STSJ Canarias 134/2014, 31 de Enero de 2014

PonenteMARIA JESUS GARCIA HERNANDEZ
ECLIES:TSJICAN:2014:130
Número de Recurso1085/2013
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución134/2014
Fecha de Resolución31 de Enero de 2014
EmisorSala de lo Social

En Las Palmas de Gran Canaria, a 31 de enero de 2014.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Las Palmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D. HUMBERTO GUADALUPE HERNÁNDEZ, Dña. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ y Dña. MARÍA JOSÉ MUÑOZ HURTADO, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0001085/2013, interpuesto por COLEGIO HEIDELBERG S.A., frente a Sentencia 000189/2013 del Juzgado de lo Social Nº 1 de Las Palmas de Gran Canaria los Autos Nº 0000971/2012-00 en reclamación de Despido siendo Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por D. Jesús Carlos, en reclamación de Despido siendo demandados COLEGIO HEIDELBERG S.A. y FONDO DE GARANTÍA SALARIAL y celebrado juicio y dictada Sentencia estimatoria, el día 30 mayo 2013, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El demandante ha venido prestando servicios para la demandada, en virtud de contrato de trabajo indefinido, desde el 19/02/05, con categoria profesional de vigilante y salario diario bruto prorrateado de 48,58#, abonado mediante transferencia bancaria el dia 30 de cada mes.

SEGUNDO

En fecha 06/11/12 la empresa entrega a la actora y al comité de empresa carta de despido, con fecha de efecto del mismo dia, con el siguiente tenor literal:

Por medio del presente escrito ponemos en su conocimiento de la decisión adoptada por el Consejo de Administración del Colegio de proceder a la extinción de su contrato de trabajo, de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 51.1 del TRLET, de acuerdo con la redacción dada por la Ley 3/2012, de 6 de julio, para la reforma urgente del mercado laboral, y ello por causas productivas y organizativas, a saber:

El Colegio Heidelberg si bien está configurado como una Sociedad Anónima de carácter mercantil, es una entidad que no tiene animo de lucro, siendo sus accionistas los padres de los alumnos, la generación de sus recursos económicos se invierten íntegramente en el Colegio, y sus ingresos provienen del recibo escolar, que incluyen, principalmente, tres conceptos: enseñanza, alimentación y transporte.

El proyecto educativo desarrollado desde su fundación ha llevado al Colegio Heidelberg a la cúspide de los mejores centros de enseñanza del país, como se ha reflejado recientemente el diario El Mundo, en el que destaca para su inclusión entre los 100 primeros que conforman la lista elegida haya sido determinante la excelencia académica, puesto que sus alumnos han obtenido un ocho de media en las pruebas de acceso a la universidad, lo que se ha sido una constante en los últimos años. Situándole en el liderazgo en Gran Canaria, lo que le dotó de una demanda que en muchas ocasiones no ha podido atender en su totalidad, produciéndose listas de espera.

Sin embargo, como consecuencia de la situación económica general que atravesamos, en el transcurso de los últimos años se ha venido produciendo un descenso en el número de alumnos matriculados en el Colegio, y se espera que para los próximos cursos la tendencia continúe en la misma línea de disminución del número de alumnos.

El siguiente cuadro refleja la evolución indicada en el párrafo anterior, esto es, la evolución del número de alumnos matriculados en el Colegio en los últimos cursos escolares:

CURSO ESCOLAR 2006-2007 2007-2008 2008-2009 2009-2010 2010-2011 2011-2012 2012-2013

Nº ALUMNOS

1.189

1.187

1.173

1.157

1.147

1.157

1.141

Asimismo, la evolución de plazas escolares para los alumnos de 3 años ha sido la siguiente: CURSO ESCOLAR

2009-2010

2010-2011

2011-2012

2012-2013

2013-2014

Nº ALUMNOS TOTALES

1.157

1.147

1.157

1.141

*

PREINSCRIPCIONES 3 AÑOS 164

157

140 132

83

MATRICULADOS

3 AÑOS

75

68

71

66

*

OFERTA PLAZAS

3 AÑOS

75

75

75

75

75

PLAZAS VACANTES 3 AÑOS

0

7

4

9

*

Se pone de manifiesto una paulatina disminución de la demanda de plazas en los últimos cursos escolares, observándose además que en el presente ejercicio el número de plazas vacantes ha aumentado y que el nivel de preinscripciones para las matrículas del próximo curso escolar se encuentra en el nivel más bajo nunca antes conocido.

El efecto económico de disminución de ingresos de este ejercicio como consecuencia del descenso en las matriculaciones, en relación con el anterior, sólo por el concepto de cuota escolar, es de 81.699,29 euros.

Al mismo tiempo se han mantenido inalterables los precios de los recibos escolares, en relación a los del pasado ejercicio, por las circunstancias señaladas, salvo el concepto correspondiente al comedor escolar, que ha subido un 2% para repercutir el incremento del impuesto general del tráfico de empresas, cuyo tipo impositivo ha pasado del 5% al 7% a partir del pasado 1 de julio, que coincide con la fecha de comienzo del presente ejercicio económico.

