STSJ Cataluña 6040/2013, 26 de Septiembre de 2013

PonenteMARIA MACARENA MARTINEZ MIRANDA
ECLIES:TSJCAT:2013:9310
Número de Recurso3279/2013
ProcedimientoRECURSO DE SUPLICACIóN
Número de Resolución6040/2013
Fecha de Resolución26 de Septiembre de 2013
EmisorSala de lo Social

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA

CATALUNYA

SALA SOCIAL

NIG : 08096 - 44 - 4 - 2010 - 8001736

mm

ILMO. SR. IGNACIO MARÍA PALOS PEÑARROYA

ILMA. SRA. M. MAR GAN BUSTO

ILMA. SRA. M. MACARENA MARTINEZ MIRANDA

En Barcelona a 26 de septiembre de 2013

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A núm. 6040/2013

En el recurso de suplicación interpuesto por Liberty Seguros, Cia de Seguros y Reaseguros, S.A. y Lab Circuits, S.A. frente a la Sentencia del Juzgado Social 3 Granollers de fecha 20 de diciembre de 2012 dictada en el procedimiento nº 109/2010 y siendo recurrido Geronimo . Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. M. MACARENA MARTINEZ MIRANDA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Indemnización daños y perjuicios, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 20 de diciembre de 2012 que contenía el siguiente Fallo:

DEBO ESTIMAR Y ESTIMO PARCIALMENTE la demanda interpuesta por Geronimo contra LAB CIRCUITS, S.A. y LIBERTY SEGUROS, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A., y en este sentido DEBO CONDENAR Y CONDENO A LAS DEMANDADAS DE FORMA SOLIDARIA a pagar a Geronimo la suma de 36.810,47 euros.

SEGUNDO

En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:

"1.- D. Geronimo con D.N.I. nº NUM000 ha venido prestaba servicios por cuenta y dependencia de la empresa demandada LAB CIRCUITS, S.A., con categoría de especialista N-3, con antigüedad de 23-01-1989 y salario de 2.812,53 euros brutos incluida prorrata de pagas.

  1. - El actor ingresó en la empresa en el año 1989, y al año y medio de entrar en su puesto de trabajo fue destinado a la Sección de Serigrafia donde ha desarrollado sus labores de operario de serigrafia hasta el año 2005. Cuando inició sus labores en el departamento de serigrafia el mismo estaba ubicado en la parte antigua de la fábrica. En el año 1994 dicho departamento se trasladó al nuevo edificio de la empresa, ubicandose junto a la sección de laminado, revelado y multicapa. A partir de 1994 el trabajador hacia uso de protecciones auditivas, en concreto cascos tipo orejera.

  2. - Con fecha 5-07-1999 Mutual Cyclops realizó un Informe de Evaluación de Riesgos de la empresa demandada, en la que en el puesto de trabajo de serigrafia se detectaron los siguientes riesgos : " Atrapamientos con la pestaña de sujetar piezas de la maquina automatica. Contactos electricos con el adaptador múltiple no normalizado de la maquina de revelar. Sobreesfuerzos oculares al realizar visualmente el control de calidad" además de los riesgos generales recogidos en el apartado 6 que se refieren a trabajos frente a maquinas, señalización y tanques de líquidos. No se contempla en dicha evaluación el riesgo por ruido.

  3. - Mutual Cyclops realizó un informe técnico de identificación de riesgos el 14-09-1998, que obra a los folios 268 a 296 que aquí se dan por reproducidos- en el que no consta el análisis de la Sección de Serigrafia. Si que consta riesgo de exposición al ruido en la sección de agujerear y en la sección de revelado-5.- La empresa realizó evaluación de exposición al nivel de ruidos en el año 2000. No se realizaron nuevas evaluaciones hasta el año 2005.

    El resultado de los niveles de exposición diaria fueron los siguientes:

    - Año 2000 87,9 dB (Serigrafia)

    - Año 2005 77,5 dB (Serigrafia)

    -Año 2006: 77,20 dB. ( Insolado)

  4. - Al actor se le realizaron diversas evaluaciones medicas por la Mutua Cyclops, siendo el resultado de las mismas el siguiente:

    -29-04-1999 - OD.Sospecha de hipoacusia, OI Inicio Hipoacusia, Perdida de agudeza auditiva que afecta a frecuencias extraconversacionales.

    -13-06-2000 -OD Perdida auditiva-1,88, lo que implica una perdida auditiva en frecuencia conversacional de 0,31% en OD

    -08-05-2001 - OD Perdida auditiva-7,5, OI Perdida auditiva 3,75. Porcentaje de perdida auditiva global 4,38 % O.D., casi normal en oido izquierdo. claro indicio de sordera. Recomiendan control por otorrinolaringólogo

    -05-06-2003 - OD Perdida auditiva- 9,38, OI Perdida auditiva 18,75. Porcentaje de perdida auditiva global 10,94% Oido derecho, claro indicio de sordera. Sospecha de sordera OI. Recomiendan usar protección auditiva si trabaja en ambiente ruidoso.

    -27-05-2004- OD Perdida auditiva- 5,63, OI Perdida auditiva 26,25. Porcentaje perdida auditiva global del 9,07 OD. Sospecha de sordera. En OI Claro indicio de sordera. Recomiendan usar protección auditiva si trabaja en ambiente ruidoso.

