STSJ Andalucía 969/2014, 3 de Abril de 2014

PonenteMARIA ELENA DIAZ ALONSO
ECLIES:TSJAND:2014:3594
Número de Recurso754/2013
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución969/2014
Fecha de Resolución 3 de Abril de 2014
EmisorSala de lo Social

Recurso nº 754/2013 (S) Sentencia nº 969/2014

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

DOÑA MARÍA ELENA DÍAZ ALONSO, PRESIDENTE

DOÑA MARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA

DON JOSE JOAQUIN PEREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a tres de Abril de dos mil catorce.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. Magistrados citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY, ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 969/2014

En el recurso de suplicación interpuesto por el PATRONATO MUNICIPAL DE DEPORTES DEL AYUNTAMIENTO DE ESTEPA, contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. 8 de los de Sevilla, en sus autos núm. 1123/12, ha sido Ponente la Iltma. Srª. Magistrada Doña MARÍA ELENA DÍAZ ALONSO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Eloy, contra el Patronato Municipal de Deportes de Estepa, sobre Despido, se celebró el juicio y se dictó sentencia el día 9 de enero de 2.013 por el referido Juzgado, con estimación de la demanda.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

Primero

D. Eloy, mayor de edad y con DNI NUM000, ha venido prestando servicios por cuenta del Patronato Municipal de Deportes de Estepa, durante los siguientes periodos y en las siguientes condiciones:

  1. Del 1-7-1995 al 31-8-1995, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos como monitor deportivo durante la temporada de baños en la piscina municipal" con la categoría profesional de monitor deportivo.

  2. Del 1-7-1996 al 2-9-1996, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos como monitor deportivo durante la temporada de baños en la piscina municipal" con la categoría profesional de monitor deportivo.

  3. Del 1-7-1997 al 28-8-1997, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos como monitor deportivo durante la temporada de baño" con la categoría profesional de monitor deportivo. 4º. Del 1-7-1998 al 8-9-1998, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos como monitor deportivo durante la temporada de baño" con la categoría profesional de monitor deportivo.

  4. Del 1-7-1999 al 5-9-1999, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos como monitor deportivo en la piscina municipal" con la categoría profesional de monitor deportivo.

  5. Del 28-6-2000 al 31-8-2000, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, eventual por circunstancias de la producción, identificada en contrato como "trabajos como socorrista en la piscina municipal", con la categoría profesional de socorrista.

  6. Del 25-6-2001 al 31-8-2001, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, eventual por circunstancias de la producción identificada en contrato como "trabajos de monitor de natación y socorrista en la piscina municipal para la temporada 2003", con la categoría profesional de monitor de natación y socorrista.

  7. Del 24-6-2002 al 31-8-2002, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos de monitor de natación y socorrista en la piscina municipal", con la categoría profesional de monitor de natación y socorrista.

  8. Del 23-6-2003 al 31-8-2003, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos de monitor de natación y socorrista en la piscina municipal para la temporada 2003", con la categoría profesional de monitor de natación y socorrista.

  9. Del 21-6-2004 al 29-8-2004, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos como monitor de natación y socorrista en la piscina municipal durante los meses de verano 2004", con la categoría profesional de socorrista.

  10. Del 27-6-2005 al 5-9-2005, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos de socorrista en la piscina municipal durante los meses de verano 2005", con la categoría profesional de socorrista.

  11. Del 23-6-2006 al 3-9-2006, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos de socorrista en la piscina municipal durante los meses de verano", con la categoría profesional de socorrista.

  12. Del 27-6-2007 al 2-9-2007, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos de socorrista en la piscina municipal durante los meses de verano", con la categoría profesional de socorrista.

  13. Del 23-6-2008 al 31-8-2008, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos de socorrista en la piscina municipal durante los meses de verano", con la categoría profesional de socorrista.

  14. Del 22-6-2009 al 4-9-2009, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos de socorrista en la piscina municipal hasta la finalización de temporada baño 2009", con la categoría profesional de socorrista.

  15. Del 4-11-2009 al 31-5-2010, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo parcial, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos de dinamizador juvenil en el Patronato Municipal de Deportes, Escuelas Deportivas, Taller de Natación, durante el curso escolar 2009/2010, salvo que con anterioridad termine la especialidad para la que es contratado", con la categoría profesional de dinamizador juvenil.

  16. Del 21-6-2010 al 31-8-2010, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos de monitor de natación en el Patronato Municipal de Deportes, Escuelas Deportivas, en la piscina municipal hasta que termine la temporada de baño 2010", con la categoría profesional de monitor de natación.

  17. Del 10-1-2011 al 25-4-2011, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos de monitor de natación en el Patronato Municipal de Deportes, Escuelas Deportivas, Taller de Natación, durante el curso escolar 2010/2011, salvo que con anterioridad termine la especialidad para la que es contratado", con la categoría profesional de monitor de natación.

  18. Del 27-6-2011 al 31-8-2011, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, por obra o servicio determinado identificado en contrato como "trabajos de monitor de natación en la piscina municipal hasta termino de la temporada de baño 2011", con la categoría profesional de monitor de natación.

  19. Del 15-6-2012 al 24-7-2012, en virtud de contrato de trabajo de duración determinada, a tiempo completo, eventual por circunstancias de la producción identificada en contrato como "realización de trabajos como socorrista en la piscina municipal", con la categoría profesional de socorrista, fijándose expresamente en el contrato una duración hasta el día 24-7-2012. En virtud de este contrato ha venido percibiendo un salario diario de 42,96 euros.

Durante estos periodos, el Patronato ha destinado a D. Eloy a los trabajos identificados en sus contratos de trabajo, constituyendo su centro de trabajo la piscina municipal de Estepa que integra las instalaciones deportivas del Patronato Municipal de Deportes de Estepa.

Segundo

El día 24-7-2012 D. Eloy causó baja en la Seguridad Social. En ese momento no había finalizado la temporal de baño en la piscina municipal y el Patronato procedió a la contratación de otro socorrista que ocupó el puesto hasta entonces ocupado por D. Eloy .

Tercero

No consta que D. Eloy ostente o haya ostentado en el año anterior a julio de 2012 la condición de...

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