STSJ Galicia , 17 de Junio de 2005

PonentePILAR YEBRA-PIMENTEL VILAR
ECLIES:TSJGAL:2005:4039
Número de Recurso4821/2004
ProcedimientoSOCIAL
Fecha de Resolución17 de Junio de 2005
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA En el recurso de Suplicación núm. 4821/04 interpuesto por los demandados ROFERVIGO S.L. Y GABISA AUTOMOCIÓN S.L. contra la sentencia del Juzgado de lo Social núm. CUATRO de Vigo siendo Ponente la Ilma. Sra. Dª Pilar Yebra Pimentel Vilar.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por Dª Susana , Dª María Consuelo ,

D. Cristobal , Dª Bárbara , D. Hugo , Dª Flor , D. Lorenzo , D. Rafael , Dª Mercedes , D Jose Antonio , Dª Valentina , Dª María Rosario , D Jesús Luis , Dª Carmela , Dª Estefanía , D Abelardo , D Aurelio , D Donato , D Gabriel , D Lázaro , D Plácido y D Vicente en reclamación de INDEMNIZACIÓN Y SALARIOS, siendo demandado EDUARDO GONZÁLEZ ALONSO Y CIA S.A. y su SUSPENSIÓN DE PAGOS, GONZACOCA AUTOMÓVILES S.A., MARINA TERRAMAR S.A., GONZACOCA METALES S.A., GONZACOCA SERVICOS S.A., GONZACOCA MAQUINARIA AGRÍCOLA S.A. GONZACOCA LUGO S.A., BBVA, GABISA AUTOMOCIÓN S.L., VALDEFLORES EIRAS S.L., INMUEBLES Y SERVICIOS VALVIGO S.L., ROFERVIGO S.L., EUROFRAN FINANCIE, S.A. y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, en su día se celebró acto de vista, habiéndose dictado en autos núm. 338/03 sentencia con fecha siete de mayo de dos mil cuatro, por el Juzgado de referencia , que estimó en parte la demanda.

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes: "PRIMERO.- Los demandantes prestaron servicios para la empresa EDUARDO GONZÁLEZALONSO Y CIA, S.A., con las antigüedades, categorías y salarios consignados en los hechos primero de las correspondientes demandadas, que damos aquí por reproducidos. Los contratos de los actores se extinguieron por resolución dictada en expediente de regulación de empleo./ SEGUNDO.- La empresa adeuda a los referidos actores las siguientes cantidades en concepto de indemnización 20 días, indemnización complementaria, liquidación y salarios pendientes:

Nombre y Apellidos

Susana

María Consuelo

Cristobal

Bárbara

Hugo

Flor

Lorenzo

Rafael

Mercedes

Jose Antonio

Valentina

María Rosario

Jesús Luis

Carmela

Estefanía

Abelardo

Aurelio

Donato

Gabriel

Lázaro

Plácido

Vicente

SUMA

Indem.20

D

Tope 1 Año

1.898,4016.077,24

7.987,68

13.813,56

13.823,74

11.519,28

12.290,76

31.824,00

16.630,08

31.726,44

21.329,16

23.029,44

16.284,44

17.301,90

18.370,44

13.758,60

34.852,68

20.549,16

18.605,16

12.758,62

20.735,88

21.156,00 396.422,66

10 D/año Pacto Indemnizac 951,66

12.692,94

3.995,14

9.293,14

6.920,91

9.279,4210.242,30

29.994,12

14.749,96

26.597,33

15.908,00

18.973,70

16.011,24

8.656,67

14.140,14

9.860,33

40.380,70

19.624,45

15.571,49

6.375,21

14.417,20 21,502,72 326.138,87 Pago

140.€

(19,68%) 187,29

2.497,97 786,24

1.828,89

1.362,04

1.826,19

2.015,68

5.902,84

2.902,79

5.234,35

3.130,693.734,02

3.151,01 1703,65

2.782,78

1.940,51

7.946,92

3.862,09

3.064,47

1.254,64

2.837,30

4.231,74

64.184,13 Resto deuda 10D/Año 764,37

10.194,97

3.208,90

7.464,25

5.538,87

7.453,23

8.226,62

24.091,28

11.847,17

21.362,98

12.777,31

15.239,68

12.860,23

6.953,12

11.357,36

7.919,8232.433,78

15.762,36

12.507,02

5.120,57

11.579,90

17.270,98 261.954,74 RESTO SUMA INDEMNIZAC

2.662,77

26.272,21

11.196,58

21.277,81

19.382,61

18.972,51

20.517,38

55.915,28

28.477,25

53.089,42

34.106,47

38.269,12

29.244,67

24.255,02

29.727,80

21.678,42

67.286,46

36.311,52

31.112,18

17.879,19

32.315,7838.426,98 658.377,40 Liquidación Suma Bruto

1.964,76

3.252,38

2.714,43

2.790,86

2.049,86

2.832,58

1.903,92

3.181,64

1.505,91

2.872,94

1.931,43

2.085,40

1.483,67

1.757,19

3.925,73

2.940,19

7.447,96

4.391,32

3.975,89

3.543,74

4.431,22

4.521,01

67.504,03 Salarios pendientes 890,961.438,37

1.186,96

1.228,61

1.380,83 951,62

1.019,07

2.554,61

1.243,81

2.313,13

1.576,66

1.697,10

1.226,42

1.449,22

1.809,38

1.400,78

3.378,35

2.013,63

1.855,14

1.641,80

2.054,90

2.070,53

36.381,85 TOTALES RECLAMA

5.518,49

30.962,96

15.097,97

25.297,28

22.813,30

22.756,71

23.440,3761.561,53

31.226,97

58.275,49

37.614,56

42.051,62

31.954,76

27.461,43

35.462,91

26.019,38

78.112,76

42.716,47

36.943,21

23.064,72

38.801,89

45.018,52

762.263,28

TERCERO

EDUARDO GONZÁLEZ ALONSO y CIA S.A. se constituyó en el año 1941, siendo la matriz del grupo de empresas que conformaban, entre otras, las mercantiles GONZACOCA METALES, S.A., GONZACOCA SERVICIOS, S.A., GONZACOCA MAQUINARIA AGRÍCOLA, S.A., constituyendo el GRUPO GONZACOCA. Entre los sectores de actividad que desarrolla está el de importación, exportación, comercialización, distribución, servicios postventa y reparación de automóviles, turismos, industriales, agrícolas, sus repuestos, accesorios. En fecha 20-12-00, en sesión del Consejo de Administración se acuerda constituir una nueva sociedad, con todos los servicios y activos afectos a la explotación de la concesión de Vehículos Citroën. Así se constituye GONZACOCA AUTOMÓVILES, S.A. en fecha 30.-12-00 por Eduardo González de Lis en calidad de Presidente del Consejo de Administración de EDUARDO GONZÁLEZ ALONSO Y CIA. El objeto social de esta mercantil es el antes mencionado./ CUARTO.- Con fecha 15-02-01 se firma acuerdo con los delegados de personal de EDUARDO GONZÁLEZ ALONSO Y CIA mediante el cual se produce la subrogación por cambio de titularidad del centro de trabajo correspondiente al concesionario Citroën, pasando 25 trabajadores a prestar servicios sin solución de continuidad para la empresa GONZACOCA AUTOMÓVILES, S.A. en fecha 01-03-01./ QUINTO.- A medio de escritura de 02-03-01 se venden la totalidad de las participaciones de GONZACOCA AUTOMÓVILES, S.A. a la mercantil VALDEFLORES EIRAS, S.L.. En Junta General celebrada el 27-04-01 se decide cambiar la denominación social, pasando a denominarse INMUEBLES Y SERVICIOS VALVIGO, S.L., ampliándose el objeto social ala construcción y promoción de solares, naves etc. Con fecha de efectos 01-08-01 se presenta en la Administración de la Seguridad Social escrito solicitando el cambio de cuenta de cotización por cambio de denominación social, pasando a la nueva sociedad 35 de los 36 trabajadores que figuraban de alta en GONZACOCA AUTOMÓVILES./ SEXTO.