    -15-06-2005. OD Perdida auditiva 46,88, OI Perdida auditiva 45.Perdida auditiva por vía aérea del OD del 45,31%. Hipoacusia. Recomienda utilizar protecciones auditivas si trabaja en ambiente ruidoso.

    -09-06-2006 - OD . Perdida auditiva. 39,38, OI Perdida auditiva 11,5. Porcentaje perdida auditiva global 25,31% en OD. Sospecha de trauma sonoro. Recomiendan protecciones auditivas si trabaja en ambiente ruidoso

    -08-05-2007.OD. Perdida auditiva 35,63, OI Perdida auditiva 30. Porcentaje perdida auditiva global 30,94% O.D. Presenta un deficit auditivo que afecta alas frecuencias extraconversacionales. Recomiendan protección auditiva si trabaja en ambiente ruidoso

    - 18-06-2008.- O.D. Perdida auditiva 54,38, OI Perdida auditiva 58.13. Porcentaje de perdida auditiva global 55,01 OD. Portador de audifonos en ambos oidos. Comenta que le cambiaron de zona y ya no trabaja con ruidos y ya no utiliza protectores auditivos

    - 18-06-2009. OD. Perdida auditiva 39,38, OI Perdida auditiva 30. Porcentaje de perdida auditiva global 31,56 % OD. Valoración. Presenta un 43,13 % de perdida auditiva global binaural ( frecuencias conversacionales) que corresponden a un grado de calificación de Sordera moderada 7.- En las revisiones medicas de los años 1999 a 2003 se consideró a Geronimo apto para su puesto de trabajo. En la revisión del año 2003 se indico protocolo de posturas forzadas. En la del año 2004 se calificó apto con protocolo de ruidos y posturas forzadas, al igual que en la del año 2005. Con fecha 29-08-2005 la empresa cambió de puesto de trabajo al actor pasando a Insolado, por solicitud del Servicio de Prevención. En el año 2009 fue declarado Apto con limitaciones.

  5. - En fecha 11-04-2008 Mutual Midat Ciclops inició un expediente de lesiones permanentes no invalidantes por hipoacusia bilateral por trauma acústico, al habersele diagnosticado el 28-03-2008 enfermedad profesional. Por resolución del INSS de fecha 18-11-2008 se declaró la existencia de lesiones permanentes no incapacitantes derivadas de accidente de trabajo sufrido el 28-03-2008, y el derecho del actor a percibir una indemnización por una vez de 2.990 euros, de cuyo pago es responsable Mutual Midat Cyclops por tener con ella asegurada los riesgos profesionales la empresa demandada.

  6. - LAB CIRCUITS, S.A. tiene concertado un seguro con LIBERTY SEGUROS, Compañia de Seguros y Reaseguros SA con numero 04 ENT 5020859- póliza antigua 04026460453- que obra folios 23 a 27 en vigor del 14-05-2006 a 415-05-2007La Compañía de Seguros tambien ha aportado dicha poliza con la vigencia de 14-05-2008 a 14-05-2009, folios 199 a 202. En dicha poliza consta cubierta la Responsabilidad Civil Patronal hasta un limite de 90.000 euros.

    LAB CIRCUITS, S.A. tiene concertado un seguro de responsabilidad civil con LIBERTY SEGUROS, COMPAÑIA DE SEGUROS Y REASEGUROS, S.A.con fecha de inicio 6/10/2008 y fecha de vencimiento 6/10/2009, poliza numero 04 RC3 7003250- que obra a los folios 191 a 198 que aquí se dan por reproducidos.

    En las Condiciones Particulares de dicho contrato, consta

    " Riesgos excluidos

    Quedan expresamente excluidas de esta cobertura las reclamaciones por:

    (..) f. Indemnizaciones y gastos de asistencia por enfermedad profesional y aquellas otras enfermedades que contraiga el trabajador con motivo de la realización de su trabajo, asi como el infarto de miocardio, trombosis, hemorragia cerebral y enfermedades de similar etiología".

  7. - El Departament de Treball de la Generalitat realizó un informe sobre la enfermedad profesional obrante a los folios 434 a 447, que aquí se dan por reproducidos- en el que consta visitas al centro de trabajo el 20-04-2009 y 20-05-2009, en el que en conclusiones consta:

    " En aquesta investigació de malaltia professional no s'han detectat deficiències en les condicions actuals de treball susceptibles de correcció en el lloc de treball del treballador afectat.

    No obstant això, no es poden descartar deficiències en periodes anteriors, concretament durant els anys 1994-2000, ja que la empresa manifesta que no disposa i/o no han realitzat avaluacions d' exposició al soroll durant aquest anys. Segons la normativa vigent en aquell período, RD 1316/1989, ( derogada por el RD 286/2006), sobre la protecció dels treballadors davant els riscos derivats de l'exposició al soroll, s'haurien de realitzar avaluacions periòdiques com a mínim anualment, en els llocs de treball en que el nivell diari equivalent haguessin superat 85 dBA"

  8. -Intentada la conciliación ante el órgano competente el acto se celebró el día 27-10-2009 con resultado sin efecto por la incomparecencia de la empresa demandada. (Folio 86)."

TERCERO

Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte demandada, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado impugnó, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Por las partes codemandadas se interpone recurso de suplicación contra la sentencia dictada por el Juzgado de...

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