STSJ País Vasco 578/2006, 20 de Julio de 2006

JurisdicciónEspaña
Número de resolución578/2006
Fecha20 Julio 2006

SENTENCIA NUMERO 578/06

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

DOÑA ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL

MAGISTRADOS:

DON ÁNGEL RUIZ RUIZ

DON LUIS ÁNGEL GARRIDO BENGOETXEA

En BILBAO, a veinte de julio de dos mil seis.

La Sección SEGUNDA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 1264/01 y seguido por el procedimiento ORDINARIO, en el que se impugna: Decreto 41/2001 de 27 de febrero del Gobierno Vasco , por el que se aprobó definitivamente el Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que incorpora como Anexo, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco nº 69 de 9 de abril de 2001, con correcciones de errores publicadas en el BOPV nº 102 del 30 de mayo de 2.001, nº 12 del 17 de enero de 2002 y nº 57 del 22 de marzo de 2002.

Son partes en dicho recurso:

- DEMANDANTES : AYUNTAMIENTO DE ELORRIO, AYUNTAMIENTO DE OIARTZUN, AYUNTAMIENTO DE EZKIO-ITSASO, AYUNTAMIENTO DE ITSASONDO, AYUNTAMIENTO DE HERNANI, AYUNTAMIENTO DE ASTIGARRAGA, AYUNTAMIENTO DE ANOETA, Dª. Edurne , Dª. Amanda , D. Isidro , AYUNTAMIENTO DE ABADIÑO, D. Luis Pedro , D. Felix , D. Jose Augusto , D. Clemente , D. Simón , Dª. Ana , ASOCIACION DE COMERCIANTES DE ELORRIO, ELORRIOKO MERKATARIEN ELKARTEA, Dª. María Inés , D. Ernesto , Dª. Rocío , Dª. Patricia , Dª. Lucía , Dª. Eva , D. Juan María , D. Hugo , D. Jesús Luis , Dª. Esperanza , Dª. Cecilia , Dª. Angelina , Dª. María Teresa , D. Jon ,

D. Juan Ignacio , Dª. Marí Trini , Dª. Silvia , Dª. Paula , D. Lucas , Dª. Nuria , D. Adolfo , D. Octavio , D. Alvaro , Dª. Sonia , D. Romeo , Dª. Teresa , D. Cornelio , Dª. María Luisa , D. Carlos José , D. Felipe , Dª. María Purificación , D. Luis Enrique , D. Inocencio , Dª. Almudena , Dª. Araceli , Dª. Aurora , D. Miguel Ángel

, D. Pablo , Dª. Cristina , Dª. Gema , Dª. Leticia , D. Federico , Dª. Raquel , Dª. Marí Juana , D. Juan Alberto, Dª. Begoña , Dª. Elvira , Dª. Lidia , Dª. Regina , D. Vicente , Dª. Antonia , D. Franco , D. Juan Ramón , D. Paulino , D. Claudio , D. Carlos Miguel , Dª. Milagros , D. Luis , D. Baltasar , Dª. Blanca , D. Luis Antonio , D. Mariano , Dª. Constantino , Dª. Melisa , D. Juan Pedro , Dª. Ángeles , D. Santiago , D. Gaspar , Dª. Leonor ,

D. Alfonso , D. Luis Manuel , Dª. Carmela , D. Raúl , Dª. Marcelina , D. Germán , D. Alfredo , Dª. Carla , D. Luis Carlos , D. Rubén , D. Joaquín , D. Domingo , DOÑA María Rosa , Dª. Francisca , D. Alonso , D. Jesus Miguel , D. Jose Pedro , D. Ricardo , Dª. Estela , Dª. María Antonieta y D. Marcos , representados por el Procurador GERMAN ORS SIMON y dirigidos por la Letrada YOLANDA LOPEZ DE LUZURIAGA BELTRAN DE HEREDIA.

- DEMANDADA : ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTONÓMA DEL PAÍS VASCO, representada y dirigida por Letrada de sus Servicios Jurídicos.

- OTROS DEMANDADOS :

* ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO, -MINISTERIO DE FOMENTO-, representada y dirigida por el ABOGADO DEL ESTADO.

* FERROCARRILES DE VIA ESTRECHA S.A. -FEVE-, representada por la Procuradora MARIA TERESA BAJO AUZ y dirigida por el Letrado GUILLERMO PEREZ-COSIO MARISCAL.

* EUSKO TRENBIDEAK-FERROCARRILES VASCOS S.A., representada por la Procuradora MARIA TERESA BAJO AUZ y dirigida por el Letrado J. CARLOS BARRIO BRAVO.

