "Efectivamente, en virtud de acuerdo de la Junta General Extraordinaria celebrada el pasado día 4 de Julio de 2011, se acordó en el primero de los puntos de su orden del día la disolución de la sociedad, iniciándose por ende el periodo de liquidación de la misma, como ya tiene conocimiento.

    Las causas son por tanto, económicas, pues de los resultados de la empresa se desprende una situación económica negativa, ya que la sociedad ha tenido resultados negativos en años anteriores. Presenta actualmente lo que ha denominado «agujero patrimonial'; por las pérdidas continuadas en el tiempo. Los años objeto de análisis ha sido el período que va desde el año 2008 al 2009. A fin de acreditar dicha situación, le adjuntamos como documentos los Balances de Pérdidas y Ganancias y los siguientes datos:

    Resumen Resultados de ejercicios analizados

    RESULTADO (Pérdidas)

    Ejercicio

    2008

    2009

    TOTAL

    Importe

    -800.000

    -1.565.016,32

    -2.367.114,9

    b

    ... Debido a la situación económica por la que atraviesa la Empresa y en base a lo establecido en el artículo 53.1b) del Estatuto de los Trabajadores, en este momento no le resulta posible poner a su disposición la citada indemnización, sin perjuicio de su derecho a exigir su abono al hacerse efectiva la extinción. La propuesta de su indemnización por despido es la siguiente a) indemnización de 9633,7869 #, quedando pendiente para el momento de la

    extinción incluir los demás conceptos liquidatorios".

  2. - A fecha 17.09.2011 la empresa INICIATIVA LOS BARRIOS, S.L pasé á en la cuenta 0030 1880 60 0000192271 de BANESTO un saldo de 22.471,29 euros (f. 118).

NOVENO

El actor ostenta la condición de legal representante de los trabajadores (f. 119 a 122).

DÉCIMO

La empresa INICIATIVA LOS BARRIOS, S.L. ha solicitado la declaración de concurso voluntario en fecha 25.04.2012 (f. 173 a 184).

DECIMOPRIMERO,- Según declaración de la testigo Da Florencia, funcionaria del Ayuntamiento desde 1999, que presta sus servicios en el Departamento de Festejos, y que merece credibilidad a este Juzgador, el actor entró a trabajar en 2003, prestando sus servicios como Coordinador siempre en dicho Departamento de Festejos, a las órdenes del Concejal de Festejos, utilizando los medios materiales del Ayuntamiento, junto a ella el actor solicitaba las vacaciones y...

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