STSJ Aragón 410/2007, 2 de Mayo de 2007
Ponente | JUAN MOLINS GARCIA-ATANCE |
ECLI | ES:TSJAR:2007:579 |
Número de Recurso | 296/2007 |
Procedimiento | SOCIAL |
Número de Resolución | 410/2007 |
Fecha de Resolución | 2 de Mayo de 2007 |
Emisor | Sala de lo Social |
SENTENCIA
En el recurso de suplicación núm. 296 de 2007 (Autos núm. 714/2006), interpuesto por la parte demandante Alfredo , contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 3 de Zaragoza, de fecha 25 de enero de 2007; siendo demandado AGENCIA ESTATAL ADMINISTRACIÓN DE HACIENDA, sobre declarativo de derecho. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JUAN MOLINS GARCÍA ATANCE.
Según consta en autos, se presentó demanda por Alfredo , contra AGENCIA ESTATAL ADMINISTRACIÓN DE HACIENDA, sobre declarativo de derecho, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social nº 3 de Zaragoza, de fecha 25 de enero de 2007 , siendo el fallo del tenor literal siguiente:
"Que desestimando la demanda promovida por Alfredo contra AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACION DE HACIENDA, debo absolver y absuelvo a la demandada de todas las pretensiones deducidas en su contra".
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:
"PRIMERO.- El actor Don Alfredo , cuyas circunstancias personales constan en autos, ha estado al servicio de la Administración demandada, AGENCIA ESTATAL DE LA ADMINISTRACION DE HACIENDA, en virtud de contratación temporal y para la categoría profesional de auxiliar administrativo mediante modalidad contractual eventual y para apoyo de la campaña de la renta acreditando salario que consta en autos.
El actor previa superación de proceso selectivo convocado al efecto, fue contratado bajola modalidad ya señalada en 3-5-2005 para prestar servicios en la delegación de Zaragoza como auxiliar administrativo y por acumulación de tareas producidas temporalmente como consecuencia de las labores a realizar de asistencia al contribuyente en la campaña de la renta 2004. La contratación se mantuvo hasta la fecha prevista de conclusión 30 de junio de 2005.
Igual contratación obtuvo en la anualidad siguiente y para las mismas tareas en relación a la campaña de 2005, concretamente desde el 25-4-2006 hasta el 30-6-2006. El actor había superado proceso selectivo convocado al efecto de la contratación temporal eventual. Se dan por reproducidos los contratos de trabajo suscritos entre las partes.
Con fecha 4-7-2006 el actor dedujo escrito de reclamación previa contra la Administración demandada en petición de la consideración de su contrato de trabajo como parcial de carácter indefinido con la condición de fijo discontinuo. Por resolución de 25-7-2006 se desestimó la reclamación así planteada al estimar inexistente la concurrencia de reiteración en el llamamiento".
Contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte demandante, siendo impugnado dicho escrito por la parte demandada.
El actor suscribió sendos contratos de trabajo eventuales con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria con la categoría profesional de auxiliar administrativo para apoyo de las campañas de la renta de los años 2005 y 2006. El 4-7-2006 interpuso demanda solicitando que se declarase la existencia de un contrato laboral de carácter parcial por tiempo indefinido, con la condición de trabajador fijo discontinuo. En la instancia se dictó sentencia desestimatoria de su pretensión, con el argumento de que el accionante únicamente había sido contratado para dos campañas, por lo que no concurría el requisito de reiteración necesario para que se le considerase trabajador de carácter indefinido. Contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social recurre en...
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