STSJ Cataluña 7055/2013, 29 de Octubre de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución7055/2013
Fecha29 Octubre 2013

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 43148 - 44 - 4 - 2009 - 0026404

mi

ILMO. SR. GREGORIO RUIZ RUIZ

ILMA. SRA. SARA MARIA POSE VIDAL

ILMA. SRA. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA

En Barcelona a 29 de octubre de 2013

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los Ilmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 7055/2013

En el recurso de suplicación interpuesto por Lorena frente a la Sentencia del Juzgado Social 1 Tarragona de fecha 29 de mayo de 2012 dictada en el procedimiento Demandas nº 1302/2009 y siendo recurrido INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. NATIVIDAD BRACERAS PEÑA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Con fecha 16 de octubre de 2009 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Invalidez grado, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 29 de mayo de de 2012 que contenía el siguiente Fallo:

Que desestimando la demanda formulada por Dª. Lorena, defendida y representada por la Letrada Dª. Desiree Palomo Serrano, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social representados por la Letrada del Cuerpo de la Administración de la Seguridad Social Dª. María Teresa Castellá Molina; debo confirmar y confirmo la resolución administrativa impugnada.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

" PRIMERO.- La demandante, Lorena, mayor de edad, nacida el NUM000 de 1967, con DNI nº NUM001, está afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con nº NUM002 . Causó baja laboral por enfermedad común el día 18 de diciembre de 2008, siendo su profesión habitual de gerocultura, cuando prestaba sus servicios profesionales bajo la dependencia de la empleadora UNIÓN DE RESIDENCIAS DE REUS, S.L. (expediente administrativo). SEGUNDO.- Incoado expediente de invalidez con nº NUM003 a instancia de la trabajadora, mediante escrito presentado en fecha 16 de abril de 2009, recayó resolución de la D. P. de Tarragona del I.N.S.S. con fecha registro de salida 29 de junio de 2009 por la que le se declaró a la trabajadora afecta de incapacidad permanente en grado total para su profesión habitual, con fecha de efectos de 25 de junio de 2009 y con derecho a percibir una pensión mensual líquida de 537,66 euros.

En fecha 26 de mayo de 2009 se emitió informe de síntesis, siendo las secuelas que se objetivan las siguientes:

"TRASTORNO ANSIOSO DEPRESIVO DE LARGA EVOLUCIÓN CON TRATAMIENTO COMBINADO; HISTERIA CON HETEROAGRESIVIDAD; COMORBILIDAD (HIPOTIROISMO Y ANEMIA FERROPÉNICA EN TRATAMIENTO ".

El Dictamen propuesta previó la posibilidad de revisar por agravación o mejoría la calificación de incapacidad de la trabajadora a partir de 1 de junio de 2010.

(expediente administrativo)

TERCERO

Incoado de expediente de revisión de grado de incapacidad permanente, de oficio a instancia del INSS recayó resolución del INSS de fecha 9 de julio de 2010 por la cual acordaba que la actora seguía " afectada de incapacidad permanente total, con derecho a la pensión que percibe en la actualidad ".

CUARTO

Emitido informe médico de síntesis el 17 de junio de 2010 y en base al cual propuso la Comisión de Evaluación de Incapacidades el 23 de junio de 2011 a la Dirección Provincial del INSS la declaración de la trabajadora como afectada de incapacidad permanente total.

(expediente administrativo)

QUINTO

La base reguladora a efectos de incapacidad permanente absoluta es de 977,57 euros. La fecha de efectos es de 26 de mayo de 2009 (hecho no controvertido).

SEXTO

Presentada la oportuna reclamación previa el 22 de julio de 2009, solicitando la actora una incapacidad permanente en grado de absoluta, se dictó Resolución de la D.G. de...

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