STSJ Castilla y León 50/2014, 16 de Enero de 2014

PonenteRAMON SASTRE LEGIDO
ECLIES:TSJCL:2014:192
Número de Recurso792/2010
ProcedimientoPROCEDIMIENTO ORDINARIO
Número de Resolución50/2014
Fecha de Resolución16 de Enero de 2014
EmisorSala de lo Contencioso

T.S.J.CASTILLA-LEON CON/AD

VALLADOLID

SENTENCIA: 00050/2014

Sección Segunda

N11600

N.I.G: 47186 33 3 2010 0101285

PROCEDIMIENTO ORDINARIO 0000792 /2010

Sobre: DOMINIO PUBLICO Y BIENES PATRIMONIALES

De D. Mateo

LETRADO D. ANTONIO VILLARRUBIA GONZALEZ

PROCURADORA D.ª MARIA HENAR MONSALVE RODRIGUEZ

Contra: AYUNTAMIENTO DE PERNIA, CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL DUERO CONFEDERACION HIDROGRAFICA DEL

LETRADOS: D. LEOPOLDO MARCOS MARINA, ABOGADO DEL ESTADO

PROCURADOR D. DAVID GONZALEZ FORJAS,

SENTENCIA N.º 50

ILMOS. SRES.

PRESIDENTA DE LA SALA:

DOÑA ANA MARÍA MARTÍNEZ OLALLA

MAGISTRADOS:

DON JAVIER ORAÁ GONZÁLEZ

DON RAMÓN SASTRE LEGIDO

DON LUIS MIGUEL BLANCO DOMÍNGUEZ

En Valladolid, a dieciséis de enero de dos mil catorce.

Visto por la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León, con sede en Valladolid, el presente recurso en el que se impugna: La desestimación por silencio de los recursos de reposición interpuestos contra la desestimación por silencio de las peticiones del recurrente dirigidas a la Confederación Hidrográfica del Duero y al Ayuntamiento de La Pernía (Palencia) para que se resuelva la retirada de la fosa séptica ubicada en ese municipio, dando cumplimiento a lo ordenado por esa Confederación Hidrográfica en su resolución de 10 de octubre de 2007, dictada en el expediente NUM000 . Son partes en dicho recurso: como recurrente DON Mateo, representado por la Procuradora D.ª Henar Monsalve Rodríguez, bajo la dirección del Letrado D. Antonio Villarrubia González.

Como demandada LA CONFEDERACIÓN HIDROGRÁFICA DEL DUERO, representada y defendida por la Abogacía del Estado.

Como codemandada EL AYUNTAMIENTO DE LA PERNÍA (PALENCIA), representado por el Procurador D. David González Forjas, bajo la dirección del Letrado D. Leopoldo Marcos Marina.

Ha sido ponente el Ilmo. Sr. Magistrado D. RAMÓN SASTRE LEGIDO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto y admitido a trámite el presente recurso, y recibido el expediente administrativo, la parte recurrente dedujo demanda en la que, en base a los hechos y fundamentos de derecho en ella expresados, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia en la que se estime íntegramente el presente recurso contencioso-administrativo por la que: a) Se condene al Ayuntamiento de La Pernía (Palencia) a que cumpla de forma inmediata la Resolución denegatoria de fecha 10 de octubre de 2007, nº expediente NUM000, dictada por la Confederación Hidrográfica del Duero, es decir, se demuela la instalación ejecutada consistente en la fosa séptica, o en su defecto, trasladarla a otro lugar presentando la documentación técnica que lo acredite. b) En defecto de lo anterior, se proceda de forma urgente a la ejecución subsidiaria de las obras, por parte de la Confederación Hidrográfica del Duero, remitiendo el presupuesto de gastos que conlleve el cumplimiento forzoso. c) Con expresa imposición de costas a las partes demandadas.

SEGUNDO

En el escrito de contestación de la Abogacía del Estado, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime el recurso e imponga las costas a la parte actora.

TERCERO

En el escrito de contestación de la representación del Ayuntamiento de La Pernía, en base a los hechos y fundamentos de derecho expresados en el mismo, se solicitó de este Tribunal el dictado de una sentencia por la que se desestime la demanda interpuesta, con los demás pronunciamiento de Ley.

CUARTO

El procedimiento se recibió a prueba, practicándose con el resultado que obra en autos.

QUINTO

Presentados por las partes escritos de conclusiones, se señaló para votación y fallo el día 14 de enero de 2014.

SEXTO

En la tramitación de este recurso se han observado las prescripciones legales.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en el presente recurso contencioso-administrativo por la representación procesal de D. Mateo la desestimación por silencio de los recursos de reposición interpuestos contra la desestimación por silencio por parte de la Confederación Hidrográfica del Duero (CHD) y del Ayuntamiento de La Pernía (Palencia) de las solicitudes del recurrente para que se retire la fosa séptica ubicada en ese municipio, a la que se refiere la Resolución de la CHD de 10 de octubre de 2007, dictada en el expediente NUM000 .

Para la resolución de este recurso ha de destacarse lo siguiente que resulta de la documentación obrante:

  1. La autorización de las obras de emisario y fosa séptica en la localidad de San Juan Redondo en el término municipal de La Pernía fue denegada por la Resolución de la CHD de 10 de octubre de 2007, dictada en el expediente NUM000 . En esa Resolución se señala que D. Mateo presentó el 10 de octubre de 2006 escrito de reclamación por las obras que en ese momento se estaban realizando para la recogida y vertido de las aguas residuales de la localidad y, en especial, en lo que hacía referencia a la construcción de la fosa séptica, dentro del casco urbano y a muy pocos metros de alguna de las viviendas del término municipal, lo que podría generar un grave problema de salubridad, solicitando la paralización de las obras y el cambio de ubicación de la fosa séptica fuera del casco urbano. También se indica en esa Resolución que, según el informe emitido el 12 de diciembre de 2006 por el Servicio de Vigilancia del Dominio Público Hidráulico, las obras de instalación del sistema de depuración se han finalizado y se verterá al cauce del río Pisuerga en su margen derecha. La distancia de la fosa séptica a la vivienda de D. Mateo es de "aproximadamente 25 m.", habiéndose formulado denuncia por obras no autorizadas en zona de policía y de servidumbre del río Pisuerga y vertido de aguas residuales sin contar con autorización de esa CHD. También se señala en esa Resolución que con fecha 12/04/2007 el Servicio Territorial de Sanidad y Bienestar Social de la Junta de Castilla y León emite informe desfavorable indicando que, aunque la obra proyectada va a mejorar las condiciones de recogida y vertido de las aguas residuales de la localidad, "está muy cerca de las últimas viviendas". A continuación se hace en dicha Resolución de 10 de octubre de 2007 la siguiente valoración técnica:

    La pedanía de San Juan de Redondo evacuaba las aguas residuales directamente al río Pisuerga sin tratamiento de depuración,...

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