STSJ País Vasco 242/2007, 19 de Abril de 2007

PonenteMARGARITA DIAZ PEREZ
ECLIES:TSJPV:2007:1728
Número de Recurso3181/1992
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución242/2007
Fecha de Resolución19 de Abril de 2007
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA NUMERO 242/07

ILMOS. SRES.

PRESIDENTE:

  1. JUAN LUIS IBARRA ROBLES

    MAGISTRADOS:

  2. AGUSTÍN HERNÁNDEZ HERNÁNDEZ

    Dª MARGARITA DÍAZ PÉREZ

    En la Villa de BILBAO, a diecinueve de abril de dos mil siete.

    La Sección TERCERA de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por el Presidente y Magistrados antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso registrado con el número 3181/92 y seguido por el procedimiento PERSONAL, en el que se impugna el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de la DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA/BIZKAIKO FORU ALDUNDIA , en la sesión ordinaria de 8 de septiembre de 1992, por el que se adopta como Acuerdo regulador de las condiciones de empleo del personal al servicio de la Diputación Foral de Bizkaia y sus Organismos Autónomos, "el ARCEPAFE 1992, publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia nº 177, de fecha 4 de Agosto de 1992, con las especificaciones, precisiones y mejoras que se incluyen en el artículo siguiente".

    Son partes en dicho recurso: como recurrente D. Ildefonso , quien compareció por sí mismo.

    Como demandada :

    -DIPUTACION FORAL DE BIZKAIA, representada por la Procuradora Dª BEGOÑA PEREA DE LA TAJADA y dirigida por el Letrado D. ABEL MUNIATEGUI ELORZA.

    Como codemandada :

    -EUSKO LANGILEN ALKARTASUNA-SOLIDARIDAD DE TRABAJADORES VASCOS ELA-STV, representada y dirigida por la Letrado Dª ROSA MARIA PARAISO PINEDO.Como Coadyuvante :

    -EUSKADIKO UDALEN ELKARTEA-ASOCIACIÓN DE MUNICIPIOS VASCOS-EUDEL, representada y dirigida por el Letrado D. JOSÉ ANTONIO VITORICA FUERTES.

    Como Coadyuvante :

    -LANGILE ABERTZALEEN BATZORDEAK L.A.B., representado y dirigido por el Letrado D. KOLDOBIKA ALBERTA MARCOS MEJIA.

    Como Coadyuvante :

    -ELKARKIDETZA, ENTIDAD DE PREVISIÓN SOCIAL VOLUNTARIA, representada por la Procuradora Dª MARIA JOSÉ GONZÁLEZ COBREROS y dirigido por el Letrado D. JUAN MARÍA MAGRO SÁNCHEZ.

    Ha sido Magistrado Ponente la Iltma. Sra. Dña. MARGARITA DÍAZ PÉREZ

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El día 1 de diciembre de 1.992 tuvo entrada en esta Sala escrito en el que D. Ildefonso , actuando en su propio nombre y derecho, interpuso recurso contencioso-administrativo contra el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de la DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA/BIZKAIKO FORU ALDUNDIA , en la sesión ordinaria de 8 de septiembre de 1992, por el que se adopta como Acuerdo regulador de las condiciones de empleo del personal al servicio de la Diputación Foral de Bizkaia y sus Organismos Autónomos, "el ARCEPAFE 1992, publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia nº 177, de fecha 4 de Agosto de 1992, con las especificaciones, precisiones y mejoras que se incluyen en el artículo siguiente"; quedando registrado dicho recurso con el número 3181/92 .

El presente recurso, por disposición legal, se reputa de cuantía indeterminada.

SEGUNDO

En el escrito de demanda, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, y que damos por reproducidos.

TERCERO

En los escritos de contestación , en base a los hechos y fundamentos de derecho en ellos expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestimen los pedimentos de la actora.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que consta en autos.

QUINTO

Por resolución de 17 de Febrero de 1998 se suspendió el trámite del presente asunto, hasta que por el Tribunal Constitucional se resolviera la cuestión de inconstitucionalidad nº 4112/97 al haber sido planteada cuestión de incostitucionalidad contra la Disposición Final Segunda de la Ley 8/87 de 8 de junio de Planes y Fondos de pensiones, en la nueva redacción dada por el Apartado 23 de la Disposición Adicional Undécima de la Ley 30/95 de 8 de Noviembre de Ordenación y Supervisión de los Seguros Privados.

SEXTO

Por resolución de fecha 4 de octubre de 2005, se alzó la suspensión del recurso, al haberse resuelto mediante sentencia la cuestión de inconstitucionalidad nº 4112/97 , planteada por este órgano judicial.

SÉPTIMO

Por resolución de fecha 10.04.07 se señaló el pasado día 13.04.07 para la votación y fallo del presente recurso.

OCTAVO

En la sustanciación del procedimiento se han observado los trámites y prescripciones legales.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

A) Objeto del proceso.

Es objeto de enjuiciamiento en este proceso las pretensiones de anulación, de reconocimiento desituación jurídica subjetiva y de restablecimiento, ejercitadas por D. Ildefonso , funcionario de carrera en activo al servicio de la Administración Foral demandada, en relación con el acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno de la DIPUTACIÓN FORAL DE BIZKAIA/BIZKAIKO FORU ALDUNDIA , en la sesión ordinaria de 8 de septiembre de 1992, por el que se adopta como Acuerdo regulador de las condiciones de empleo del personal al servicio de la Diputación Foral de Bizkaia y sus Organismos Autónomos, "el ARCEPAFE 1992, publicado en el Boletín Oficial de Bizkaia nº 177, de fecha 4 de Agosto de 1992, con las especificaciones, precisiones y mejoras que se incluyen en el artículo siguiente".

  1. Suspensión de la tramitación del proceso.

Mediante resolución jurisdiccional de 17 de febrero de 1998, se dispuso la suspensión del curso del proceso, una vez concluida su tramitación, hasta que se resolviera por el Tribunal Constitucional la cuestión de constitucionalidad incoada con el número 4112 de 1997, promovida por esta misma Sala mediante Auto de 2 de octubre de 1997 .

Por Providencia de 4 de octubre de 2005, se tuvo por recibida la comunicación del Tribunal Constitucional, a la que se adjunta la sentencia dictada por el Pleno de dicho Tribunal con fecha de 26 de mayo de 2005, por la que se desestima la cuestión de inconstitucionalidad número 4112 de 1997, promovida por la Sección Tercera de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la C.A. del País Vasco. Disponiéndose su unión a las actuaciones y la entrega de copia a las partes personadas, para la prosecución del curso de los autos.

SEGUNDO

A) Antecedentes del acuerdo que se sujeta a control jurisdiccional.

  1. - En el Boletín Oficial de Bizkaia correspondiente al 4 de agosto de 1992 (número 177), se publica una denominada "Propuesta de Acuerdo que formulan para el año 1992 los representantes de la Administración Local y Foral de Euskadi y las Centrales Sindicales representativas del sector, a las Entidades Locales y Forales de Euskadi en materia de condiciones de empleo del personal al servicio de las mismas".

    La Propuesta está fechada en San Sebastián a 29 junio de 1992. En su encabezamiento, se recoge que los autores de la propuesta son, de una parte, los representantes de la Asociación de Municipios Vascos-EUDEL, así como los representantes de las Diputaciones Forales, sin expresión de las concretas Entidades Forales representadas; y, de la otra parte, los representantes de las Centrales Sindicales ELA-STV, CC.OO, LAB y UGT. No se consigna en el texto la participación de ninguna persona en representación de la Diputación Foral de Bizkaia.

    En la Exposición de motivos del texto de referencia (XI ARCEPAFE) se indica como finalidad del acuerdo adoptado, el dar traslado de la Propuesta a las distintas Entidades para su aprobación al amparo de lo dispuesto en el artículo 102 y Disposición Adicional Novena de la Ley del Parlamento Vasco 6/1989, de 6 de julio, de la Función Pública Vasca , la Ley 9/1987, de 12 de mayo , de Órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas, así como en el Decreto del Gobierno Vasco 304/1987, de 6 de octubre , de Órganos de representación, regulación del proceso electoral, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

  2. - El expediente administrativo remitido por la Administración Foral demandada, consta de los siguientes documentos:

    1. Informe número 580 emitido por la Sección de Gestión del Personal del Departamento de Presidencia de la Diputación Foral de Bizkaia, sin fecha, referido a la solicitud de constitución de una Mesa General de Negociación, de conformidad con la Ley 9/1987, de 12 de mayo , de Órganos de representación, determinación de las condiciones de trabajo y participación del personal al servicio de las Administraciones Públicas.

    2. Copia simple del oficio dirigido por la Sección de Gestión del Personal del Departamento de Presidencia, fechado el 16 de noviembre de 1988, en el que, por parte de su jefatura, se pone en conocimiento de los Servicios Generales de los Departamentos de Bienestar Social, Cultural, Urbanismo y Medio Ambiente, Agricultura, Hacienda y Finanzas y Promoción y Desarrollo Económico, del Acuerdo adoptado por la Diputación Foral, en la reunión celebrada con fecha de 9 de noviembre de 1988, por la que se constituye la Mesa de Negociación de la Diputación Foral de Bizkaia para la determinación de las condiciones de trabajo de su personal, tanto funcionario como laboral. Indicándose que en la Mesa deNegociación estarán representadas las Centrales Sindicales ELA-STV, LAB, UGT y CCOO. Y, asimismo, que serán objeto de negociación en su ámbito respectivo y en relación con las competencias de la Diputación Foral de Bizkaia, las materias que se citan: la aplicación de las retribuciones del personal; la preparación de lo planes de oferta de empleo; la clasificación de puestos de trabajo; los sistemas de ingreso, provisión y promoción profesional del personal; las materias de índole económica, de prestación de...

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