STSJ Asturias 1063/2011, 26 de Octubre de 2011

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1063/2011
Fecha26 Octubre 2011

T.S.J.ASTURIAS CON/AD (SEC.UNICA)

OVIEDO

SENTENCIA: 01063/2011

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ASTURIAS

Sala de lo Contencioso-Administrativo

RECURSO: P.O. 1040/10

RECURRENTE/S: UNION SINDICAL OBRERA

PROCURADOR/A: Dª Rosa López Tuñón

RECURRIDO/S: AYUNTAMIENTO DE CORVERA

PROCURADOR/A: D. Antonio Alvarez Arias de Velasco

SENTENCIA nº 1063/11

Ilmos. Sres.:

Presidente:

D. Luis Querol Carceller

Magistrados:

D. Antonio Robledo Peña

Dña. Olga González Lamuño Romay

En Oviedo, a veintiséis de octubre de dos mil once.

La Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia del Principado de Asturias, compuesta por los Ilmos. Sres. Magistrados reseñados al margen, ha pronunciado la siguiente sentencia en el recurso contencioso administrativo número 1040/10, interpuesto por UNION SINDICAL OBRERA, representada por la Procuradora Dª. Rosa López Tuñón, actuando bajo la dirección Letrada de D. Ignacio Villaverde Garrido, contra el AYUNTAMIENTO DE CORVERA, representado por el Procurador D. Antonio Alvarez Arias de Velasco, actuando bajo la dirección Letrada de D. Sergio Noval Herrero. Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Luis Querol Carceller.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Interpuesto el presente recurso, recibido el expediente administrativo se confirió traslado al recurrente para que formalizase la demanda, lo que efectuó en legal forma, en el que hizo una relación de Hechos, que en lo sustancial se dan por reproducidos. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que, en su día se dicte sentencia acogiendo en su integridad las pretensiones solicitadas en la demanda, y en cuya virtud se revoque la resolución recurrida. A medio de otrosí, solicitó el recibimiento del recurso a prueba.

SEGUNDO

Conferido traslado a la parte demandada para que contestase la demanda, lo hizo en tiempo y forma, alegando: Se niegan los hechos de la demanda, en cuanto se opongan, contradigan o no coincidan con lo que resulta del expediente administrativo. Expuso en Derecho lo que estimó pertinente y terminó suplicando que previos los trámites legales se dicte en su día sentencia, por la que desestimando el recurso se confirme el acto administrativo recurrido, con imposición de costas a la parte recurrente.

TERCERO

Por Auto de 11 de abril de 2011, se recibió el procedimiento a prueba, habiéndose practicado las propuestas por las partes y admitidas, con el resultado que obra en autos.

CUARTO

No estimándose necesaria la celebración de vista pública, se acordó requerir a las partes para que formulasen sus conclusiones, lo que hicieron en tiempo y forma.

QUINTO

Se señaló para la votación y fallo del presente recurso el día 24 de octubre pasado en que la misma tuvo lugar, habiéndose cumplido todos los tramites prescritos en la ley.

FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO

Se impugna en este proceso el acuerdo adoptado por el Pleno del Ayuntamiento de Corvera, en sesión celebrada el día 18 de junio de 2010, publicado en el B.O.P.A. del día 24 del mismo mes, por el que se aprueba y se desestima la reclamación formulada al Presupuesto Municipal del Ayuntamiento de Corvera para el ejercicio 2010, así como la plantilla de personal laboral y funcionario correspondiente a dicho ejercicio. Interesa la entidad sindical recurrente que se declare la nulidad de pleno derecho o, subsidiariamente, se anule la resolución recurrida por la que se aprueba definitivamente el Presupuesto del Ayuntamiento de Corvera de Asturias para 2010 y la Plantilla de personal por no ser ajustada a derecho, aduciendo para ello la ausencia de negociación previa a su aprobación como resulta de los artículos 33 y 37 de la Ley 7/2007, del Estatuto Básico del Empleado Público y 60 del Acuerdo Regulador de las Condiciones de Trabajo de los empleados del Ayuntamiento de Corvera.

Toda la controversia se reduce a determinar la participación de las Organizaciones sindicales en la aprobación de la plantilla de personal funcionario y laboral del Ayuntamiento de Corvera efectuada conjuntamente con el Presupuesto Municipal por medio del acuerdo impugnado.

SEGUNDO

La Administración demandada después de negar la participación de las organizaciones sindicales y del Comité de Empresa en la...

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