STSJ Comunidad de Madrid 1/2014, 7 de Enero de 2014

PonenteMIGUEL ANGEL VEGAS VALIENTE
ECLIES:TSJM:2014:108
Número de Recurso1761/2012
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución1/2014
Fecha de Resolución 7 de Enero de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

Recurso nº 1.761/2012

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Octava

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.00.3-2012/0012761

Procedimiento Ordinario 1761/2012 E - 02

SENTENCIA Nº 1

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID

SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO

SECCION OCTAVA

ILTMOS. SRES.:

PRESIDENTE:

DÑA. INÉS HUERTA GARICANO

MAGISTRADOS:

D. MIGUEL ÁNGEL VEGAS VALIENTE

DÑA. EMILIA TERESA DÍAZ FERNÁNDEZ

D. FRANCISCO JAVIER GONZÁLEZ GRAGERA

____________________________________________

En Madrid, a siete de enero de dos mil catorce

VISTO por la Sección Octava de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, el recurso nº 1.761/2012, interpuesto por la entidad ARTISTAS INTÉRPRETES, SOCIEDAD DE GESTIÓN (AISGE), representada por el Procurador Don Aníbal Bordallo Huidobro y asistida por el Letrado Don Rodrigo Bercovitz Rodríguez-Cano, contra la resolución de la Subsecretaria de Cultura de 22 de junio de 2011 que denegó la aprobación de la modificación de sus Estatutos en la Asamblea General Extraordinaria de 19 de diciembre de 2010, relativa al artº 7, apartados 4 y 5, artº 8, artº 9, artº 10 y Disposición Transitoria, y contra la resolución de la Ministra de Cultura de 3 de noviembre de 2011 que desestimó el recurso de alzada interpuesto contra aquella resolución. Siendo parte demandada la Administración del Estado, representada por el Abogado del Estado y codemandadas la SOCIEDAD GENERAL DE AUTORES Y EDITORES (SGAE), representada por la Procuradora Doña Rocío Blanco Martínez y VISUAL ENTIDAD DE GESTIÓN DE ARTISTAS PLÁSTICOS (VEGAP) representada por la Procuradora Doña Sofía Pereda Gil. Ha sido ponente el Magistrado de la Sección Ilmo. Sr. Don MIGUEL ÁNGEL VEGAS VALIENTE.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso -inicialmente ante la Sala de lo Contencioso Administrativo de la Audiencia Nacional cuya Sección Séptima se declaró incompetente por Auto de 3 de octubre de 2012 - y remitido el expediente, la parte actora formalizó el escrito de demanda en el que, tras las correspondientes alegaciones, solicitó se dictara sentencia revocando las resoluciones administrativas impugnadas, y en su lugar: 1º) Concediera a la entidad recurrente la ampliación de su autorización administrativa con el fin de que incluyera la gestión de los derechos de propiedad intelectual que corresponden a los directores de fotografía de obras cinematográficas o audiovisuales como autores, así como a sus derechohabientes, en los términos previstos en sus normas estatutarias, a los efectos previstos en el artº 147 LPI . 2º) Aprobara la modificación de los Estatutos de la AISGE incluyendo en sus artos 7, 8, 9, 10 y Disposición Transitoria los cambios aprobados por su Asamblea General el 19.12.2010.

SEGUNDO

El Abogado del Estado y las entidades codemandadas contestaron la demanda solicitando se dictara sentencia desestimando el recurso y confirmando las resoluciones recurridas.

TERCERO

No habiéndose recibido el recurso a prueba, se acordó señalar para votación y fallo el día 1 de octubre de 2013, lo que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La demanda opone a las resoluciones administrativas objeto de este recurso, en primer lugar, la infracción del artº 89.1 y 2 de la Ley 30/92, incurriendo en vicio de incongruencia por no resolver todas las cuestiones planteadas por la recurrente y no ser consecuente con lo solicitado, lo que se considera determinante de anulabilidad ex artº 63.1 de dicha Ley .

Se aduce en este sentido que la recurrente solicitó, de una parte, que se ampliase la autorización administrativa concedida para ejercer la administración de los derechos de propiedad que corresponden a los directores de fotografía de obras cinematográficas o audiovisuales como autores, y, de otra, que se aprobara...

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