STSJ Cataluña 4740/2013, 4 de Julio de 2013
Jurisdicción | España |
Fecha | 04 Julio 2013 |
Número de resolución | 4740/2013 |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTÍCIA
CATALUNYA
SALA SOCIAL
NIG : 08019 - 44 - 4 - 2012 - 8008925
JSP
ILMA. SRA. ASCENSIÓ SOLÉ PUIG
ILMO. SR. FRANCISCO BOSCH SALAS
ILMA. SRA. LIDIA CASTELL VALLDOSERA
En Barcelona a 4 de julio de 2013
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Cataluña, compuesta por los/as Ilmos/as. Sres/ as. citados al margen,
EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
S E N T E N C I A núm. 4740/2013
En el recurso de suplicación interpuesto por INSTITUT NACIONAL DE LA SEGURETAT SOCIAL (INSS) frente a la Sentencia del Juzgado Social 2 Barcelona de fecha 29 de mayo de 2012 dictada en el procedimiento Demandas nº 176/2012 y siendo recurrido/a EMTE, S.L.U., TRESORERIA GENERAL DE LA SEGURETAT SOCIAL, KUADROTEK GROUP SYSTEMS, S.L. y Justiniano . Ha actuado como Ponente el Ilmo. Sr. FRANCISCO BOSCH SALAS.
Con fecha 27 de febrero de 2012 tuvo entrada en el citado Juzgado de lo Social demanda sobre Seguridad Social en general, en la que el actor alegando los hechos y fundamentos de derecho que estimó procedentes, terminaba suplicando se dictara sentencia en los términos de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el juicio se dictó sentencia con fecha 29 de mayo de 2012 que contenía el siguiente Fallo: " Estimo la demanda interpuesta por Emte, S.L.U ontra el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS), la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS), Kuadrotek Group Systems, S.L y Justiniano, y revoco la resolución del INSS de 28.11.2011, que se deja sin efecto en su integridad, condenado al INSS a estar y pasar por esta resolución "
En dicha sentencia, como hechos probados, se declaran los siguientes:
En fecha 1.01.2008 Justiniano, trabajador de la empresa Emte, S.L.U, pasó a situación de jubilación parcial. En fecha 14.12.2010 Victoriano pasó a ser el nuevo relevista del Sr. Justiniano (f. 44, 47 a 50)
En fecha 16.03.2011 Emte, S.L.U y Kuadrotek Group Systems, S.L suscribieron un contrato que tenía por objeto la transferencia por parte de Emte a Kuadrotek de toda la fabricación de armarios eléctricos de distribución, Power centers, centros de control de motores (CCM), armarios de automatización y control, y en general cualquier tipo de cuadro eléctrico constituido por aparato eléctrico de baja tensión. Dicho acuerdo comportaba la subrogación por Kuadrotek de los trabajadores de Emte especializados en la fabricación de cuadros eléctricos, entre ellos el relevista Sr. Victoriano, con efectos de 14.03.2011 (f. 50 vuelto a 56)
Emte S.L.U no contrató un nuevo relevista (f. 44)
Por resolución del INSS de fecha 28.11.2011 se acordó fijar el importe de la deuda de Emte, S.L.U en 3.289,90 euros correspondientes a la cantidad abonada al Sr. Justiniano en concepto de jubilación por el periodo 1.09.2011 a 31.10.2011 (f. 44)
Contra dicha resolución se interpuso reclamación previa, que fue desestimada por resolución del INSS en fecha 13.01.2012 (f. 58)
Contra dicha sentencia anunció recurso de suplicación la parte codemandada INSS, que formalizó dentro de plazo, y que la parte contraria, a la que se dió traslado IMPUGNÓ, elevando los autos a este Tribunal dando lugar al presente rollo.
Recurre el INSS contra la sentencia que en materia de Seguridad Social en general ha estimado la demanda de la empresa en el sentido de revocar la resolución del INSS de 28/11/2011 por la que se reclamaba a la empresa Emte SLU la cantidad de 3.289,90 #, correspondientes al importe de la pensión percibida por el trabajador jubilado a tiempo parcial por el período 1/9/2011 a 31/10/2011, al no haber sustituido la empresa al trabajador relevista una vez que la sección en la que prestaba servicios fue transmitida a otra empresa, la cual subrogó a los trabajadores que prestaban servicios en ella, y entre ellos al relevista.
Contra la anterior sentencia recurre el INSS al amparo del art....
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