STSJ Castilla y León 5/2007, 13 de Junio de 2007

PonenteRAFAEL ANTONIO LOPEZ PARADA
ECLIES:TSJCL:2007:3067
Número de Recurso5/2007
Número de Resolución5/2007
Fecha de Resolución13 de Junio de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIAI.- ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Según consta en autos, el día 24 de Mayo de 2007 se presentó demanda suscrita por el sindicato "Asociación Sindical Trabajadores Unidos (T.U.)" sobre Conflicto Colectivo para la impugnación de modificación colectiva y sustancial de las condiciones de trabajo, siendo partes demandadas Renault España S.A., el comité intercentros de Renault España S.A. y las representaciones sindicales en dicha empresa de la Unión General de Trabajadores (UGT), Comisiones Obreras (CCOO), Confederación de Cuadros (CC) y Confederación General del Trabajo (C.G.T.). En el suplico de la demanda y en virtud de lo en ella expuesto se pide que se declare que la modificación practicada de supresión del sistema de trabajo a turnos alternos existente en la factoría de Carrocería-Montaje de Valladolid, con las consecuencias económicas que lleva aparejada, es nula, no ajustada a Derecho e injustificada y debe quedar sin efecto, debiendo mantener los trabajadores afectados sus condiciones preexistentes.

SEGUNDO

La Sala señaló el día 7 de Junio de 2007 para la vista del juicio, citando a todas las partes a dicho acto. A solicitud de la demandada Renault España S.A. y por coincidir dicho señalamiento con otro previo de la misma Letrada que a dicha parte asiste en un Juzgado de lo Social de Madrid, se acordó la suspensión de la vista y se practicó nuevo señalamiento para el 11 de junio de 2007.

TERCERO

Llegado el día y la hora señalados compareció la parte demandante, así como los demandados, con excepción del Comité Intercentros. La parte demandante se ratificó en su demanda. Todos los codemandados presentes en la vista se opusieron a las pretensiones de la parte actora.

CUARTO

Se han cumplido todas las prescripciones legales sobre el trámite.

Resultando y así se declaran, los siguientes

II.- HECHOS PROBADOS

PRIMERO

El día 15 de noviembre de 2006 se celebró una reunión en Valladolid entre la dirección de la empresa Renault España S.A. y el comité intercentros que se acababa de constituir tras las últimas elecciones a representantes de los trabajadores celebradas en la empresa. En dicha reunión la dirección de la empresa comunicó al Comité la necesidad de suprimir el segundo turno de carrocería-montaje y el tercero de Palencia antes del 1 de enero de 2007. Al respecto se explicó que en Valladolid la situación de crisis exigía un plan especial de reestructuración, debido a la reducida demanda del Modus, a la que se había añadido una bajada generalizada en los mercados del automóvil. En Palencia por el contrario la situación era distinta, dado que se afrontaba una bajada importante de producción hasta la llegada del nuevo modelo en el segundo semestre de 2008, por lo que las previsiones eran que la supresión del turno en Palencia se prolongue alrededor de 18 meses, recuperándose en el segundo semestre de 2008, lo que permitiría recuperar el nivel de efectivos actualmente existente. En cualquier caso la empresa aclaró que la citada reunión no constituía el inició de ningún periodo de consultas, el cual se produciría en la siguiente reunión que se mantuviese con el comité intercentros.

SEGUNDO

El día 20 de noviembre de 2006 se reunió en Valladolid la dirección de la empresa Renault España S.A. con el comité intercentros de la misma, conforme consta en acta de la reunión obrante en los autos. Mediante dicha reunión se inició el preceptivo periodo de consultas tanto para la tramitación de un expediente de regulación de empleo de suspensión de contratos como para la modificación sustancial de condiciones de trabajo que conlleva la supresión a partir del 1 de enero de 2007 del turno de noche de la factoría de Palencia y del turno de tarde de la factoría de Carrocería-Montaje de Valladolid. En dicha reunión se hizo entrega por la dirección de la empresa a las diferentes organizaciones sindicales que forman parte del comité intercentros de la memoria explicativa exigida para la tramitación del expediente de regulación de empleo, así como de la documentación anexa a la misma. En dicha reunión la dirección de la empresa explicó que las causas que motivaban tales medidas eran:

-Un descenso importante y continuado de las ventas de vehículos en Europa Occidental, principal mercado donde se dirigen los productos de la empresa;

-Una respuesta comercial del Modus muy por debajo de lo previsto, dado que su segmento no ha alcanzado las expectativas generadas en inicio;

-Coincidencia en el tiempo con el fin de vida del Megane;

-El agotamiento de todas las medidas de flexibilidad de las que podía hacer uso la empresa, tanto lasrecogidas en el convenio colectivo como aquellas extraordinarias creadas a través de los diversos acuerdos

suscritos entre la dirección de la empresa y la representación social.

