STSJ Murcia 11/2014, 20 de Enero de 2014

PonenteJOAQUIN MORENO GRAU
ECLIES:TSJMU:2014:89
Número de Recurso1/2013
ProcedimientoDERECHOS FUNDAMENTALES
Número de Resolución11/2014
Fecha de Resolución20 de Enero de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.MURCIA SALA 2 CON/ADMURCIA SENTENCIA: 00011/2014 DERECHOS FUNDAMENTALES nº. 1/2013.

SENTENCIA nº. 11/2014

LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA

compuesta por los Ilmos. Srs.:

D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente

Dª. Leonor Alonso Díaz Marta

D. Joaquín Moreno Grau

Magistrados

ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº. 11/14

En Murcia a 20 de enero de dos mil catorce.

En el recurso contencioso administrativo nº. 1/13 tramitado por las normas del proceso especial para la protección de derechos fundamentales, en cuantía indeterminada, y referido a: derecho a la intimidad personal.

Parte demandante :

D. Mario, representad por la Procuradora Dña. Graciela Gómez Gras y dirigido por sí mismo.

Parte demandada:

La Administración General del Estado (Agencia Estatal de la Administración Tributaria) representada y dirigida por el Abogado del Estado.

Acto administrativo impugnado:

Resolución de la Delegación Especial de la Agencia Tributaria en Murcia de 8 de febrero de 2013 por la que se desestima la solicitud de 4 de enero de 2013 de cancelación de los archivos de la AEAT de as declaraciones tributarias prescritas y, en especial, las declaraciones de los ejercicios 2004, 2005 y 2006.

Pretensión deducida en la demanda:

Que se dicte sentencia por la que se declare: 1. La nulidad de la resolución impugnada

  1. Que el acto impugnado ha violado el derecho del actor a la intimidad personal y familiar reconocido en el artículo 18 de la Constitución .

  2. Ordenar a la Administración demandada que elimine las declaraciones de IRPF de los años 2004, 2005 y 2006 de las actuaciones de Inspección del IRPF de 2007 que se siguen contra el actor a fin de restaurar el derecho fundamental violado.

  3. Ordenar a la Administración demandada la cancelación y supresión en sus archivos de las declaraciones de IRPF prescritas y, en particular, las de los ejercicios 2004, 2005 y 2006.

Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 1-2-13

y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.

SEGUNDO

La parte demandada se ha opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.

TERCERO

Ha habido recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que consta en las actuaciones y cuya valoración se hará en los fundamentos de Derecho de esta sentencia.

CUARTO

Después de evacuarse el trámite de conclusiones se señaló para la votación y fallo el día 10-1-13.

FUNDAMENTOS JURÍDICOS
PRIMERO

La cuestión objeto de discusión en este recurso tienen su origen en las actuaciones

inspectoras iniciadas en relación con la declaración de IRPF del 2007 del actor. Toda la problemática se plantea porque en el expediente de inspección aparecen las declaraciones de IRPF de los ejercicios 2004, 2005 y 2006 que el recurrente afirma que están prescritas y que se trata por tanto de datos personales que deberían estar cancelados y, consecuentemente, ser eliminados de las actuaciones inspectoras.

En el curso de la tramitación de este recurso se sostuvo por la Abogacía del Estado la inadmisibilidad del recurso por falta de actividad impugnable y porque la Sala no sería competente al ser...

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