STSJ Castilla-La Mancha 250/2014, 7 de Abril de 2014

PonenteANTONIO RODRIGUEZ GONZALEZ
ECLIES:TSJCLM:2014:1178
Número de Recurso289/2011
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución250/2014
Fecha de Resolución 7 de Abril de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CAST.LA MANCHA CON/AD SEC.1

ALBACETE

SENTENCIA: 00250/2014

Recurso nº 289/11

TOLEDO

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

Sección Primera.

Presidente:

Iltmo. Sr. D. José Borrego López.

Magistrados:

Iltmo. Sr. D. Mariano Montero Martínez.

Iltmo. Sr. D. Manuel José Domingo Zaballos.

Iltmo. Sr. D. Antonio Rodríguez González.

SENTENCIA Nº 250

En Albacete, a siete de abril de dos mil catorce .

Vistos por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de CastillaLa Mancha los presentes autos, bajo el número 289/11 del recurso contencioso-administrativo, seguido a instancia de D. Imanol, representada por el procurador Sr. Serna Espinosa y asistida por el letrado Sr. Conde Bajén, siendo parte demandada la CONSEJERÍA DE ORDENACION DEL TERRITORIO Y VIVIENDA DE LA JUNTA DE COMUNIDADES DE CASTILLA LA MANCHA, representada y defendida por el Letrado de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, compareciendo igualmente en calidad de codemandada el EXCMO. AYUNTAMIENTO DE TALAVERA DE LA REINA, representado por la procuradora Sra. Almansa Nueda y asistido por la letrada Sra. Martín Alarcón, en materia impugnación del Plan de Ordenación Municipal. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Antonio Rodríguez González.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

Por la parte actora se interpuso en fecha 4 de abril de 2011 recurso contencioso-administrativo contra La Orden de la Consejería de Ordenación del Territorio y Vivienda, de fecha 25 de enero de 2011, publicada en el DOCM de 3 de febrero de 2011, por la que se aprueba definitivamente el Plan de Ordenación Municipal de Talavera de la Reina (Toledo) en lo relativo a la inclusión de terrenos correspondientes al Proyecto de Singular Interés Palomarejos Golf, en la Unidad U.B.-R-T4.13.

Segundo

Reclamado el expediente administrativo, de conformidad con el artículo 48 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Contencioso- Administrativa de 13 de julio de 1.998, y una vez que fue remitido este, se dio traslado a la parte recurrente para que formulara la demanda, lo que hizo en término legal, efectuando las alegaciones que se expresan en la fundamentación jurídica de esta resolución.

Tercero

De la demanda se dio traslado a la representación procesal de la Administración demandada para que la contestase, lo que hizo por medio de escrito en el que, tras exponer los hechos y fundamentos de derecho que estimó de aplicación, se opuso al recurso solicitando sentencia por la que se acuerde la desestimación del mismo, declarando la conformidad a Derecho de los actos impugnados. En los mismos términos el Ayuntamiento de Talavera de la Reina compareció en tiempo y forma y procedió a contestar. Igualmente debe dejarse constancia de que personados inicialmente los ministerios de Fomento y Defensa, así como la Confederación Hidrográfica del Tajo, optaron por apartarse del procedimiento una vez comprobado el alcance del mismo.

Cuarto

Acordado haber lugar al recibimiento del pleito a prueba, se practicaron los medios admitidos, posteriormente se acordó dar traslado para formular conclusiones, y evacuado por las partes este trámite, se señaló día y hora para votación y...

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