STSJ Cataluña 3387/2007, 10 de Mayo de 2007

PonenteIGNACIO MARIA PALOS PEÑARROYA
ECLIES:TSJCAT:2007:6080
Número de Recurso1376/2007
Número de Resolución3387/2007
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 3387/2007

En el recurso de suplicación interpuesto por Atento Teleservicios España, S. A. frente a la Sentencia del Juzgado Social 18 Barcelona de fecha 16.11.2006 dictada en el procedimiento Demandas nº 603/2006 y siendo recurrido/a Inmaculada . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 4.9.2006 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Despido en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 16.11.2006 que contenía el siguiente Fallo:

Que, desestimando la pretensión principal y estimando la pretensión subsidiaria formulada en la demanda interpuesta por Dª Inmaculada , contra la empresa ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA, S.A.U., debo declarar y declaro la improcedencia del despido ocurrido el día 31 de julio de 2.006 y, en consecuencia, condeno a la empresa demandada a la inmediata readmisión de la actora en las mismas condiciones que regían con anterioridad a producirse el despido o, a su elección, a que le abone una indemnización de 45 días de salario por año de servicio, cifrada en el importe de 7.537,63 euros , pudiendo ejercitar su derecho de opción en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de la presenteresolución y entendiéndose que opta por la readmisión en el supuesto de no ejercitarlo.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- La actora, Dª Inmaculada , viene prestando servicios por su cuenta y dependencia de la empresa ATENTO TELESERVICIOS ESPAÑA, S.A.U, dedicada a la actividad de telemarketing, desde el 7-1-2.002, con la categoría profesional inicialmente de Teleoperadora, y percibiendo un salario bruto mensual de

1.098,18 euros, con inclusión de prorrata de pagas extraordinarias, mediante la suscripción del contrato de trabajo por obra o servicio determinado en fecha 7-1-2.002, a jornada completa, con una jornada de 34 horas semanales.

  1. - En el contrato de obra o servicio suscrito por la actora se indicó como objeto: "OBRA CONSISTENTE EN LA EMISION/RECEPCION DE LLAMADAS PARA LA VENTA DEL SERVICIO MANTENIMIENTO HOGAR CON/SIN CALEFACCIÓN Y SERVICIO SEGURIDAD ACTIVA (SSA) A CLIENTES CON TARIFA D1/D2 MAS CONCERTACIÓN DE VISITAS PARA PRESUPUESTOS GRATUITOS DE CALEFACCIÓN SEGÚN FIRMA DE CONTRATO CON EL CLIENTE DE FECHA 2/2/2001 QUE SE PRESTA EN LA PROVINCIA DE BARCELONA".

  2. - En la cláusula adicional 2 del citado contrato se pacto: "Dada las características de la campaña objeto del presente contrato, con plazo de ejecución indeterminado, pero que, necesariamente, exige la máxima flexibilidad que permita la legalidad vigente, en cuanto a la duración y extinción de las condiciones laborales aquí contempladas, es por lo que, por expresa voluntad de las partes, se recoge que el mismo podrá extinguirse en función de la disminución de actividad y por tanto, de las necesidades de personal que en la campaña se produzcan".

  3. - En fecha 4-11-2.002 las partes acordaron modificar la jornada de trabajo en 35 horas semanales, prestadas de lunes a domingo, incluso festivos, con los descansos que establece la ley, en fecha 7-6-2.004 se pacto la modificación de la jornada de trabajo a 37,5 horas semanales, en fecha 6-5- 2.005 se modificó nuevamente la jornada a 39 horas semanales.

  4. - A partir del 6-12-2.005 Ia actora pasó a ostentar la categoría de Coordinadora.

  5. - Atento Teleservicios España, S.A.U., (en aquél momento Atento Telecomunicaciones España,

    S.A) en fecha 1-4-2.001 suscribió contrato mercantil con la entidad Gas Natural Servicios, SDG, S.A., para la prestación de servicios consistentes en las "acciones de Telemarketing a la cartera de posibles clientes que GNS le facilitará, con el fin de que éstos últimos contraten el servicio de mantenimiento hogar de GNS, así como la realización de los trabajos asociados a la contratación como son: introducción de datos en GSOP y manipulado".

