STSJ Cataluña 4937/2006, 28 de Junio de 2006

PonenteIGNACIO MARIA PALOS PEÑARROYA
ECLIES:TSJCAT:2006:8121
Número de Recurso1777/2002
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución4937/2006
Fecha de Resolución28 de Junio de 2006
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA núm. 4937/2006

En el recurso de suplicación interpuesto por Lucas y otros frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Sabadell de fecha 1-4-2004 dictada en el procedimiento Demandas nº 1777/2002 y siendo recurrido/a METRA DESIGN SA. Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 28-11-2002 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Reclamación cantidad, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 1-4-2004 que contenía el siguiente Fallo:

"Que desestimando íntegramente la demanda origen de las presentes actuaciones, promovida por Dª. Milagros , D. Luis Angel , D. Alfonso , D. Francisco , D. Rodrigo , D. Luis Francisco , D. Arturo , D. Gonzalo ,

D. Romeo , D. Luis Pablo , D. Casimiro , D. Iván y D. Lucas contra la entidad METRA DESIGN S.A., sobre reclamación de cantidad, DEBO ABSOLVER y ABSUELVO a la entidad METRA DESIGN S.A. de toda pretensión declarativa y de condena frente a ella ejercitada".

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:"1º. La demandante, Dª. Milagros , mayor de edad, con NIE nº NUM000 , trabajó para la empresa Metra Design S.A., en el centro de trabajo de Santa Perpètua de Mogoda, desde el día 19 de junio de 1995, con la categoría de grupo profesional 5, y salario diario bruto de 33,30 euros.

El demandante, D. Luis Angel , mayor de edad, con DNI nº NUM001 , trabajó para la empresa Metra Design S.A., en el centro de trabajo de Santa Perpètua de Mogoda, desde el día 25 de marzo de 1996, con la categoría de grupo profesional 5, y salario diario bruto de 51,09 euros.

El demandante, D. Alfonso , mayor de edad, con DNI nº NUM002 , trabajó para la empresa Metra Design S.A., en el centro de trabajo de Santa Perpètua de Mogoda, desde el día 30 de agosto de 1999, con la categoría de grupo profesional 7, y salario diario bruto de 40,79 euros.

El demandante, D. Francisco , mayor de edad, con NIE nº NUM003 , trabajó para la empresa Metra Design S.A., en el centro de trabajo de Santa Perpètua de Mogoda, desde el día 10 de enero de 2000, con la categoría de grupo profesional 7, y salario diario bruto de 40,79 euros.

El demandante, D. Rodrigo , mayor de edad, con DNI nº NUM004 , trabajó para la empresa Metra Design S.A., en el centro de trabajo de Santa Perpètua de Mogoda, desde el día 7 de enero de 1999, con la categoría de grupo profesional 6, y salario diario bruto de 42,62 euros.

El demandante, D. Luis Francisco , mayor de edad, con DNI nº NUM005 , trabajó para la empresa Metra Design S.A., en el centro de trabajo de Santa Perpètua de Mogoda, desde el día 17 de marzo de 1999, con la categoría de grupo profesional 5, y salario diario bruto de 38,73 euros.

El demandante, D. Arturo , mayor de edad, con DNI nº NUM006 , trabajó para la empresa Metra Design S.A., en el centro de trabajo de Santa Perpètua de Mogoda, desde el día 7 de enero de 1988, con la categoría de grupo profesional 5, y salario diario bruto de 45,07 euros.

El demandante, D. Gonzalo , mayor de edad, con DNI nº NUM007 , trabajó para la empresa Metra Design S.A., en el centro de trabajo de Santa Perpètua de Mogoda, desde el día 7 de febrero de 1991, con la categoría de grupo profesional 4, y salario diario bruto de 63,86 euros.

El demandante, D. Romeo , mayor de edad, con DNI nº NUM008 , trabajó para la empresa Metra Design S.A., en el centro de trabajo de Santa Perpètua de Mogoda, desde el día 20 de febrero de 1995, con la categoría de grupo profesional 6, y salario diario bruto de 41,29 euros.

El demandante, D. Luis Pablo , mayor de edad, con DNI nº NUM009 , trabajó para la empresa Metra Design S.A., en el centro de trabajo de Santa Perpètua de Mogoda, desde el día 6 de mayo de 1974, con la categoría de grupo profesional 5, y salario diario bruto de 66,79 euros.

El demandante, D. Casimiro , mayor de edad, con DNI nº NUM010 , trabajó para la empresa Metra Design S.A., en el centro de trabajo de Santa Perpètua de Mogoda, desde el día 22 de septiembre de 1997, con la categoría de grupo profesional 6, y salario diario bruto de 49,50 euros.

El demandante, D. Iván , mayor de edad, con DNI nº NUM011 , trabajó para la empresa Metra Design S.A., en el centro de trabajo de Santa Perpètua de Mogoda, desde el día 14 de diciembre de 1994, con la categoría de grupo profesional 6, y salario diario bruto de 41,72 euros.

El demandante, D. Lucas , mayor de edad, con DNI nº NUM012 , trabajó para la empresa Metra Design S.A., en el centro de trabajo de Santa Perpètua de Mogoda, desde el día 2 de mayo de 1995, con la categoría de grupo profesional 5, y salario diario bruto de 56,10 euros.

  1. La relación laboral de los demandantes se extinguió en virtud de despedido colectivo autorizado por la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales en resolución de fecha 24 de julio de 2002 dictada en el Expediente de Regulación de Empleo nº 60/2002, que se da aquí por íntegramente reproducida (folios nº 53 y siguientes).

  2. La empresa demandada contaba con 92 trabajadores y dos centros de trabajo, en las localidades de Santa Perpètua de Mogoda (Barcelona) y Montemolín (Badajoz).

    Las causas que justificaron el despido colectivo eran comunes a ambos centros.4º. En el periodo previo de consultas la empresa demandada llegó a un acuerdo con la representación de los...

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