Los cambios que se están produciendo en la demanda tiene su reflejo en una paulatina disminución del número de usuarios del transporte escolar y en el presente ejercicio se está practicando un descuento del 20% del precio del recibo por este concepto al segundo hijo de las familias que tienen más de uno, y de un 40% al tercer y cuarto hijo, con la intención de aliviar la carga económica, ya bastante pesada, de las familias con dos o más hijos en el Colegio, cuando hasta el pasado curso escolar sólo se bonificaba con un 10% del precio al tercer y cuarto hijo.

Hay que resaltar que esta disminución del número de alumnos que usan el transporte escolar, más allá de la cifra de alumnos matriculados, será la tendencia futura. Puesto que resulta evidente que el uso del transporte particular es cada vez mayor porque, en gran medida, las familias tratan de aliviar la carga económica del recibo, como se evidencia con el siguiente cuadro:

CURSO ESCOLAR 2006-2007

2007-2008

2008-2009

2009-2010

2010-2011

2011-2012

2012-2013

ALUMNOS MATRICULADOS

1.189

1.187

1.173

1.157

1.147

1.157

1.141

USOS/DÍA

1.383

1.349

1.240

1.093

1.017

902,5

868

RATIO

116,32%

113,65%

105,71%

94,47%

88,67%

78,00%

76,07%

La consecuencia de esa variación en la demanda de servicios tendrá como consecuencias que se producirá un disminución de ingresos por importe de 38.274,78# por el concepto de transporte escolar con relación al ejercicio anterior.

Asimismo, en los capítulos de ventas de libros escolares y equipajes deportivos, cuyo volumen de operaciones se desarrolla básicamente entre los últimos días del mes de agosto y todo el mes de septiembre, ya se aprecia una disminución de las ventas en torno a los 10.041,75#, en relación al ejercicio anterior.

Por tanto, en el conjunto de capítulos económicos señalados y por las causas de tipo productivo que se han explicado, los ingresos se reducen en el importe de 130.015,82# respecto del ejercicio pasado.

Resultando ser una decisión del Consejo de Administración del Colegio la adopción de medidas organizativas tendentes al ajuste de los costes a las circunstancias del mercado descritas, sin que afecte al mantenimiento de la calidad de la enseñanza y de los servicios que el Colegio presta a los alumnos, señas de identidad del Centro que, al mismo tiempo, propician su viabilidad presente y futura.

En este sentido, es de destacar que el servicio de vigilancia actual puede reestructurarse perfectamente en aras de esa reducción de costes sin que repercuta sobre los parámetros señalados.

Así pues se ha considerado suprimir uno de los intervalos horarios en los que se desarrolla, esto es, entre las 18,00 horas y las 23,30 horas, dentro de los periodos lectivos, porque en el Centro continúa habiendo presencia física de personal docente y no docente, durante parte del intervalo señalado, que disminuye ampliamente los riesgos de una falta de vigilancia directa.

Actualmente este servicio se viene prestando a través de cuatro turnos completos de trabajo, por lo que ese ajuste de los tramos horarios de vigilancia permite prescindir de un vigilante, continuando los otros tres prestando el servicio con normalidad para el resto de los periodos y turnos horarios, como hasta la fecha, dentro del número máximo de horas que les corresponde anualmente, como al conjunto del personal no docente del Centro.

La extinción de su contrato de trabajo tendrá efectos el mismo día en que reciba la presente comunicación, sustituyéndose los quince días de preaviso por su compensación económica que se le abonará con la correspondiente liquidación, y con esta misma fecha se ha procedido a transferir a su cuenta corriente, en la que se le ingresa habitualmente sus retribuciones, la cantidad de SIETE MIL OCHOCIENTOS VEINTICINCO EUROS, CON VEINTISÉIS CÉNTIMOS (7.825,26#), que corresponde a la indemnización legal establecida en el artículo 53.1.b) del TRLET .

La cuantía de la indemnización fue puesta a disposición de la actora mediante transferencia bancaria de la misma fecha.

TERCERO

El numero de alumnos matriculados en el curso escolar 2011/2012 ascendía a 1.157, el numero de alumnos matriculados en el curso escolar 2012/2013 ascendía a 1.143.

El numero de usuarios del transporte escolar para el curso escolar 2011/2012 ascendía a 902 y para el curso escolar 2012/2013 a 857.

La venta de libros y equipaje escolar ascendió a 214.137,51# en el curso escolar 2011/2012 y a 200.696,96# en el curso escolar 2012/2013.

Los ingresos de la demandada entre septiembre 2011 y febrero de 2012 ascendieron a 3.573.381,20# y a 3.473.236,90# entre septiembre de 2012 y febrero 2013.

Los ingresos de la demandada proceden en su...

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