  6. - En el mes de diciembre de 2.001 Atento Teleservicios España, S.A.U. (en aquél momento Atento Telecomunicaciones España, S.A) y entidad Gas Natural Servicios, SDG, S.A., suscribieron contrato mercantil para la prestación de servicios, cuyo objeto es : "la realización por el Contratista del Servicio de Atención Telefónica (en adelante SAT), que incluye los trabajos de atención telefónica así como la realización de las tareas administrativas derivadas de la ejecución de la primera actividad, en el ámbito geográfico de actuación de GNS".

  7. - En el mes de enero de 2.002 Atento y Gas Natural Servicios pactaron una ampliación del objeto del contrato de fecha 1-4-2.001, a la prestación del objeto referido al telemarketing telefónico en el servicio de Mantenimiento y Hogar Plus de GNS.

  8. - En fecha 3-1-2.003 se acordó la prórroga del contrato de 1-4-2.001, y se modificó el objeto del mismo, ampliándose la prestación a tos servicios de telemarketing de los productos de contratación de suministro de gas y electricidad de los clientes de Gas Natural Servicios (GNS).

  9. - En fecha 1-1-2.004 Atento Teleservicios España, S.A., y Gas Natural Servicios, suscribieron nuevo contrato mercantil por el que Atento se obligaba a prestar los servicios de atención telefónica personalizada de las llamadas efectuadas por usuarios actuales y potenciales de los servicios de Gas Natural Servicios, la realización de acciones de promoción y/o comercialización de los servicios de Gas Natural Servicios con el propósito de extender la actividad a usuarios potenciales, la introducción y grabación en el sistema informático, SIEBEL de tos contratos de energía (gas y/o electricidad) que suscriba Gas Natural con sus clientes y la documentación asociada a los mismos, y la gestión de reclamaciones telefónicas y/o escritas presentadas en relación con alguno de los procesos, servicios y/o productos en tosque intervenga Gas Natural Servicios. lndicándose en el contrato que dichos servicios se prestarían en Unidad de Servicio de Atención Telefónica, Unidad de Servicio de Venta Telefónica, Unidad de Servicio de Grabación y Archivo, Unidad de Servicio de Atención a Pymes y Unidad de Servicio de Gestión de Reclamaciones, del presente contrato, así como de cualesquiera otros servicios que las partes acuerden expresamente incluir.

  10. - En fecha 1-1-2.006 la entidad Gas Natural, SDG, S.A., se subrogó en la posición de Gas Natural Servicios, SDG, S.A., en el contrato mercantil suscrito con Atento Teleservicios España, S.A.

  11. - Gas Natural SDG, S.A., divide los servicios que venían siendo prestados por Atento Teleservicios, S.A.U., en Atención Telefónica del Mercado No regulado y Telemarketing de recepción, y Atención Telefónico del Mercado Regulado y Telemaketing de emisión, y Convocó un concurso en relación al servicio de Atención Telefónica del Mercado No Regulado y Telemarketing de recepción, resultando adjudicado el mismo a la empresa AGM CONTACTA.

  12. - En fecha 31-5-2.006 la entidad Gas Natural, SDG, S.A., remitió a Atento Teleservicios, S.A., carta del siguiente tenor literal:

    "En relación al concurso para la Atención Telefónica del Mercado No Regulado Ref. Nº 1500056M, y una vez analizado el contenido de su oferta de fecha 27/02/06 lamentamos informarles que su empresa no ha sido adjudicataria del servicio.

    Dado que en ¡a actualidad vienen prestando parte de tos servicios objeto de la citada licitación y contemplados en los Contratos referenciados en el asunto, les informamos que estimamos que deberán continuar prestando dichos servicios, aproximadamente hasta la primera quincena de Septiembre, comprometiéndonos por nuestra parte a confirmarle la fecha exacta de finalización con, como mínimo, 15 días de antelación.

    Por todo lo expuesto anteriormente, les confirmamos que continuarán vigentes los mencionados Contratos para las actividades de Atención Telefónica del Mercado Regulado y Telemarketing de emisión.

    Esperamos su conformidad a este planteamiento, mediante la firma del duplicado del presente escrito, y aprovechamos la ocasión para saludarles".

  13. - En fecha 10-7-2.006 Gas Natural, SDG, S.A., remitió a Atento Teleservicios, S.A., carta del siguiente tenor literal:

    Como continuación a nuestro escrito de fecha 31/5/06, del que nos manifiesta su conocimiento en fecha 01/06/06, en el que les comunicábamos que no habían sido adjudicatarios del concurso...

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