STSJ Canarias 220/2007, 9 de Marzo de 2007

PonenteJOSE MANUEL CELADA ALONSO
ECLIES:TSJICAN:2007:1412
Número de Recurso842/2006
Número de Resolución220/2007
Fecha de Resolución 9 de Marzo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0000842/2006 , interpuesto por UNION GENERAL DE TRABAJADORES UGT, Jaime , Paulino , Jose Ramón , Luis Pedro , Pedro Francisco , Cesar , Fidel , Fátima , Lázaro , Santiago , Carlos Alberto , Juan Ignacio , Antonio , Eloy , Javier , Raúl , Carlos José , Juan Luis , Ángel , Alejandra , Héctor , Narciso , Jose Ignacio , Jesús Luis , Agustín , Darío , Ignacio , Silvio , Luis Andrés , Abelardo , David , Imanol , Ricardo , Carlos María , Alberto , Eduardo , Jesús , Salvador , Luis Alberto , Alexander y Esteban , frente a la Sentencia del JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de SANTA CRUZ DE TENERIFE en los Autos 0000219/2006 en reclamación de IMPUGNACION DE RESOLUCION , ha sido Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. Jose Manuel Celada Alonso . Por sustitución del Iltmo.Sr. Don Jose María del Campo y Cullen.

ANTECEDENTES DE HECHOS

PRIMERO

Que según consta en Autos, se presentó demanda por Luis Pablo , en reclamación de IMPUGNACION DE RESOLUCION siendo demandado Luis Pablo , HOTELES MADRID S.L. HOTEL FLORIDA, UNION GENERAL DE TRABAJADORES UGT, Jaime , Paulino , Jose Ramón , Luis Pedro , Pedro Francisco , Cesar , Fidel , Fátima , Lázaro , Santiago , Carlos Alberto , Juan Ignacio , Antonio , Eloy , Javier , Raúl , Carlos José , Juan Luis , Ángel , Alejandra , Héctor , Narciso , Jose Ignacio , Jesús Luis , Agustín , Darío , Ignacio , Silvio , Luis Andrés , Abelardo , David , Imanol , Ricardo , Carlos María , Alberto , Eduardo , Jesús , Salvador , Luis Alberto , Alexander y Esteban y celebrado juicio y dictada Sentencia, el día 6/9/206I , por el Juzgado de referencia, con carácter estimatorio .

SEGUNDO

Que en la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes: PRIMERO.- En fecha 10/01/06, se celebró asamblea de trabajadores, previamente anunciada en fecha 28/12/05, en el centro de trabajo del Puerto de la Cruz, Hotel Florida, de la empresa Hoteles Madrid S.L., cuyo objeto fue la revocación de los miembros del comité de empresa que resultaron elegidos en el último proceso electoral celebrado el día 25/08/2005 y en número de 9. SEGUNDO.- La mesa de la asamblea para la revocación de los miembros del comité de empresa quedó presidida por D. Gaspar , D. Rodolfo (sección sindical) y D. Jose Ignacio (sección sindical). TERCERO.- El número de electores en la empresa Hoteles Madrid, S.A. asciende a 136, votando a favor de la propuesta de revocación 47 trabajadores, en contra 0, revocando así a los 9 miembros del comité de empresa.CUARTO.- Con fecha 3/3/06 se celebró en el SMAC el preceptivo acto de conciliación que terminó sin avenencia.

TERCERO

Que por el JDO. DE LO SOCIAL N. 2 de SANTA CRUZ DE TENERIFE , se dictóSentencia, cuyo Fallo literal dice: Que Estimando la demanda formulada por Don Luis Pablo contra HOTELES MADRID S.L. HOTEL FLORIDA, UNION GENERAL DE TRABAJADORES UGT, Jaime , Paulino

, Jose Ramón , Luis Pedro , Pedro Francisco , Cesar , Fidel , Fátima , Lázaro , Santiago , Carlos Alberto , Juan Ignacio , Antonio , Eloy , Javier , Raúl , Carlos José , Juan Luis , Ángel , Alejandra , Héctor , Narciso , Jose Ignacio , Jesús Luis , Agustín , Darío , Ignacio , Silvio , Luis Andrés , Abelardo , David , Imanol , Ricardo , Carlos María , Alberto , Eduardo , Jesús , Salvador , Luis Alberto , Alexander y Esteban , debo Declarar y Declaro la nulidad de la revocación de los miembros del Comité de Empresa, condenando a los demandados a estar y pasar por esta declaración y a que se restituya a los miembros del comité afectados en sus condiciones anteriores.

CUARTO

Que contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de Suplicación por la parte UNION GENERAL DE TRABAJADORES UGT, Jaime ,...

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