Ha sido Magistrado Ponente el Iltmo. Sr. D. ÁNGEL RUIZ RUIZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 9 de junio de 2001 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. GERMAN ORS SIMON actuando en nombre y representación de los recurrentes, interpuso recurso contencioso-administrativo contra Decreto 41/2001 de 27 de febrero del Gobierno Vasco , por el que se aprobó definitivamente el Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que incorpora como Anexo, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco nº 69 de 9 de abril de 2001, con correcciones de errores publicadas en el BOPV nº 102 del 30 de mayo de 2.001, nº 12 del 17 de enero de 2002 y nº 57 del 22 de marzo de 2002; quedando registrado dicho recurso con el número 1264/01.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se declare:

  1. - la nulidad de pleno derecho del Decreto 41/2001, de 27 de febrero , por elq eu se aprueba definitivamente el Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria en la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como de la Orden del Consejero de Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco de 17 de noviembre de 2000, por los motivos de nulidad esgrimidos a lo largo de la demanda.

  2. - La anulabilidad del Decreto 41/2001, de 27 de febrero por el que se aprueba definitivamente el Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria en la Comunidad Autónoma del País Vasco, por las infracciones y vulneraciones del ordenamiento jurídico argumentadas en la demanda.

  3. - Se condene a la Administración demandada a reponer a su estado original cuantas actuaciones se hayan fundamentado en el PTS incluidas las modificaciones de documentos urbanísticos y cuantas reflejen las reservas de suelo.

Todo ello con condena en las costas de este recurso a la administración demandada.

TERCERO

En los escritos de contestación en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestimen todos y cada uno de los pedimentos del recurso interpuesto, declarando ajustado a derecho el Decreto impugnado.

CUARTO

Por auto de 6 de abril de 2005 se fijó como cuantía del presente recurso la de indeterminada.

QUINTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose las admitidas con el resultado que obra en autos.

SEXTO

En los escritos de conclusiones, las partes reprodujeron las pretensiones que tenían solicitadas, excepto Ferrocarriles de Vía Estrecha S.A. -FEVE-, y Eusko Trenbideak-Ferrocarriles Vascos S.A., en los términos que consta en autos.

SEPTIMO

Por resolución de fecha 05/07/06 se señaló el pasado día 11/07/06 para la votación y fallo del presente recurso.

OCTAVO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

En la demanda rectora del presente recurso, se interesa por los recurrentes que se declare la nulidad de pleno derecho del Decreto 41/2001 de 27 de febrero del Gobierno Vasco , por el que se aprobó definitivamente el Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, que incorpora como Anexo, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco nº 69 de 9 de abril de 2001, con correcciones de errores publicadas en el BOPV nº 102 del 30 de mayo de 2.001, nº 12 del 17 de enero de 2002 y nº 57 del 22 de marzo de 2002.

La aprobación definitiva lo fue con la exclusión del trazado ferroviario de la nueva red ferroviaria a su paso por Vitoria/Gasteiz (entre los P.K. 487 + 399.133 y 17+703.202) y en el tramo Ventas de Irún- Behobia (entre P.K. 77+000 y 84+807.216).

Por ello vemos que fue una aprobación definitiva parcial.

El decreto de aprobación dispuso publicar como anexos el documento " Determinaciones. Ordenación del suelo afectado " y un extracto de los planos.

El Decreto y la corrección de errores publicada en el BOPV nº 102 del 30 de mayo de 2.001 , con incidencia en el artículo único del Decreto, se encuentran incorporados a los autos, folios 21 a 41 del tomo I .

Con posterioridad a la interposición del recurso por Decreto 34/2005, de 22 de febrero se aprobó definitivamente la primera modificación del PTSRF.

En la demanda también se interesa que se declare nula la Orden de 17 de noviembre de 2000, del Consejero de Transportes y Obras Públicas del Gobierno Vasco, por la que se aprobó provisionalmente el Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco , Orden incorporada a los folios 427 y siguientes de la carpeta nº 2 del expediente administrativo, que, según se precisa, al aprobar provisionalmente incorporó modificaciones vinculadas a las alegaciones y propuestas afectadas formuladas como consecuencia del trámite de información pública y del de audiencia y coordinación interinstitucional; aprobación provisional que incorporaba tres anexos, uno referido a la relación de alegaciones y propuestas presentadas, el segundo recogiendo la relación de alegaciones y propuestas aceptadas y el tercero en relación con las modificaciones introducidas.

En el suplico de la demanda, además de interesar la nulidad de pleno derecho, también se pide que se declare anulabilidad del Decreto 41/2001 , como se señala por las infracciones y vulneraciones del ordenamiento jurídico argumentadas en la demanda, y finalmente se pide que se condene a la Administración demandada a reponer a su estado original cuantas actuaciones se hayan fundamentado en el Plan Territorial Sectorial, incluidas las modificaciones de documentos urbanísticos y cuantas refleje las reservas de suelo.

Aquí ya precisaremos que en el escrito de interposición del recurso se plasmó que lo era en exclusiva en relación con el Decreto 41/2001, de 27 de febrero . por el que se aprobó definitivamente el Plan Territorial Sectorial de la Red Ferroviaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

SEGUNDO

Como primer motivo de la demanda, se incorpora lo que se considera vulneración del reparto de competencias en materia de transportes y de ordenación del territorio defendiendo con ello la nulidad por incompetencia manifiesta por...

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