STSJ Galicia 309/2006, 29 de Marzo de 2006

PonenteMARIA DOLORES GALINDO GIL
ECLIES:TSJGAL:2006:249
Número de Recurso993/2003
ProcedimientoCONTENCIOSO
Número de Resolución309/2006
Fecha de Resolución29 de Marzo de 2006
EmisorSala de lo Contencioso

SENTENCIA

Ilmos./as. Sres./as. D./Dª

BENIGNO LÓPEZ GONZÁLEZ

FERNANDO SEOANE PESQUEIRA

MARÍA DOLORES GALINDO GIL

LA CORUÑA, veintinueve de Marzo de dos mil seis.

En el recurso contencioso-administrativo que, con el número 0000993 /2003, pende de resolución

ante esta Sala, interpuesto por la ENTIDAD HIERROS AÑON SA., representada por la procuradora Dª CAROLINA MORENO VÁZQUEZ y dirigida por el letrado D. SERGIO PICO EIMIL, contra RESOLUCIÓN AUTORIDAD PORTUARIA A CORUÑA DE 6/8/2003 SOBRE RECLAMACIÓN RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL POR DAÑOS. Es parte demandada LA AUTORIDAD PORTUARIA DE LA CORUÑA, representada y dirigida por el SR. ABOGADO DEL ESTADO y como Codemandada THROUGH TRANSPORT MUTUAL INSURANCE ASSOCIATION (EURASIA) LIMITED, representada por el Procurador

D. LUIS SÁNCHEZ GONZÁLEZ y dirigida por el Letrado D. ROBERTO SANZ ABASCAL.

Es ponente la Ilma. Sra. DOÑA MARÍA DOLORES GALINDO GIL.ANTECEDENTES DE HECHO

PRIMERO

Admitido a trámite el presente recurso contencioso-administrativo, se practicaron las diligencias oportunas y, recibido el expediente, se dio traslado del mismo a la/s parte/s recurrente/s para deducir la oportuna demanda, lo que se hizo a medio de escrito en el que, en síntesis, contiene los siguientes HECHOS: El buque BAKU de nacionalidad turca, atraca ene 1 Muelle Centenario Sur del Puerto de La Coruña el día 28 de febrero de 2002, portando en sus bodegas algo más de 15.000 toneladas de acero (acero corrugado y alambrón) perteneciente a la actora, el día siguiente al atraque del Bakú, el primero de marzo de 2002, llega a puerto el buque MUSA, de pabellón lituano, el mismo día que se inicia la descarga del Musa se producen los primeros problemas, que denuncian los propios estibadores portuarios, por la cantidad de polvo que genera la descarga del superfosfato, en total, de toda la mercancía propiedad de la actora quedan dañadas varias partidas, el 30 de abril de 2002 la parte actora presenta reclamación por responsabilidad patrimonial, esta reclamación se estima inicialmente el daño producido en la cantidad de 275.000 euros, no estando conforme con tal resolución se interpuso el presente recurso.- Invoca los fundamentos de derecho que estima procedentes y suplica se dicte sentencia declarando el derecho de la parte actora a ser indemnizada de los daños causados, condenando a la demandada a indemnizarla en la cantidad de 300.225,78 euros, más los intereses legales correspondientes

SEGUNDO

Conferido traslado a la/s parte/s demandada/s, se solicitó la desestimación del recurso, de conformidad con los hechos y fundamentos de derecho consignados en la/s contestación/nes de la demanda.

TERCERO

Habiéndose recibido el asunto a prueba y finalizado el trámite de conclusiones conferido a las partes, se declaró concluso el debate escrito, quedaron las actuaciones sobre la mesa para resolver.

CUARTO

En la sustanciación de recurso se han observado las prescripciones legales, siendo la cuantía del mismo 300.225,78 EUROS.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Doña Carolina Moreno Vázquez, en nombre y representación de HIERROS AÑÓN, S.A., dirige la presente vía jurisdiccional contra resolución de fecha 6 de agosto de 2003 de la Autoridad Portuaria de A Coruña desestimatoria de previa reclamación de responsabilidad patrimonial presentada por la mercantil HIERROS AÑÓN, S.A. por daños sufridos en mercancías de su propiedad en las instalaciones del puerto de A Coruña según reclamación presentada con fecha 21 de mayo de 2002.

SEGUNDO

Del examen de las alegaciones y pretensiones que se contienen en el recurso contencioso-administrativo y del expediente administrativo remitido por la Administración demandada resulta que el buque BAKU cargado con 7.662 paquetes de barras de acero corrugado con un peso total de

15.010.40 TM, pertenecientes a la mercantil recurrente y procedente de Turquía llega al puerto de A Coruña el día 28 de febrero de 2002 atracando en el muelle Centenario Sur del noray 8 al 15, iniciando las operaciones de descarga ese mismo día a las 14.00 horas. La mercancía descargada, barras de acero corrugado, es depositada y apilada en el mismo muelle pegada a la nave de Don Isidro , llevándose a cabo la descarga de siderúrgicos procedentes del BAKÚ, además, en los norays 5 a 7. Las operaciones de descarga del BAKÚ se prolongaron hasta el día 11 de marzo de 2002 a las 17.00 horas. La descarga fue realizada por la estibadora TERMINALES MARÍTIMOS DE GALICIA (TMGA).

Por su parte, el buque MUSA, cargado con 4.055 toneladas de superfosfato en polvo y en grano procedente de Líbano, propiedad de FABRICACIONES AGRÍCOLAS Y FERTILIZANTES S.A. (FARISA), llega al puerto de A Coruña el día 1 de marzo de 2002 atracando en el muelle Centenario Sur del noray 2 al 8 y comienzan las operaciones de descarga ese mismo día sobre las 9.00 horas. La descarga de esta mercancía fue realizada por la estibadora GALIGRAIN, S.A., utilizando una grúa con cuchara y descargando a una tolva abierta (no ecológica) para la carga directa de camiones, aunque también descargaron en pila sobre el muelle en los momentos de ausencia de camiones y posteriormente, se cargaron con pala. Las operaciones de descarga del material que transportaba el buque se prolongaron los día 1 y 4 de marzo de 2002.

De lo actuado y de lo obrante en las actuaciones cabe significar que, con respecto a la carga del buque MUSA, ni el consignatario, ni el receptor, ni el Armador o su capitán, informaron a su llegada o durante su estancia de ninguna característica esencial que aconsejara la toma de medidas extraordinarias y/o específicas.En la realización de las mismas y debido a las características de la mercancía, superfosfato en polvo muy fino, a los medios de descarga empleados y al viento reinante, se impregnó con una capa fina de dicho polvo la mercancía procedente del buque BAKÚ, en concreto alambrón en bovinas y varillas de acero corrugado, que había sido y estaba siendo descargada y depositada en la zona autorizada por la Autoridad Portuaria, en el muelle de Centenario Sur, en las proximidades de la descarga del buque MUSA.

Resulta acreditado que el día 1 de marzo de 2002, primer día de descarga del buque MUSA, los representantes de la Autoridad Portuaria, Don Javier y Don Vicente , se personaron en el muelle a petición de los involucrados en la descarga del citado buque. La causa era el polvo que originaba la descarga y que los estibadores consideraban excesivo. Se acordó eliminar el polvo descargando y enterrando la cuchara en la pila ya depositada y así evitar el polvo que se desprendía al soltarlo desde la altura.

La anterior situación se produjo en presencia de los capataces de las estibadoras, TMGA y GALIGRAIN, respectivamente del BAKU y del MUSA, así como por el representante supervisor de HIERROS AÑÓN, sin que se adoptara medida alguna para minimizar o evitar la situación o queja alguna.

El día 4 de marzo de 2002 a las 19.40 horas el buque MUSA zarpó en lastre del puerto de A Coruña sin más novedad y sin que nadie le hiciera reclamación o protesta alguna por las operaciones realizadas.

El día 6 de marzo de 2002 la estibadora TMGA envió un escrito a la Autoridad Portuaria acerca de la incidencia detectada en el material depositado en el muelle del Centenario Sur procedentes del buque BAKÚ.

Los días 7 y 25 de marzo de 2002...

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