La dirección de la empresa manifestó que la situación de crisis de la empresa era coyuntural, previendo recuperar en el futuro el turno de noche de Palencia y entonces volver a alcanzar un nivel de efectivos similar al previo, por lo que solamente se preveía la suspensión de contratos mediante el expediente de regulación de empleo y no su extinción a través de planes de bajas incentivadas.

TERCERO

Se celebraron reuniones de negociación entre la dirección de la empresa y el comité intercentros los días 23, 28 y 30 de noviembre de 2006. A todas las reuniones citadas del comité intercentros con la dirección de la empresa (15, 20, 23, 28 y 30 de noviembre de 2006) asistió el Sr. Jose Daniel como representante del sindicato Trabajadores Unidos.

En la reunión del día 30 de noviembre las centrales sindicales Comisiones Obreras y Unión General de Trabajadores formularon una propuesta de acuerdo a la empresa y pidieron que la dirección de la empresa renunciase a la eliminación de los dos turnos o al menos la retrasara hasta el fin de la negociación conjunta. Finalmente en dicha reunión se alcanzó un acuerdo entre la dirección de la empresa y el comité intercentros en base a dicha propuesta con algunas modificaciones, acuerdo que obra en los autos. En dicho acuerdo ambas partes manifiestan que las tres causas actuales que justifican la aplicación de las medidas suspensivas (descenso del mercado de Europa Occidental, un éxito comercial del Modus muy por debajo de las previsiones más pesimistas y el fin de vida del producto Megane) son críticas y urgentes, necesitando una solución inmediata en el tiempo. La empresa manifiesta que, pese al acuerdo alcanzado, le es imperativo suprimir el 1 de febrero de 2007 el turno de noche de la factoría de Villamuriel de Cerrato (Palencia) y el de tarde de la Factoría de Carrocería-Montaje Valladolid. En lo referente a la supresión del turno de noche de la Factoría de Palencia, así como la supresión del turno de tarde en la factoría de Carrocería-Montaje de Valladolid, prevista para el 1 de enero de 2007, el acuerdo consistió en posponer la aplicación de esa medida hasta el 1de febrero de 2007.

CUARTO

El acuerdo obtenido contó con el voto favorable y mayoritario en el comité intercentros de las representaciones de UGT, CCOO y Confederación de Cuadros y la oposición de CGT y TU.

QUINTO

La asociación sindical Trabajadores Unidos tiene representación en el comité de empresa de Renault España S.A. en Valladolid y sección sindical en dichos centros de trabajo. En el centro de trabajo de Palencia carece de representación y de implantación, no contando con sección sindical y no habiendo presentado candidatura al comité de empresa en las últimas elecciones celebradas. Tiene un representante en el comité intercentros.

SEXTO

La supresión del turno de noche en la factoría de Villamuriel del Cerrato (Palencia) afecta a 552 trabajadores. A los trabajadores afectados se le dirigió por la dirección de la empresa el 22 de diciembre de 2006 una carta, fechada el día 18 anterior, en la que se les comunicaba que, una vez finalizado el periodo de consultas (art. 41 del Estatuto de los Trabajadores ) mantenido entre la representación de los trabajadores y la dirección de la empresa, la misma había decidido suprimir el turno de noche de los tres existentes en el centro de trabajo de Palencia. Se indicaba que dicha medida se justificaba para preservar la competitividad de la factoría, una vez agotadas otras medidas de flexibilidad y se terminaba diciendo que a partir del día 1 de febrero de 2007 el trabajador comenzaría a prestar servicios en turnos rotatorios de mañana (6 a 14 horas) y tarde (14 a 22 horas), con las consecuencias que a efectos retributivos se puedan derivar de esta modificación.

SÉPTIMO

La supresión del turno de tarde en la factoría de Carrocería-Montaje de Valladolid afecta a 1750 trabajadores. Por la dirección de la empresa el día 18 de diciembre se dirigió a estos trabajadores una carta, fechada el día 15 anterior, en la que se les comunicaba que, una vez finalizado el periodo de consultas (art. 41 del Estatuto de los Trabajadores ) mantenido entre la representación de los trabajadores y la dirección de la empresa, la misma había decidido suprimir el sistema de trabajo a turnos alternos existente en la factoría de Carrocería-Montaje de Valladolid. Se indicaba que dicha medida se justificaba para preservar la competitividad de la factoría, una vez agotadas otras medidas de flexibilidad y se terminaba diciendo que a partir del día 1 de febrero de 2007 el trabajador comenzaría a prestar servicios en turno de mañana fijo (6 a 14 horas), con las consecuencias que a efectos retributivos se puedan derivar de esta modificación, comenzando a partir del 1 de febrero en el puesto y en el área de trabajo que oportunamente le fuese comunicado, previamente, por...

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