- En fecha 27-04-01 se constituye la mercantil GABISA AUTOMOCIÓN S.L., con el mismo domicilio y objeto social que la mercantil VALVIGO, pasando a prestar servicios para la misma los 35 trabajadores antes mencionados, continuando la actividad de concesión de vehículos Citroën desde el 01-08-01./ SÉPTIMO.- En fecha 29-10-01 se constituye la mercantil ROFERVIGO, S.L. siendo su objeto social de compraventa de todo tipo de vehículos, sus accesorios y recambios. En fecha 09-11-01 dicha mercantil firma un acuerdo con EDUARDO GONZÁLEZ ALONSO Y CIA a medio del cual ROFERVIGO continua con la actividad de la otra mercantil mencionada, en concreto la de concesionario de vehículos Nissan, pasando a prestar servicio para ROFERVIGO 11 trabajadores que venían trabajando para EDUARDO GONZÁLEZ ALONSO. En un principio ROFERVIGO inicia su actividad en la misma nave en la que EDUARDO GONZÁLEZ ALONSO Y CIA desarrollaba su actividad econcesionario Nissan, cambiándose a la otra nave con posterioridad./ OCTAVO.- La T.G.S.S. dictó resoluciones en fecha 29-05-02 declarando la responsabilidad de GABISA y ROFERVIGO con respecto a las deudas de seguridad contraídas por EDUARDO GONZÁLEZ ALONSO Y CIA, con respecto a los trabajadores que pasan de la empresa primera a las otras dos mencionadas. Dichas resoluciones no son firmes./ NOVENO.- GABISA Y ROFERVIGO comienzan su actividad utilizando la luz, teléfono, y sistema informático propiedad de EDUARDO GONZÁLEZ ALONSO y CIA. De la misma la facturación, gestión de almacenes, soporte informático y su mantenimiento, atención de llamadas de GABISA y ROFERVIGO eran realizadas por personal de EDUARDO GONZÁLEZ ALONSO y CIA, S.A., limitándose el personal de estas empresas a introducir en la base de datos los datos iniciales de las operaciones realizadas./ DÉCIMO.- Por resolución de la Consellería de Xustiza de fecha 13-09- 02 dictada en expedientes de regulación de empleo nº 86/02 y 90/02, se autorizó la extinción de los contratos de trabajo de la totalidad de los productores de los centros de trabajo de EDUARDO GONZÁLEZ ALONSO Y CIA, S.A. en la provincia de Pontevedra./ DECIMOPRIMERO.- A medio de escritura de fecha 09-11-01 se constituye préstamo con garantía hipotecaria por EDUARDO GONZÁLEZ ALONSO Y CIA, S.A. y el BBVA por importe de 75.000.000 pts, sobre el edificio industrial y terreno anexo de una superficie total de 15.219 metros. En el mismo día ay escritura se constituyen por la prestataria hipotecas sobre la misma finca a favor de las entidades Caixa Nova, Banco Pastor, Banco Atlántico, Banco Popular y Banco de Galicia, siendo en todos y cada uno de los casos la hipoteca constituida del mismo rango. La entidad bancaria Banco Bilbao Vizcaya Argentaria, S.A. instó procedimiento de ejecución de bienes hipotecados contra EDUARDO GONZÁLEZ ALONSO y CIA S.A., entre otros el predio denominado El Gorxal sito en la Avda. de Madrid en donde ejercía la ejecutada parte de su actividad empresarial. Dicho bien se sacó a subasta, cediendo el BBVA el remate a la mercantil EUROFRAN FINANCE, S.A. en fecha 19-09- 03".

TERCERO

Que la parte dispositiva de la indicada resolución es del tenor literal siguiente:

"FALLO: Que estimando parcialmente la demanda interpuesta por los demandantes, debo condenar y condeno a las empresas EDUARDO GONZÁLEZ ALONSO Y CIA, S.A., GABISA AUTOMOCIÓN, S.L. y ROFERVIGO, S.L. con carácter solidario, a que abonen a los actores las siguientes sumas: a Susana

5.518,49 euros, a María Consuelo 30.962,96 euros, a Cristobal 15.097,97 euros, a Bárbara 25.297,28 euros, a Hugo 22.813,30 euros, a Flor 22.756,71 euros, a Lorenzo 23.440,37 euros, a Rafael 61.651,53 euros, a Mercedes 31.226,97 euros, a Jose Antonio 58.275,49 euros, a Valentina 37.614,56 euros, a María Rosario 42.051,62 euros, a Jesús...

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