STSJ Cantabria 106/2014, 12 de Febrero de 2014

PonenteRUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS
ECLIES:TSJCANT:2014:139
Número de Recurso886/2013
ProcedimientoRECURSOS DE SUPLICACIóN
Número de Resolución106/2014
Fecha de Resolución12 de Febrero de 2014
EmisorSala de lo Social

SENTENCIA nº 000106/2014

En Santander, a 12 de Febrero de 2014.

PRESIDENTE

Ilmo. Sr. D. RUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS (Ponente)

MAGISTRADAS

Ilma. Sra. Dª. Mercedes Sancha Saiz

Ilma. Sra. Dª. Mª Jesús Fernández García

EN NOMBRE DE SU MAJESTAD EL REY, la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación interpuesto por el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social Núm. Cinco de Santander, ha sido nombrado Ponente el Ilmo. Sr. D. RUBEN LOPEZ-TAMES IGLESIAS, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en autos se presentó demanda por D. Ezequias, siendo demandados el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, sobre Incapacidad, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de referencia en fecha 1 de Octubre 2013, en los términos que se recogen en su parte dispositiva.

SEGUNDO

Que como hechos probados se declararon los siguientes:

  1. .- D. Ezequias (D.N.I. NUM000 ), nacido el día NUM001 -63, está afiliado a la Seguridad Social -R.G.S.S.-, siendo su profesión habitual la de Albañil.

  2. - Instada la vía administrativa ante la Dirección Provincial del I.N.S.S. en solicitud de incapacidad, se dictó resolución de fecha 24-1-11 (con efectos económicos de 2-11-10), en la que se reconocían las secuelas de "coxartrosis bilateral severa con importante limitación funcional, lumbalgia, indicación de prótesis de cadera bilateral", y se declaraba que el solicitante se encontraba afecto de incapacidad permanente en grado de total derivada de contingencia común.

  3. - Instada la revisión de grado, el I.N.S.S. dictó resolución de fecha 13-9-12 por la que reconociendo las secuelas de "coxartrosis bilateral severa intervenida mediante artroplastia de cadera izquierda, cervicoartrosis, hernia discal C5-6, cordón medular sin mielopatía, espondiloatrosis lumbar, canal raquídeo moderadamente estrecho con cono medular sin hallazgos", declaró no haber lugar a revisar por agravación el grado de incapacidad declarada.

  4. - Presentada la reclamación previa correspondiente, se dictó resolución de fecha 25/10/12, confirmando el pronunciamiento inicial. 5º.- Las secuelas que padece el actor son:

    - CERVICOARTROSIS MODERADA-AVANZADA C4-C7 CON RADICULOPATÍAS C3-C4 Y C5-C6 DE INTENSIDAD MODERADA

    -ESPONDILOATROSIS LUMBAR CON CANAL RAQUÍDEO MODERADAMENTE ESTRECHO Y RADICULOPATÍA L5-S1 MODERADA

    - PRÓTESIS DE AMBAS CADERAS

  5. - La base reguladora para la Incapacidad Permanente solicitada sería de 1.374,45 #/mes, siendo la fecha a partir de la cual desplegaría efectos el 14-9-12. (No controvertido)

TERCERO

Que contra dicha...

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