STSJ Castilla y León , 22 de Enero de 2014

PonenteJOSE MANUEL RIESCO IGLESIAS
ECLIES:TSJCL:2014:306
Número de Recurso1767/2013
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Fecha de Resolución22 de Enero de 2014
EmisorSala de lo Social

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIAL

VALLADOLID

SENTENCIA: 00082/2014

T.S.J.CASTILLA-LEON SOCIALVALLADOLID

C/ANGUSTIAS S/N (PALACIO DE JUSTICIA) 47003.VALLADOLID

Tfno: 983413204-208

Fax:983.25.42.04

NIG: 47186 44 4 2013 0000317

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001767 /2013 JM

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: SUPLICACION 0000079 /2013 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de VALLADOLID

Recurrente/s: Severino

Abogado/a: TOMAS ISAAC HUSILLOS VINEGRA

Recurrido/s: INSTITUCION FERIAL DE CASTILLA Y LEON, SERVIEVENTOS S.L.U., VALORIZA FACILITIES S.A.U., VALORIZA CONSERVACION DE INFRAESTRUCTURAS S.A., INSTALACIONES ELECTRICAS 2023 SERVILUX S.L.

Abogado/a: ANTONIO JULIO GARCIA MARTIN, JAVIER VALVERDE CARRASCO, SANDRA SANTOS MATARRANZ, SANDRA SANTOS MATARRANZ, ISMAEL VELASCO GALA

Procurador/a:,, JOSE MIGUEL RAMOS POLO, JOSE MIGUEL RAMOS POLO,,,,,

Iltmos. Sres.:

D. Emilio Alvarez Anllo

Presidente de la Sección

Dª Maria del Carmen Escuadra Bueno

D. José Manuel Riesco Iglesias /

En Valladolid a Veintidós de Enero de dos mil catorce.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, sede de Valladolid, compuesta por los Ilmos. Sres. anteriormente citados, ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación núm. 1767/2013, interpuesto por D. Severino contra la Sentencia del Juzgado de lo Social núm.1 de Valladolid, de fecha 31 de julio de 2013, (Autos núm. 79/2013), dictada a virtud de demanda promovida por D. Severino contra la empresa INSTALACIONES ELÉCTRICAS 2023 SERVILUX

S.L, INSTITUCION FERIAL CASTILLA Y LEON, SERVIS EVENTOS S.L.U., VALORIZA CONSERVACION DE INFRAESTRUCTURAS S.A. y VALORIZA FACILITIES SAU sobre RECLAMACION RESARCIMIENTO DE DAÑOS Y PERJUICIOS.

Ha actuado como Ponente el Iltmo. Sr. DON José Manuel Riesco Iglesias.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 23-01-2013 se presentó en el Juzgado de lo Social núm. 1 de Valladolid demanda formulada por la parte actora, en la que solicitaba se dictase sentencia en los términos que figuran en el Suplico de la misma. Admitida la demanda y celebrado el juicio, se dictó Sentencia en los términos que consta en su parte dispositiva.

SEGUNDO

En referida Sentencia y como Hechos Probados figuran los siguientes:

"PRIMERO.- El actor D. Severino, cuyas demás circunstancias personales constan en el encabezamiento de la demandad, viene prestando sus servicios laborales para la mercantil codemandada Servilux, con antigüedad reconocida desde el 2-1-1998 como oficial de primera electricista, y con salario mensual de 1900#.

SEGUNDO

El actor en fecha 23-10-2007 sufrió accidente laboral que se produjo cuando, encontrándose en el recinto de la ferial de Castilla y León, sito en Avda de Ramón Pradera s/n de Valladolid, realizando tareas de desmontaje del pabellón 1, en el que se había celebrado días antes la Feria De Boda, y de montaje del Pabellón 2, para la celebración de una nueva feria, al manipular para su desmonte uno de los cuadros eléctricos, se produjo un cortocircuito al extraer el cable de la caja, cayendo al suelo y al intentar reincorporarse se apoyó inconscientemente en los extremos del cable, que habían quedado sueltos tras producirse aquel, sufriendo una descarga eléctrica, al fallar el diferencial. El actor, que no comprobó con carácter previo a iniciar su trabajo la ausencia de tensión, ni consta que hubiera solicitado previamente su desconexión, había recibido el equipo de protección individual preceptivo, si bien en el momento de producirse el siniestro no llevaba gafas correctoras de la visión, pese a precisarlas, ni guantes de seguridad, sufrió la fractura en cuatro fragmentos de la cabeza humeral del hombro derecho, luxación posterior con impactación cabeza humeral (30%) en borde posterior glenoide hombro derecho. Habiéndose emitido el alta forense el 9-1-2009, diagnostico fractura luxación hombro derecho y fractura luxación hombro izquierdo, habiendo tardado en curar 399 días, de los cuales 7 fueron de hospitalización, y 392 impeditivos para sus obligaciones habituales, 6 puntos de secuela, y un punto de secuela por perjuicio estético, según resulta a folios 30 a 43, 290 a 466 de autos por reproducidos en aras a la brevedad y de la testifical pericial realizada.

TERCERO

La Institución Ferial Castilla y León, a fecha del accidente, tenía suscrito con la codemandada Servis Eventos S.L., sociedad unipersonal, el montaje mantenimiento y desmontaje de stands modulares modelos 1,2,3 y 4 (madera) y sus complementos, suministro reparto y recogida de mobiliario

de los stands de la Carpeta de servicios de la contratante durante el año 2007, prorrogable a 2008, siendo una de las obligaciones a asumir por la Sociedad Limitada la disposición de equipo de montadores y de electricistas, inclusive durante el horario de celebración de eventos. Servís Eventos subcontrató el servicio de electricidad con la mercantil Servilux S.L., siendo el actor el encargado de coordinar al personal de la empleadora y de solicitar a los electricistas del Recinto Ferial el corte de suministro de la energia eléctrica en las operaciones de montaje y desmontaje de los pabellones, que constituían el objeto del contrato sucrito por Servís Eventos, desempeñando tal función, a fecha de ocurrir el accidente, desde 8 años antes, según se concluye a los folios 37 a 43, 467 a 494 de las actuaciones por reproducidos, interrogatorio y testificales practicadas.

CUARTO

La desconexión del suministro eléctrico se venia realizando, mediante instrucciones verbales del accionante al personal electricista de la Feria, siendo éstos los únicos que disponían de las llaves para acceder a los cuadros eléctricos, según se concluye del interrogatorio y testifical practicada en el acto de la vista.

QUINTO

La Institución Ferial Castilla y León, a fecha 1-5-2007, suscribió con la codemandada Valoriza Facilities SAU contrato de mantenimiento, preventivo, correctivo, modificativo predictivo y reglamentario de los edificios instalaciones y la urbanización de la Feria de Valladolid así como el apoyo a la conducción de las actividades a celebrar en la misma. Incluyéndose en las funciones Preventivas la revisión, limpieza, ajuste, corrección y sustitución de piezas deterioradas y en las de Mantenimiento Reglamentario las de inspección y revisión obligatorias y reglamentarias de Equipos e instalaciones, habiendo realizado inspección periódica a fecha 9-4-2008 Folios 258 a 279 y 495 a 517 de autos por reproducidos.

SEXTO

Levantada Acta de Infracción por la Inspección

Provincial de Trabajo, se emitió informe de infracción en materia de prevención de riesgos laborales de conformidad con el Art 5 RD Legislativo 5/2000, en relación con el RD 614/2001, de 8 de junio, sobre disposiciones mínimas para la protección de la salud y seguridad de los trabajadores frente al riesgo eléctrico, calificando los hechos como muy graves. Concluyendo de la investigación practicada que el trabajo se realizó con tensión por defectuosa coordinación para el desempeño del mismo entre Serilux y la Institución Ferial para asegurar la ausencia de tensión en las instalaciones de los stands durante su desmontaje y porgue en ausencia de tal procedimiento el actor con experiencia y conocimientos acreditados no aseguró personalmente la ausencia de tensión antes de comenzar su traba j o, folios 37 a 43 de autos por reproducidos.

SÉPTIMO

El Juzgado de Instrucción n° 6 de Valladolid, tramitó las correspondientes Diligencias Previas, 5436/12, que fueron oportunamente sobreseídas con carácter definitivo, mediante Auto de la Audiencia Provincial de Valladolid, Sección penal segunda, de 30-12-2010 .

OCTAVO

Presentada papeleta de Conciliación frente a las codemandadas 23-1-2012 y precedida del correspondiente acto de conciliación en la SMAC que se celebró sin avenencia, el actor presentó demanda en el Juzgado Decano de los de Valladolid el 23-1-2013 interesando el abono, en concepto de daños y perjuicios la cuantía de 38.436,27 euros.

NOVENO

Por el actor se desistió en el acto de la vista de de la continuación del procedimiento frente a la codemandada Valoriza Conservación de Infraestructuras S.A."

TERCERO

Interpuesto recurso de Suplicación contra dicha sentencia por la parte actora, si fue impugnado por las empresas codemandadas: Institución Ferial de CyL, Servis Eventos SLU, Instalaciones Eléctricas 2023 Servilux, S.L, y Valoriza Facilities SAU y elevados los Autos a esta Sala, se designó Ponente acordándose la participación a las partes de tal designación.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La sentencia del Juzgado de lo Social Nº 1 de Valladolid que ahora recurre el demandante, DON Severino, desestimó la demanda sobre indemnización de daños y perjuicios dirigida por dicho actor contra las empresas INSTALACIONES ELÉCTRICAS 2023 SERVILUX, S.L., INSTITUCIÓN FERIAL DE CASTILLA Y LEÓN, SERVIS EVENTOS, S.L.U., VALORIZA CONSERVACIÓN DE INFRAESTRUCTURAS, S.A. y VALORIZA FACILITIES, S.A.U. Los dos motivos de recurso de los que consta el escrito de interposición tienen como base procesal la letra c) del artículo 193 de la Ley 36/2011, de 10 de octubre, Reguladora de la Jurisdicción Social, estando ambos dedicados a la censura de la aplicación del derecho realizada en...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • ATS, 20 de Noviembre de 2014
    • España
    • 20 November 2014
    ...Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León con sede en Valladolid de fecha 22 de enero de 2014, en el recurso de suplicación número 1767/2013 , interpuesto por D. Ceferino , frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 1 de los de Valladolid de fecha 31 de julio de 201......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR