STSJ Andalucía 392/2007, 14 de Febrero de 2007

PonenteANTONIO ANGULO MARTIN
ECLIES:TSJAND:2007:5200
Número de Recurso2964/2006
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución392/2007
Fecha de Resolución14 de Febrero de 2007
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA

En el recurso de Suplicación núm. 2.964/2006, interpuesto por D. Jose Luis contra Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. Tres de los de Jaén de fecha 22 de Junio de 2.006 en Autos núm. 228/2006, ha sido Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Antonio Angulo Martín.

ANTECEDENTES DE HECHO
Primero

En el Juzgado de referencia tuvo entrada demanda interpuesta por D. Jose Luis sobre Despido contra S.C.A. DE TRANSPORTES CODETRAN y admitida a trámite y celebrado juicio se dictó Sentencia el 22 de Junio de 2.006 por la que, desestimando la demanda interpuesta por el actor, declaraba la procedencia del despido realizado y asimismo convalidada la extinción del contrato que aquel produjo sin derecho a indemnización ni a salarios de tramitación, absolviendo libremente a la empresa de la acción contra ella intentada.

Segundo

En la Sentencia aludida se declararon como hechos probados los siguientes:

  1. - El actor D. Jose Luis con DNI NUM000 , viene prestando sus servicios por cuanta y bajo la dependencia de la empresa demandada SCA DE TRANSPORTES CODETRAN desde el 18-10-93 a tiempo completo con carácter indefinido con la categoría de encargado de almacén y realizando en las tareas, en la demandada actividades de lavado" cambio de aceite y engrasado con un salario mensual de 1799'85 euros con inclusión de partes proporcionales de pagas extraordinarias, estando en baja por Enfermedad Común en 16-3-05 permaneciendo en INCAPACIDAD TEMPORAL desde dicha fecha y siendo representante de lostrabajadores desde octubre del 2005.

  2. - Que venia recibiendo asistencia medica de la FRATERNIDAD la cual le comunico en carta de 20-3-06 la extinción de la prestación de INCAPACIDAD TEMPORAL con efecto de 21-3-06 por estar realizando trabajos por cuenta propia o ajena al menos los días 14 y 18 de enero de 2006.

  3. - Que la empresa demandada inicio expediente disciplinario contra el actor remitiéndosele pliego de cargos 21-3-06 efectuando el actor pliego de descargo en 23-3-06 practicándose las diligencias solicitadas se efectúo propuesta de resolución con la sanción de despido en 31-3-06, remitiéndosele al actor carta de despido en dicha fecha por las razones que figuran en dicha propuesta de sanción y que se dan aquí por reproducidas.

  4. - Que el actor los días 8 y 22 de octubre 5 de noviembre de 2005 y 14, 18 y 20 de enero de 2006 y 7, 10 y 14 de febrero de 2006 acudió al menos en dichos días a la empresa LAVADOS y ENGRASE ROVI propiedad de su hijo donde por los investigadores que le hacían seguimiento se comprobó que realizaba diversas tareas de actuación en tal empresa ROVI, como atender clientes, abrir el negocio vigilar a los trabajadores, aparcar camiones, y realizar múltiples actividades y tareas.

  5. - Que el actor instó papeleta de conciliación 12-4-06 celebrándose acto de conciliación sin avenencia en 26-4-06.

Tercero

Notificada la Sentencia a las partes, se anunció recurso de suplicación contra la misma por la parte actora, recurso que posteriormente formalizó, no siendo en su momento impugnado de contrario. Recibidos los Autos en este Tribunal, se acordó el pase de los mismos al Ponente, para su examen y resolución.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

Con amparo en el apartado b) del Art. 191 de la Ley de Procedimiento Laboral , se solicita en el presente recurso la revisión de los hechos que se...

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