STSJ Comunidad de Madrid 1162/2013, 24 de Octubre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1162/2013
Fecha24 Octubre 2013

Tribunal Superior de Justicia de Madrid

Sala de lo Contencioso-Administrativo

Sección Novena

C/ General Castaños, 1 - 28004

33009710

NIG: 28.079.33.3-2011/0172164

Procedimiento Ordinario 500/2011

Demandante: INVERSIONES CENCIBEL,S.L

PROCURADOR D./Dña. GLORIA RINCON MAYORAL

Demandado: Tribunal Económico-Administrativo Regional de Madrid. Ministerio de Economía y Hacienda

Sr. ABOGADO DEL ESTADO

COMUNIDAD DE MADRID

LETRADO DE COMUNIDAD AUTÓNOMA SENTENCIA No 1162

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO SECCIÓN NOVENA

Ilmos. Sres.

Presidente . Ramón Verón Olarte

Magistrados:

Da. Ángeles Huet de Sande

D. Juan Miguel Massigoge Benegiu Dª. Berta Santillán Pedrosa

D. Joaquín Herrero Muñoz Cobo

En la Villa de Madrid a veinticuatro de octubre de dos mil trece.

Visto por la Sección Novena de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid el presente recurso contencioso administrativo nº 500/2011, interpuesto por el Procurador de los Tribunales Sra. Rincón Mayoral en nombre y representación de la mercantil Inversiones Cencibel S.L. contra la resolución dictada por el Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid, de fecha 22 diciembre 2010, por la que se desestima la reclamación número 28/16307/2009 interpuesta contra liquidación por ITP y AJD por un total a ingresar de #12,432.43 habiendo sido parte la Administración demandada, representada por la Abogacía del Estado y como parte codemandada la Comunidad de Madrid.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el recurso y seguidos los trámites previstos en la ley, se emplazó a la parte demandante para que formalizara la demanda, dándose cumplimiento a este trámite dentro de plazo, mediante escrito en el que se suplica se dicte sentencia declarando no ser ajustada a Derecho la resolución administrativa objeto de impugnación.

SEGUNDO

El Abogado del Estado solicita la desestimación de la demanda y en tal sentido se pronuncia la parte codemandada

TERCERO

No habiéndose recibido el presente proceso a prueba, quedaron los autos conclusos y pendientes para votación y fallo.

CUARTO

En este estado se señala para votación y fallo el día 17 octubre de 2013, teniendo lugar así. QUINTO.- En la tramitación del presente recurso se han observado las prescripciones legales. Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Juan Miguel Massigoge Benegiu

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

A través del presente recurso la Procuradora de los Tribunales Sra. Rincón mayoral, en nombre y representación de la compañía mercantil Inversiones Cencibel, sociedad limitada, impugna la resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Madrid de fecha 22 diciembre 2010 por la cual se desestima la reclamación económico-administrativa deducida por la compañía citada contra la liquidación por el Impuesto sobre Trasmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados, modalidad actos jurídicos documentados, por la escritura pública de 17 febrero 2009 en la que, a favor del comprador, el vendedor da carta de pago del precio aplazado y se pacta la cancelación de la condición resolutoria acordada en la escritura de compraventa en la que aquélla se pactó en garantía de pago de...

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