STSJ Comunidad de Madrid 361/2014, 9 de Abril de 2014
Ponente | MIGUEL ANGEL GARCIA ALONSO |
ECLI | ES:TSJM:2014:3641 |
Número de Recurso | 1751/2012 |
Procedimiento | RECURSO DE APELACIóN |
Número de Resolución | 361/2014 |
Fecha de Resolución | 9 de Abril de 2014 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
Tribunal Superior de Justicia de Madrid
Sala de lo Contencioso-Administrativo
Sección Segunda C/ General Castaños, 1 - 28004 33010310
NIG: 28.079.00.3-2012/0014518
RECURSO DE APELACIÓN 1751/2012 SENTENCIA NÚMERO 361
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN SEGUNDA
-----Iltmos Señores:
Presidente.
D. Juan Francisco López de Hontanar Sánchez Magistrados:
D. José Daniel Sanz Heredero
D. Miguel Ángel García Alonso
Dª. Fátima Blanca de la Cruz Mera
En la Villa de Madrid, a nueve de abril de dos mil catorce
Visto por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, constituida en Sección por los Señores anotados al margen, el recurso de apelación número 1751/2012 interpuesto por ROLEK VITAL SL, representado por el/la Procurador/a doña Isabel Covadonga Julia Corujo contra el auto de 12 de Julio de 2012 que confirmó el auto de 10 de abril de 2012, dictado por el Juzgado de lo ContenciosoAdministrativo nº 7 de Madrid, en la pieza separada de ejecución 117/2010 que archivó la pieza al haberse satisfecho por la parte ejecutada el cumplimiento de la sentencia de 22 de junio de 2011 .
Siendo parte apelada el Ayuntamiento de Madrid representado por el letrado/a de sus servicios jurídicos.
Notificado el auto referido la representación de la parte actora, interpuso recurso de apelación en el plazo de los quince días siguientes, solicitando su revocación y que se decrete que se continúe con la ejecución hasta que conste la completa finalización de los trabajos de demolición conforme ordena la sentencia.
Por diligencia de ordenación se admitió a trámite el recurso y se acordó dar traslado del mismo a la parte demandada a fin de que en el plazo de quince días, pudiera formalizar escrito de oposición al recurso de apelación. Presentado este escrito por la parte apelada, en él se solicitó que se dictase resolución desestimando íntegramente el recurso de apelación planteado y se confirmase el auto recurrido.
El Juzgado de lo Contencioso-administrativo elevó las actuaciones a este Tribunal correspondiendo su conocimiento a esta Sección 2ª. Acordándose dar a los autos el trámite previsto en los artículos 81 y siguientes de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosoadministrativa y siendo designado ponente el Ilmo. Sr. don Miguel Ángel García Alonso.
Se señaló para la deliberación y fallo del presente recurso de apelación el día tres de abril de 2014 en cuyo acto tuvo lugar su celebración.
En la tramitación del presente procedimiento se han observado las prescripciones legales, y en particular las previsiones de los artículos 80.3 ª y 81 y siguientes de la Ley 29/1.998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso- administrativa.
El presente recurso de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba