STSJ Cataluña 94/2014, 10 de Enero de 2014

PonenteASCENSION SOLE PUIG
ECLIES:TSJCAT:2014:453
Número de Recurso5313/2013
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución94/2014
Fecha de Resolución10 de Enero de 2014
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

F.S.

IL·LM. SR. SEBASTIÁN MORALO GALLEGO

IL·LMA. SRA. ASCENSIÓ SOLÉ PUIG

IL·LM. SR. FRANCISCO BOSCH SALAS

Barcelona, 10 de gener de 2014

La Sala Social del Tribunal Superior de Justícia de Catalunya, formada pels magistrats esmentats més amunt,

EN NOM DEL REI

ha dictat la següent

SENTÈNCIA NÚM. 94/2014

En el recurs de suplicació interposat per Edemiro a la sentència del Jutjat Social 28 Barcelona de data 16 de juliol de 2013 dictada en el procediment núm. 1251/2012, en el qual s'ha recorregut contra la part Publipress Media S.A., ha actuat com a ponent Il·lma. Sra. ASCENSIÓ SOLÉ PUIG.

ANTECEDENTS DE FET

Primer

En data 28-12-2012 va arribar al Jutjat Social esmentat una demanda sobre acomiadament en general, la qual l'actor al.lega els fets i fonaments de dret que va considerar procedents i acabava demanant que es dictés una sentència d'acord amb el que es demanava. Admesa la demanda a tràmit i celebrat el judici, es va dictar la sentència en data 16 de juliol de 2013, que contenia la decisió següent:

Que, desestimando la Demanda interpuesta por Edemiro, contra PUBLIPRESS MEDIA, S. L. U., sobre Despido Objetivo de fecha de efectos de 30 de Noviembre de 2.012, debo declarar y declaro el mismo: Procedente.

Segon

En aquesta sentència es declaran com a provats els fets següents:

PRIMERO

El 1 de Septiembre de 1.992, reunidos Luis y Tomás, en su calidad de Apoderados de "El Mundo Deportivo, S. A.", y Edemiro, firmaron un Contrato de Agencia, a fin de que el actor, en uso de su propia organización y relaciones, procediere por sí mismo o por medio de sus dependientes a la captación de clientes y a la obtención de anuncios publicitarios para el diario "El Mundo Deportivo", con expresa exclusión de agencias de publicidad; por la cantidad de 44.000 pesetas mensuales en concepto de gastos de desplazamiento; por seis meses (Documento 7 de la Empresa demandada, a Folios 101 y 102).

SEGUNDO

El 22 de Septiembre de 1.995, el actor firmó un Contrato de Trabajo con EL MUNDO DEPORTIVO, S. A., con la Categoría Profesional de Jefe de Negociado (Documento 8 de la Empresa demandada, a Folio 103).

TERCERO

El 9 de Octubre de 1.998, el actor firmó un Contrato de Trabajo con PUBLIPRESS ORGANIZACIÓN, S. A., como Director de Publicidad, en el que, como Cláusula Adicional, ambas partes acordaron que se reconocía al actor la antigüedad que venía ostentando desde la fecha 1 de Octubre de 1.995 en EL MUNDO DEPORTIVO, S. A. (Documento 9 de la Empresa demandada, a Folios 104 y 105).

CUARTO

En el Informe de Vida Laboral de la Tesorería General de la Seguridad Social, el actor consta de alta (Documento 3 suyo, a Folio 48):

Como Autónomo, de 1 de Marzo de 1.992 a 30 de Septiembre de 1.995;

Para EL MUNDO DEPORTIVO, S. A.: De 1 de Octubre de 1.995 a 30 de Junio de 1.998;

Para PUBLIPRESS MEDIA, S. A. U.: De 2 de Octubre de 1.998 a 28 de Febrero de 2.010;

Para PUBLIPRESS MEDIA, S. L. U.: De 1 de Marzo de 2.010 a 30 de Noviembre de 2.010.

QUINTO

El 30 de Noviembre de 2.012, la Empresa comunicó al actor su Despido Objetivo, por causas económicas, con efectos de su fecha (Documento 6 de la entidad, a Folios 98 y 99).

SEXTO

La Empresa tiene como objeto la comercialización, contratación y gestión de espacios publicitarios del Grupo Godó de comunicación.

SÉPTIMO

El volumen de inversión de la Empresa demandada se sitúa en 2.880,6 millones de Euros hasta Septiembre de 2.012, frente a los 3.458,10 millones de Euros hasta Septiembre de 2.011.

La inversión publicitaria de la Empresa demandada siguió esta evolución en millones de Euros:

2.007 2.008 2.009 2.010 2.011 Hasta 9 / 2.012

7.983,20 7.102,40 5.621,30 5.858,80 5.505,10 2.880,60

OCTAVO

Los ingresos publicitarios netos de la Empresa demandada (incluyendo comisiones de comercialización y sin primas comerciales) del ejercicio finalizado a 31 de Diciembre de 2.011 alcanzaron los

96.513.858 Euros; en 2.010, los 108.572.105 Euros.

El resultado de la Empresa demandada en el ejercicio 2.011 se sitúa en unas pérdidas después de impuestos de importe igual a -548.431 Euros en relación a los -254.252 Euros de 2.010, debido fundamentalmente a la disminución del volumen de negocio con la consecuente pérdida de margen comercial.

En 2.012, la Empresa demandada acreditó unas pérdidas antes de impuestos, acumuladas al mes de Octubre, de 1.055.485,46 Euros.

NOVENO

Desde el año 2.011, la Empresa demandada viene aplicando una política de ahorro en:

Reducción de gastos por viajes y desplazamientos;

Minoración de honorarios de proveedores externos;

Disminución de inversiones realizadas, en relación a las presupuestadas;

Supresión de contratos con colaboradores externos;

Disminución de la partida presupuestaria destinada a la elaboración de tarifas publicitarias;

Rebaja en la contratación del número de horas de limpieza;

Rebaja en la contratación de seguros.

Hasta el ejercicio 2.011, el 46,67% de la retribución variable ofrecida a los comerciales como un objetivo a conseguir se abonaba de forma regular en los dos primeros meses del trimestre.

Dicho importe variable era abonado anticipadamente y, a posteriori, en caso de no alcanzar el rango mínimo de consecución establecido, no tenía que devolverse o regularizarse en los siguientes trimestres.

Para 2.012, la retribución variable por objetivo se abona en la medida en que el trabajador haya alcanzado los rangos mínimos de consecución.

La retribución variable que deja de ser fija es de 577.387,31 Euros.

DÉCIMO

Para el año 2.013, la Empresa demandada tenía previstas las medidas siguientes:

Mantenimiento de la contención en costes y ahorros que se había aplicado en 2.012;

Renegociación del alquiler de la oficina de Madrid, con un ahorro de unos 21.000 Euros;

Cambio en la mayoría de los casos a las suscripciones online. Ahorro de 20.000 Euros;

Negociación con los proveedores al objeto de que no repercutan el incremento del Índice de Precios al Consumo en los bienes y servicios a consumir durante el año 2.013.

UNDÉCIMO

En 2.011, la pérdida de margen comercial aproximada se situó en 1.283.970 Euros y las pérdidas antes de impuestos se vieron incrementadas en 412.902 Euros.

DUODÉCIMO

La evolución negativa de las ventas y facturación por trimestres ha sido (en Euros):

  1. 2º 3º 4º Total del año

2.010 25.449.036 31.404.614 20.027.974 33.018.816 109.900.440

2.011 23.663.821 27.995.321 17.466.735 29.248.362 98.374.239

2.012 20.181.902,19 25.302.442,76 16.207.622,93

DECIMOTERCERO

El volumen de ventas publicitarias de la Compañía en 2.011 ascendió a

98.374.239 Euros;

En 2.007, a 176.942.924 Euros, como sigue (en Euros), para:

1. La Vanguardia; 2. Magazine + XL; 3. Mundo Deportivo; 4. Publicidad Externo; 5. Publicidad Guías;

6. Digital; 7. Radio; 8. Revistas; 9. Televisión; 10. Avui; 11. Total:

Negocio 2.007 2.008 2.009 2.010 2.011

1 143.062.139 105.574.761 74.643.796 64.247.814 56.242.854

2 8.459.979 6.898.740

3 8.877.986 8.769.003 7.190.353 9.202.178 7.545.603

4 515.977 555.844 397.881 400.595 300.379

5 124.873 85.667 22.805

6 2.789.062 3.887.422 5.470.797 6.977.589 7.875.303

7 7.915.629 8.779.948 10.766.521 12.360.861 13.908.971

8 4.417.313

9 5.013.499 5.678.498 7.174.929 8.251.424 5.602.389

10 4.226.446 -139.821 -10.850

11 176.942.924 133.191.322 105.656.230 109.900.440 98.374.239

DECIMOCUARTO

En los tres primeros trimestres de 2.012, se acumulaba una cifra de ventas de

61.691.967,88 Euros.

DECIMOQUINTO

La Empresa demandada amortizó catorce puestos de trabajo.

DECIMOSEXTO

La Empresa demandada calculó una indemnización para el actor, que consignó en la Carta de Despido Objetivo, de 74.449,89 Euros; y un preaviso de quince días, en 2.386,99 Euros brutos.

DECIMOSÉPTIMO

En cuanto al momento de ofrecimiento de la indemnización legal, el Despido se produjo en fecha de viernes 30 de Noviembre de 2.012, con efectos de la misma fecha.

La Empresa ordenó la transferencia bancaria el mismo 30 de Noviembre de 2.012.

DECIMOCTAVO

Desde el 30 de Noviembre de 2.012, la inversión publicitaria ha disminuido un 17,6% en el primer trimestre.

Las ventas registradas continúan siendo negativas, del 11%, y los resultados, de -143.909 Euros.

La medida de extinción de los puestos de trabajo de 14 empleados ha resultado ser insuficiente. Ha habido una prima de emisión de 1,1 millones de Euros el 28 de Febrero de 2.013.

DECIMONOVENO

El actor no ha sido representante de los trabajadores.

VIGÉSIMO

En el GRUPO GODÓ, hay Sociedades con las circunstancias siguientes:

PUBLIPRESS MEDIA, S. L. U.:

Objeto social: Publicidad;

Domicilio: Avenida Diagonal, 477, Planta 1ª, de Barcelona;

LA VANGUARDIA EDICIONES, S. L. S. U.:

Objeto social: Edición de diarios;

Domicilio: Avenida Diagonal, 477, de Barcelona

GRUPO GODÓ DE COMUNICACIÓN, S. A.:

Domicilio: Avenida Diagonal, 477, Planta 7ª, de Barcelona.

El GRUPO GODÓ se dedica a toda actividad relacionada directa o indirectamente con la radiodifusión y la televisión.

LA VANGUARDIA EDICIONES, S. L. S. U. se dedica a la edición, publicación, impresión y distribución y comercialización de los diarios, revistas y publicaciones periódicas.

PUBLIPRESS MEDIA, S. L. U. se dedica a la distribución, comercialización y reparto de mercancías y productos relacionados con la publicidad.

Las 13 Sociedades tienen sus propias plantillas y funcionan autónomamente con sus propios Comités de Dirección y siguiendo sus propios objetivos

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