STSJ Comunidad de Madrid 560/2013, 22 de Julio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución560/2013
Fecha22 Julio 2013

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 06 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010

Teléfono: 914931967

Fax: 914931961

34002650

ROLLO Nº: RSU 825-13

TIPO DE PROCEDIMIENTO: RECURSO SUPLICACION

MATERIA: DESPIDO

Jzdo. Origen: JDO. DE LO SOCIAL N. 40 de, MADRID

Autos de Origen: DEMANDA 1179-11

RECURRENTE/S: D. Martin, D. Moises, DOÑA Nieves, DON Pedro, DOÑA Pilar, DON Rodolfo, DON Roque, DOÑA Sagrario, DON Serafin, DON Teofilo, DON Vidal, DON Jose Ramón, DOÑA Yolanda, DON Carlos Francisco, DOÑA María Dolores Y DOÑA Adela,

RECURRIDO/S: GRÁFICA INTERNACIONAL MADRID S.L., GRÁFICAS MEDITERRÁNEO S.L., D. Juan Francisco Y DOÑA Ascension Y FOGASA, D. Antonio

SALA DE LO SOCIAL DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA

DE LA COMUNIDAD AUTONOMA DE MADRID

En MADRID, a veintidós de julio de dos mil trece.

La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma de MADRID, formada por los Ilmos. Sres. DON ENRIQUE JUANES FRAGA, PRESIDENTE, DON LUIS LACAMBRA MORERA, DON BENEDICTO CEA AYALA, Magistrados, han pronunciado

EN NOMBRE DEL REY

la siguiente

S E N T E N C I A nº 560

En el recurso de suplicación nº 825-13 interpuesto por el Letrado D. JESÚS JUANAS IGLESIAS, en nombre y representación de D. Martin, D. Moises, DOÑA Nieves, DON Pedro, DOÑA Pilar, DON Rodolfo, DON Roque, DOÑA Sagrario, DON Serafin, DON Teofilo, DON Vidal, DON Jose Ramón, DOÑA Yolanda, DON Carlos Francisco, DOÑA María Dolores Y DOÑA Adela, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 40 de los de MADRID, de fecha CATORCE DE JUNIO DE DOS MIL DOCE, ha sido Ponente el Ilmo. Sr. D. BENEDICTO CEA AYALA.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que según consta en los autos nº 1179-11 del Juzgado de lo Social nº 40 de los de Madrid, se presentó demanda por D. Martin, D. Moises, D. Antonio, DOÑA Nieves, DON Pedro, DOÑA Pilar, DON Rodolfo, DON Roque, DOÑA Sagrario, DON Serafin, DON Teofilo, DON Vidal, DON Jose Ramón, DOÑA Yolanda, DON Carlos Francisco, DOÑA María Dolores Y DOÑA Adela, contra GRÁFICA INTERNACIONAL MADRID S.L., GRÁFICAS MEDITERRÁNEO S.L., D. Juan Francisco Y DOÑA Ascension Y FOGASA en reclamación de DESPIDO, y que en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia en CATORCE DE JUNIO DE DOS MIL DOCE, cuyo fallo es del tenor literal siguiente:

"Que estimando en parte la excepción de falta de acción y estimando en parte la demanda formulada por DON Martin, DON Moises, D. Antonio, DOÑA Nieves ; DON Pedro, DOÑA Pilar, DON Rodolfo, DON Roque, DOÑA ROSALIA Sagrario, DON Serafin, D. Teofilo, DON Vidal, DON Jose Ramón, DOÑA Yolanda, DON Carlos Francisco, DOÑA María Dolores Y DOÑA Adela CONTRA GRAFICA INTERNACIONAL MADRID S.L., GRAFICAS MEDITERRANEO S.L., D. Juan Francisco Y DÑA. Ascension DEBO ABSOLVER Y ABSUELVO a los demandados de la pretensión formulada frente a ellos por todos los actores excepto D. Antonio respecto al cual DEBO DECLARAR Y DECLARO improcedente su despido, y en consecuencia, siendo inviable la readmisión al estar cerrada la empresa, declaro extinguida la relación laboral entre las partes y DEBO CONDENAR Y CONDENO a las mercantiles demandadas a que le abonen una indemnización de 65.723,55 euros por no readmisión y a que le abonen la cantidad de 13.303,08 euros por los salarios dejados de percibir desde la fecha del despido (7.10.2011) hasta la fecha de la presente sentencia absolviendo de este pronunciamiento a los administradores sociales Dña. Ascension y D. Juan Francisco . No se efectúa declaración expresa de absolución o condena respecto al FOGASA, sin perjuicio de sus responsabilidades y con las limitaciones establecidas en el art.33 Estatuto de los Trabajadores ".

SEGUNDO

En dicha sentencia y como HECHOS PROBADOS se declaran los siguientes:

"PRIMERO: Los demandantes, que, a excepción de D. Carlos Francisco, no ostentan ni han ostentado la condición de representante legal o sindical de los trabajadores, han venido trabajando para las empresas demandadas, GRAFICAINTERNACIONAL MADRID S.L. Y GRAFICAS MEDITERRANEO S.L., con la antigüedad, categoría profesional y salario mensual que a continuación se detalla:

  1. -DON Martin, viene prestando sus servicios para la demandada con la categoría profesional de Jefe de Equipo, con antigüedad desde el 1 de agosto de 198Q,grupo de cotización 8,percibiendo una remuneración mensual de 2.086,76 Euros, con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

  2. -DON Moises, categoría profesional de Oficial de 2ª Offset, con antigüedad de 3 de mayo de 1973, grupo de cotización 8, percibiendo una remuneración mensual de 1.624,57 Euros, con inclusión de las pagas extraordinarias.

  3. -DON Antonio, categoría profesional de "Comercial", con antigüedad de 11 de febrero de 1984, grupo de cotización 05, percibiendo una remuneración mensual de 1.583,74 Euros, con inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias.

  4. - DOÑA Nieves, categoría profesional de "limpiadora", con antigüedad en la empresa de 12 de septiembre de 1.994, grupo de cotización 08, percibiendo un salario mensual de 1.118,70 Euros, con inclusión de prorratas de las pagas extraordinarias.

  5. - DON Pedro, categoría profesional de Oficial de 1ª Offset, con antigüedad de 11 de septiembre de 1.989, grupo de cotización 08, percibiendo una remuneración mensual de 1.976,31 Euros, incluida la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

  6. - DOÑA Pilar, categoría profesional de "Comercial", con antigüedad de 5 de enero de 1988, grupo de cotización 05, percibiendo un salario mensual de 1.552,05 Euros, con inclusión de la parte proporcional de las pagas extraordinarias.

  7. - DON Rodolfo, categoría profesional de "Oficial de 2ª Offset", con antigüedad de 11 de septiembre de 1989, grupo de cotización 08, percibiendo un salario mensual de 1.657,84 Euros, con inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias.

  8. -D. Roque, categoría profesional de Oficial de 2° Offset, con antigüedad de 18 de octubre de 1993, grupo de cotización 08, salario 1534,62 euros con parte proporcional de pagas extras.

  9. - DÑA. Sagrario, categoría profesional de Oficial 1ª Administrativo, antigüedad de 15.3.200 y salario 1791,70 euros con prorrata. 10° .DON Serafin, categoría profesional de Oficial de 1ª Offset, antigüedad de 22 de noviembre de 1976, grupo de cotización 08 y salario de 1908,47 con prorrata.

  10. DON Teofilo, categoría profesional Oficial 1ª Offset, antigüedad de 29.3.1983 y salario de 1622,75 euros con prorrata.

  11. - DON Vidal, categoría profesional Oficial 1ª Offset, antigüedad de 20 de mayo de 1985, qrupo de cotización 08, percibiendo un salario mensual de 1.869,39 euros, con inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias.

  12. - DON Jose Ramón, categoría profesional Oficial 1ª Offset, antigüedad de 23 de septiembre de 1975, grupo de cotización 08,percibiendo un salario mensual de 1.937 50 Euros con inclusión de la parte proporcional de pagas extraordinarias.

  13. .- DÑA. Yolanda, categoría profesional Oficial 1ª Administrativo, antigüedad 9.1.1987 y salario mensual de 1871,77 euros con prorrata.

  14. - DON Carlos Francisco, antigüedad de 3 de agosto de 1 989, categoría profesional de Oficial de Encuadernación y salario mensual de 1.310,05 Euros, con prorrata.

  15. - DOÑA María Dolores, Oficial 1ª Administrativo, antigüedad de 12 de septiembre de 1.988, grupo de cotización 08, percibiendo un salario mensual de 1.871,77 Euros incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias.

  16. - DOÑA Adela, categoría profesional de Oficial 1ª Administrativo, antigüedad de 5 de septiembre de1977...

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