STSJ Canarias 1572/2013, 25 de Octubre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1572/2013
Fecha25 Octubre 2013

En Las Palmas de Gran Canaria, a 25 octubre de 2013.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de CANARIAS en Las Palmas de Gran Canaria formada por los Iltmos. Sres. Magistrados D. HUMBERTO GUADALUPE HERNÁNDEZ, Dña. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ y Dña. MARÍA JOSÉ MUÑOZ HURTADO, ha pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

SENTENCIA

En el Recurso de Suplicación núm. 0000616/2013, interpuesto por D. Jose Manuel, frente a Sentencia 000504/2012 del Juzgado de lo Social Nº 7 de Las Palmas de Gran Canaria los Autos Nº 0000083/2012-00 en reclamación de Despido siendo Ponente el ILTMO./A. SR./A. D./DÑA. MARÍA JESÚS GARCÍA HERNÁNDEZ.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en Autos, se presentó demanda por D. Jose Manuel, en reclamación de Despido siendo demandado/a D./Dña. SERVICIO JURIDICO DEL GOBIERNO DE CANARIAS, ELSAMEX S.A., ANTALSIS SL Y MEDANCLI SL UTE, CONSEJERIA DE EDUCACION, UNIVERSIDADES Y SOSTENIBILIDAD, FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, CLECE SA y MONCOBRA S.A. y celebrado juicio y dictada Sentencia el día 23/11/2012, por el Juzgado de referencia.

SEGUNDO

En la citada Sentencia y como hechos probados, se declaran los siguientes:

PRIMERO

El demandante comenzó prestando sus servicios para la empresa ELSAMEX siendo con posterioridad subrogado a la empresa MONCOBRA, quien le reconoce una antigüedad d 20-09-2.005, la categoría profesional de Oficial de 1ª, y un salario diario bruto prorrateado de 42,19 #. (conforme)

SEGUNDO

En fecha 30-11-2.007 la Consejeria de Educación, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias y la empresa MONCOBRA S.A. suscribieron contrato administrativo del servicio de mantenimiento y conservación de varios centros docentes; dicho contrato fue prorrogado del 1-12-2.009 al 30-11-2.011.

Tal contratación se regiría conforme a los requisitos establecidos en las cláusulas administrativas y prescripciones técnicas del pliego, siendo su objeto la realización del servicio de mantenimiento y conservación de diversos centros docentes dependientes de la Consejería de Educación, Cultura y Deportes relacionados en el Pliego citado.

El contratista se obligaba a disponer de cuantos elementos, herramientas y útiles en general fueran necesarios para la ejecución y cumplimiento de las obligaciones del Pliego y serían a su cargo también las máquinas que precisara y la conservación de las mismas. Debiendo depositar en cada uno de los centros una caja con las herramientas mas comunes para la realización del servicio.

Los repuestos y el material necesario para llevar a cabo las reparaciones o el mantenimiento serán por cuenta de los Centros donde se realicen, excepto aquel material que el precio de la unidad sea inferior a 10 euros, que correrá a cargo del contratista, salvo que la necesidad de tal reposición derive de un mantenimiento incorrecto, en cuyo caso, el costo de dichos materiales correrá por cuenta del contratista.

La Dirección de cada Centro, pondría a disposición del Contratista los suministros de agua, alumbrado y fuerza que se precisara para la ejecución de su cometido

El contratista se comprometía a destinar para la prestación de los servicios objeto de contratación el número de personas establecidas en el Anexo III al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares, sin que en ningún caso este número pudiera ser inferior al especificado en el citado Anexo. Tal número se consideraba como mínimo y permanente, debiendo el contratista proveer a su cargo las suplencias y correturnos necesarios en los casos de baja por enfermedad, accidente, vacaciones, permisos o cualquier otra contingencia laboral.

En ningún caso se podría solicitar la colaboración del personal del Centro para trabajos propios del servicio objeto de contratación, debiendo facilitar el contratista al Centro con antelación y por escrito cualquier sustitución de personal que se produzca y de las causas que motivaran el emplazamiento.

El contratista será el encargado de organizar y dirigir el trabajo de su personal, de acuerdo con las necesidades del servicio objeto de estas prescripciones que se vayan demandando, siempre con el consentimiento del director del centro educativo, para ello: organizará reuniones periódicas con el responsable del centro educativo para analizar los trabajos a realizar, elaborará y actualizará el plannig de mantenimiento, presentara a la dirección del centro propuesta de mejoras y modificaciones y remitirá semestralmente a la Consejería informe sucinto de los trabajos realizados, avalado por el Director del Centro.

TERCERO

En la práctica la Consejería ha venido aportando diversos materiales para realizar el servicio (pequeñas herramientas) mientras que aquellas máquinas más pesadas eran aportadas por MONCOBRA.

La provisión de materiales para el mantenimiento de las instalaciones los pagaba la Consejería.

CUARTO

Las órdenes de trabajo de los oficiales eran recibidas a través de los Directores de los centros en base a un Plan de Trabajo que era establecido por el Coordinador de Moncobra.

En cuanto a los horarios se fijaban por Moncobra al principio de cada año escolar.

QUINTO

Era Moncobra quien daba los permisos al trabajador y las vacaciones, si bien la solicitud se hacía a través del Director del Centro o Secretario al igual que las bajas médicas que se tenían que informar al Director del Centro.

SEXTO

En fecha 15-09-2.011 la Consejeria de Educacion, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias comunica a la empresa MONCOBRA S.A. la finalización del contrato administrativo el día 30-11-2.011, dejando de prestar servicios a partir del 1-12-2.011.

SEPTIMO

En fecha 25-11-2.011 el actor recibe comunicación escrita de MONCOBRA S.A. en los siguientes términos:

"Por medio de la presente pongo en su conocimiento que, a partir del próximo 1 de diciembre de 2011, la Consejeria de Educación, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias dejará de prestar el servicio de mantenimiento y conservación de centros docentes de la Comunidad Autónoma de Canarias a través de la empresa MONCOBRA S.A., fecha en la que Ud. pasará a depender directamente de la citada Consejería quién será, ella misma, la que se hará cargo del servicio durante la fase de tramitación de la nueva contratación, que tiene prevista para el mes de Mayo de 2012."

OCTAVO

En fecha 25-11-2.011 la Consejeria de Educación, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias remitió a los centros Escolares escritos recordandoles que no se les permita el acceso a las dependencias escolares a partir del día 1-12-2011, a los empleados de la empresa Moncobra, toda vez que desde esa fecha no existía relación contractual con dicha empresa".

NOVENO

Tras la finalizacion del contrato de prestacion del servicio de mantenimiento con la empresa MONCOBRA S.A., el servicio de mantenimiento de los centros educativos fue realizado por personal de la Consejeria hasta la nueva adjudicación del servicio.

DECIMO

El demandante ha venido prestando sus servicios en el IESS de Arucas.

DECIMO

PRIMERO.- Por orden del Excmo. Sr. Consejero de Educacion, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias de 10-05- 2.012 se procede a la adjudicacion de la contratacion administrativa de los servicios de mantenimiento y conservacion de los centros donde prestaba servicios el actor a la empresa UTE ANTALSIS/MEDANCLI.

En fecha 29-06-2.012 la UTE ANTALSIS/MEDANCLI suscribió contrato administrativo de los servicios de mantenimiento y conservacion de varios centros docentes con la Consejeria de Educacion, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias.

La UTE contrató personal "ex novo" para la realización del servicio, sin contar con los trabajadores que anteriormente lo habían hecho por cuenta de MONCOBRA S.A.

DECIMO

SEGUNDO.- Para la categoria profesional de mantenimiento, incluida en el grupo V del Convenio del Personal Laboral de la CCAA, las tablas salariales del mismo prevén para el año 2012 un salario diario bruto prorrateado (descontada la extra de navidad) de 45,56 # para una jornada de 37,5 horas semanales, y de 38,88# para jornada de 32 horas semanales,

Para la categoria profesional de oficial de 1ª, incluida en el grupo IV del Convenio del Personal Laboral de la CCAA, las tablas salariales del mismo prevén para el año 2012 un salario diario bruto prorrateado (descontada la extra de navidad) de 49,99 # para una jornada de 37,5 horas semanales, y de 42,66# para jornada de 32 horas semanales.

DECIMO

TERCERO.- El actor ha sido en el año anterior a su cese representante legal de los trabajadores.

DECIMO

CUARTO.- En fecha 7-12-2.011 el actor presentó reclamación previa ante la Consejería demandada.

TERCERO

El Fallo de la Sentencia de instancia literalmente dice: DESESTIMAR la demanda interpuesta por DON Jose Manuel frente a la CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CULTURA Y DEPORTES, la empresa MONCOBRA CANARIAS INSTALACIONES, S.A., la UTE ANTALSIS/MEDANCLI, ANTALSIS, S.L., MEDANCLI, S.L, la empresa CLECE y el FONDO DE GARANTÍA SALARIAL, absolviendo a los demandados de los pedimentos efectuados en su contra.

CUARTO

Que contra dicha Sentencia, se interpuso Recurso de Suplicación por la parte D. Jose Manuel, siendo impugnado de contrario y recibidos los Autos por esta Sala, se formó el oportuno rollo y pase al Ponente. Señalándose para votación y fallo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Moncobra SA, que venía prestando el servicio de mantenimiento y conservación de varios centros docentes a la Consejería de Educación, Universidades y Sostenibilidad del Gobierno de Canarias, desde el 30 noviembre 2007, con...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba
1 sentencias
  • STSJ Canarias 1335/2022, 22 de Noviembre de 2022
    • España
    • 22 Noviembre 2022
    ...ello no desdibuja la relación laboral entre el actor y su empleadora formal porque tal y como decíamos en nuestra sentencia de 25 de octubre de 2013 (Rec. 616/2013) " (.) La prestación de servicios por el personal de la contrata en las condiciones técnicas pertinentes justif‌ica que en la p......

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR