STSJ Castilla y León 971/2006, 19 de Junio de 2006

PonenteGABRIEL COULLAUT ARIÑO
ECLIES:TSJCL:2006:3137
Número de Recurso971/2006
Número de Resolución971/2006
Fecha de Resolución19 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm.971 de 2006, interpuesto por DOÑA María Dolores contra la sentencia del Juzgado de lo Social nº3 de VALLADOLID de fecha 10 de Febrero de 2.006 (Autos nº 1017/05 ) dictada en virtud de demanda promovida por INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO contra Juan Manuel y María Dolores sobre PROCEDIMIENTO OFICIO (RECONOCIMIENTO RELACIÓN LABORAL), ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. D. Gabriel Coullaut Ariño .

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 15 de Julio de 2.005 se presento en el Juzgado de lo Social nº3 demanda formulada por LA INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia en los términos señalados en su parte dispositiva

SEGUNDO

En referida sentencia y como hechos probados constan los siguientes:

Primero

Con fecha 15-7-2005 fue interpuesta comunicación de demanda de oficio del acta de infracción de materia de Seguridad Social acta de infracción nº 225/05, como consecuencia del acta practicada por la Inspección de Trabajo efectuada 14-4-2.005 a raíz de la visita girada por Inspector ySubinspectora de Trabajo el 24-2-2.005 en la C/ Paraíso nº 9-6º F. de Valladolid, relativa a servicio doméstico y cuya titularidad ostenta Dª María Dolores .

Segundo

Con fecha 17-9-2005 Dª María Dolores otorgó testamento abierto ante el notario de esta ciudad D. Julián Manteca Alonso, en cuya cláusula primera constituía legado a favor de Dª. Juan Manuel sobre la vivienda de su propiedad sita en C/ Paraíso nº 9- 6º F, con todo lo que exista en la misma con la condición de que la cuide mientras viva en su domicilio.

Dª. Juan Manuel vivía desde septi4embre de 2.003 a diciembre de 2.004, cuidando de ésta, realizando tareas de a casa, la comida y acompañando a Dª. María Dolores Sagrado, tareas en las que cuatro horas al día colaboraba Dª. Eugenia , percibiendo una retribución de 1.808 euros/mes.

Tercero

Con fecha 17-2-2005 se dictó auto por el Juzgado de Primera Instancia nº 3 de esta ciudad (doc. 17 y 15) acordando entre otros extremos el nombramiento de administrador judicial de Dª. María Dolores , recayendo dicho nombramiento en la Fundación Castellano Leonesa para la Tutela de Personas Mayores (FUNDAMAY).

Cuarto

Con fecha 14 DE JULIO DE 2.005 se presentó demanda ante el Juzgado Decano que fue turnada a este Juzgado.

TERCERO

Interpuesto Recurso de Suplicación por DOÑA María Dolores , fue impugnado por LA INSPECCIÓN DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL y por DOÑA Juan Manuel . Elevados los autos a esta Sala, se designo Ponente acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

UNICO.- Estimada la demanda de oficio...

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