STSJ Cantabria 609/2013, 26 de Noviembre de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha26 Noviembre 2013
Número de resolución609/2013

S E N T E N C I A nº 000609/2013

Ilmo. Sr. Presidente

Don Rafael Losada Armada

Ilmas. Sras. Magistradas

Doña Clara Penin Alegre

Doña María Josefa Artaza Bilbao

Doña Paz Hidalgo Bermejo

En la ciudad de Santander, a veintiséis de noviembre de dos mil trece. La Sala de lo ContenciosoAdministrativo del Tribunal Superior de Justicia de Cantabria ha visto, el procedimiento Ordinario número 544/12, interpuesto por el Centro Asistencial San Juan de Dios de Palencia, representado por la Procuradora Doña Carmen Mantilla Abascal y defendido por la Letrada Doña Paz Aparicio Garrido, siendo parte recurrida el Gobierno de Cantabria (Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales), representado por Letrado de sus Servicios Jurídicos.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

el Centro Asistencial San Juan de Dios de Palencia, mediante escrito de fecha 5 de Diciembre de 2012, interpone recurso contencioso administrativo frente a la desestimación por silencio administrativo del recurso de alzada interpuesto frente a comunicación de la Directora del ICASS de fecha 2 de julio de 2012 que califica al Centro como "Residencia 24 horas enfermedad mental bajo cuidados", recurso ampliado a la Resolución de la Consejera de Sanidad y Servicios Sociales, que desestima el recurso de alzada, de fecha 15 de febrero de 2013.

SEGUNDO

Admitido a trámite, previa reclamación y recepción del expediente, la demandante formalizó demanda, solicitando la anulación del acto impugnado y que se encuadre a 24 pacientes en el apartado de "alteraciones de conducta en régimen cerrado" y a 3 pacientes, en el apartado de altos cuidados, reclamando la cuantía de 198.116,64#.

TERCERO

Por la Letrada de los Servicios Jurídicos del Gobierno de Cantabria se contestó la demanda solicitando su desestimación y la conformidad a derecho del acto recurrido.

CUARTO

Habiéndose acordado el recibimiento del proceso a prueba, con el resultado que obra en autos, y presentadas conclusiones por escrito, por providencia de la Sala, de fecha 23 de octubre de 2012, es designada Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Doña Paz Hidalgo Bermejo, señalándose el día 13 de Noviembre de 2013 para la deliberación votación y fallo del presente recurso en que tuvo lugar.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

La representación del Centro Asistencial San Juan de Dios de Palencia, interpuso recurso contencioso frente a la Resolución de la Consejería de Sanidad y Asuntos Sociales de fecha 15 de febrero de 2013 que desestima el recurso de alzada interpuesto frente al acto administrativo emitido por la Directora del Instituto Cántabro de Servicios Sociales en el que se fija el precio público relativo a la facturación de las plazas concertadas con el centro demandante.

Expresamente el acto recurrido, de fecha 2 de julio de 2012, indica que "en base a la Disposición Adicional Tercera del Decreto 33/2012, de 26 de Junio, por el que se regulan los precios de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención a personas en situación de dependencia, publicado en el Boletín Oficial de Cantabria de fecha 27 de junio de 2012, y conforme a los servicios desarrollados en las plazas concertadas con este Instituto en el Centro San Juan de Dios de Palencia destinadas a atención residencial 24 horas de personas con enfermedad mental en régimen de bajos cuidados, ya que no llevan aparejados una supervisión continua, artículo 2.2 del Decreto, se les informa que a partir del 1 de julio de 2012 queda incluido a estos efectos como "Residencia 24 horas Enfermedad Mental Bajos Cuidados". Por lo que de conformidad con la Orden SAN /24/2012, de 28 de junio, por la que se fijan los precios públicos de las prestaciones y servicios del Instituto Cántabro de Servicios Sociales destinados a la atención a personas en situación de dependencia (BOC 29/06/2012, a partir del mes de julio la facturación deberá realizarse conforme a un precio plaza/día de 53#" .

Frente a la calificación del Centro San Juan de Dios como Residencia 24 horas de enfermedad mental bajos cuidados, y la fijación del precio plaza/ día de 53#, el centro interpone demanda considerando que el acto recurrido incurre en nulidad porque el centro fue calificado por la Secretaría de Estado de Sanidad, de 11 de abril de 1980 como Grupo II, Nivel III y porque el Centro está inscrito en el Registro de Entidades y Centros de Servicios Sociales de Castilla León como hospital monográfico de atención especializada con el nombre de Unidad de Rehabilitación Psiquiátrica San Juan de Dios mediante Resoluciones de la Dirección General de Servicios Sociales de la Consejería de Sanidad y Bienestar Social de la Junta de Castilla León. De igual manera, la calificación del Centro por el RD 1277/2003, de 10 de Octubre, es la de centro sanitario (Código

C), C.1.4 Hospitales de salud Mental y Tratamiento de Toxicomanías, con una oferta asistencial (Código U) U

69 Psiquiatría, U70 Psicología clínica y U71 Atención Sanitaria Drogodependientes.

De conformidad con estas calificaciones, afirma la demandante que procede que el centro San Juan de Dios de Palencia se encuadre en el apartado de alteraciones de conducta en régimen cerrado y sólo respecto de 3 pacientes en el supuesto de altos cuidados con...

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