STSJ Cantabria 68/2007, 24 de Enero de 2007

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2007:408
Número de Recurso5/2007
Número de Resolución68/2007
Fecha de Resolución24 de Enero de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En Santander, a veinticuatro de enero de dos mil siete.

En el recurso de suplicación interpuesto por la representación de D. Federico contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Uno de Santander, ha sido Ponente la Ilmo. Sr. D. Rubén López Tamés Iglesias, quién expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Federico siendo demandada Mutua Montañesa y otros de Cantabria sobre y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 6 de noviembre de 2.006 en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. - El demandante, D. Federico , nacido el 30 de mayo de 1954, figura afiliado al Régimen Especialde Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social con el nº NUM000 , viene desempeñando habitualmente funciones de Director Gerente de la empresa Casalfe, S.L. y ha venido cotizando a efectos de mejora voluntaria y cobertura de contingencias profesionales con la MUTUA MONTAÑESA, desde 1 de enero de 2004.

    Las funciones habituales del actor en el desempeño de su actividad son las siguientes:

    Máximo responsable del desarrollo de la actividad de a empresa estructurando sus funciones en cinco grandes áreas:

    1. ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS.

      Junto con el responsable de administración y finanzas, controlar la:

      Gestión y previsión de la tesorería.

      Relación con entidades financieras.

      Relación con clientes y proveedores.

      Elaboración y control de presupuestos.

      Relación con asesorías externas (fiscales, contables, laborales).

      Política Salarial (representación de la empresa en la negociación de convenios colectivos).

    2. MARKETING Y/O COMERCIAL O VENTAS

      Junto con los responsables comerciales, controlar la:

      Previsiones de ventas.

      Formación de vendedores y comerciales.

      Gestión de distribución y comercialización de los productos. Estudios de mercado y del sector en el que opera la empresa. Prospección o investigación de mercados.

      Lanzamiento de nuevas líneas de producción ó actividad. Atención directa a clientes preferentes de la empresa.

    3. RELACIONES EXTERNAS

      Con organismos oficiales

      Con instituciones públicas y/o privadas.

      Con todo lo relacionado con el poder otorgado por la sociedad Casalfe, S.L. a favor de D. Federico el 4 de Mayo de 1.998 (se adjunta fotocopia de poder)

    4. PRODUCCIÓN O FABRICACIÓN

      Junto con el responsable de fabricación, tiene el control de:

      Planificación de la producción así como de las secciones productivas.

      Control de los almacenes tanto de materias primas como de materias auxiliares y

      productos terminados.

      Aprovisionamiento de materias primas. Atención directa a proveedores, tanto dentro como fuera de la empresa.Control de Calidad.

      Relación con Auditorias externas de Control de Calidad ISO 9001:2000

    5. RECURSOS HUMANOS O PERSONAL

      Junto con el responsable de administración controlar la:

      Selección de personal.

      Contratación de personal.

      Organización de personal dentro de la empresa.

      Formación de personal.

      Resolución de conflictos laborales, representando a la empresa ante los organismos oficiales.

      Representación de la empresa en la negociación del convenio colectivo.

  2. - En tomo a las 10:30 horas del día 4 de octubre de 2005 el demandante se encontraba desarrollando sus funciones en una reunión de trabajo en el Ayuntamiento de Santander junto con el Concejal D. Luis María , D. Juan Enrique y D. Bernardo cuando sufrió un infarto agudo de miocardio a consecuencia del cual fue trasladado al Hospital Marqués de Valdecilla.

    La reunión que se estaba celebrando tenía por objeto tratar la realización de obras de acondicionamiento de viales del Polígono de la sociedad Casalfe, S.L., habiéndose intervenido el demandante con anterioridad otras reuniones con el mismo objeto.

  3. - El demandante inició a consecuencia del infarto un periodo de incapacidad temporal por contingencias comunes en virtud de baja médica de fecha 4 de octubre de 2005 expedida por el Servicio Cántabro de Salud con el diagnostico de infarto agudo de miocardio que finalizó mediante alta médica de 8 de marzo de 2006.

  4. - Por la Unidad Coronaria del Hospital Universitario Marqués de Valdecilla se emitió informe clínico de fecha 8 de octubre de 2005 con el siguiente contenido:

    Paciente de 51 años que ingresa en nuestra Unidad procedente de Servicio de urgencias con diagnóstico de síndrome agudo coronario.

    Sin antecedentes personales patológicos de interés y el de ser fumador como único factor de riesgo cardiovascular.

    El día de su ingreso refiere en situación de reposo dolor precordial típico, de larga duración y acompañado de cortejo vegetativo; en ese contexto sufre episodio sincopal y avisado el S. de Emergencias 061, se detecta hipo tensión severa y bradicardia extrema, siendo trasladado al Hospital.

    A su ingreso sen nuestra Unidad persiste el dolor, continúa hipotenso y un ECG muestra ritmo sinusal con lesión subepicárdica inferior y subendocárdica anterior. Con diagnóstico de IAM postero-inferior en primera hora de evolución, es trasladado a la sala de Hemodinámica para angiografía y eventual ACTP primaria.

    El estudio muestra una arteria C. Dcha. media obstruida, ateromatosis en árbol izquierdo pero sin lesiones obstructivas significativas, y en la ventriculografía función conservada (F.E.> 50%). En el mismo procedimiento se realiza ACTP que se completa con Stent "recubierto" y con buen resultado.

    La analítica de rutina confirmaba la necrosis aguda miocárdica con cifras de marcadores de daño miocárdico (CK-masa y Troponina) que multiplicaban por más de cinco sus valores basa les normales. La cifra de Colesterol total era de 200 mg% y LDL Colesterol 120 mg%

    La evolución clínica fue favorable, permaneciendo el paciente asintomático durante el resto de su ingreso. El E. C. G. ha evolucionado como necrosis limitada inferior.Un Ecocardiograma previo al alta muestra un V.I. de tamaño normal, con aquinesia localizada inferior a hipoquinesia posterior, y con función global conservada (F.E. 50%)

    Ha iniciado movilización sin problemas y, teniendo en cuenta los datos de "vaso abierto" y buena función ventricular, es dado de alta para seguir convalecencia en su domicilio y posterior control ambulatorio.

    DIAGNÓSTICO: Cardiopatía Isquémica. IAM inferior no complicado.

  5. - Iniciado a instancias del demandante expediente administrativo para la determinación de la contingencia del periodo de incapacidad temporal, por el INSS se dictó resolución de fecha 2 de marzo de 2006 confirmando el carácter de enfermedad común el proceso de incapacidad temporal sufrido por aquél.

    Formulada reclamación previa, fue desestimada mediante resolución de fecha 24 de abril de 2006.

  6. - La base reguladora diaria asciende a la suma de 93,78 euros.

TERCERO

Que contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandante, siendo impugnado por la parte contraria, pasándose los autos al Ponente para su examen y resolución por la Sala.

FUNDAMENTOS...

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