STSJ Asturias 1236/2014, 6 de Junio de 2014

PonenteMARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ
ECLIES:TSJAS:2014:1889
Número de Recurso1045/2014
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1236/2014
Fecha de Resolución 6 de Junio de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01236/2014

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2014 0103108

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001045 /2014

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000635/2013 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de GIJON

Remedios

Recurrente/s: Remedios

Abogado/a: EVARISTO PEREZ BANGO

Recurrido/s: SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO

Abogado/a: ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 1236/14

En OVIEDO, a seis de Junio de dos mil catorce.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres. Dª. MARIA ELADIA FELGUEROSO FERNANDEZ, Presidente, D. FRANCISCO JOSE DE PRADO FERNANDEZ, Dª. PALOMA GUTIERREZ CAMPOS y Dª. MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0001045/2014, formalizado por el Letrado D. EVARISTO PEREZ BANGO, en nombre y representación de Remedios, contra la sentencia número 18/2014 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de GIJON en el procedimiento DEMANDA 0000635/2013, seguidos a instancia de Remedios frente al SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO, siendo Magistrado-Ponente la Ilma Sra Dª MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ .

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Dª. Remedios presentó demanda contra el SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 18/2014, de fecha quince de enero de dos mil catorce

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. ) La actora, Doña Remedios, con DNI nº NUM000 prestó servicios para la empresa SUZUKI MOTOR ESPAÑA SA en virtud de contrato de trabajo.

  2. ) En virtud de expedientes de regulación de empleo suspensivos, la actora vio su contrato de trabajo suspendido durante diversos periodos en los años 2009 a 2012 totalizando 275 días en situación de suspensión, de los cuales 62 correspondieron al año 2012.

  3. ) Fue objeto de despido por causas objetivas con efectos al 31 de marzo de 2013.

  4. ) El 11 de febrero de 2010 la actora solicitó la prestación contributiva de desempleo que le fue reconocida por resolución de 10 de abril de 2013 en los siguientes términos: días de derecho 360, del 7 de abril de 2013 al 3 de septiembre de 2013, con una base reguladora diaria de 58,59 euros y un porcentaje del 60% de la misma, entendiendo consumidos 213 días.

  5. ) La actora presentó reclamación previa el 20 de mayo de 2013, que fue desestimada por resolución de 17 de junio de 2013.

TERCERO

En la sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

"DESESTIMAR INTEGRAMENTE la demanda interpuesta por Doña Remedios, contra el Servicio Público de Empleo Estatal, confirmando la resolución impugnada y absolviendo a la entidad gestora de las pretensiones en su contra".

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Remedios formalizándolo posteriormente. Tal recurso fue objeto de impugnación por la contraparte.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en fecha 8 de mayo de 2014.

SEXTO

Admitido a trámite el recurso se señaló el día 22 de mayo de 2014 para los actos de votación y fallo.

A la vista de los anteriores antecedentes de hecho, se formulan por esta Sección de Sala los siguientes,

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demanda rectora del procedimiento de que dimana el presente recurso fue formulada por la accionante contra el Servicio Público de Empleo Estatal para obtener la reposición del máximo de 180 días de prestaciones consumidos durante el período de tiempo que en los años 2009, 2010 y 2011, la trabajadora recurrente estuvo incluida en diversos expedientes de regulación temporal de empleo, previos a la extinción de la relación laboral finalmente acaecida el 31 de marzo de 2013.

El conocimiento del asunto correspondió al Juzgado de lo Social nº 1 de los de Gijón donde el 15 de enero del presente año se dictó sentencia desestimatoria frente a la que la representación letrada de la trabajadora interpone recurso de suplicación, impugnado por la entidad demandada, que se ampara en lo dispuesto en el artículo 193 c) de la Ley reguladora de la Jurisdicción Social para denunciar infracción de normas sustantivas o de la jurisprudencia.

Denuncia concretamente quien recurre que la sentencia de instancia vulnera lo establecido en el artículo

16.1 del Real Decreto-Ley 3/2012, de 10 de marzo, en relación con el artículo 3.1 a) del Real Decreto 2/2009, de 6 de marzo, y 3.1 a) de la Ley 27/2009, de 30 de diciembre ; artículo 9.2 b) del Real Decreto-Ley 10/2010, de 16 de junio y artículo 9.3 de la Ley 35/2010, de 17 de diciembre . Argumenta, en síntesis, que la...

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