STSJ Comunidad de Madrid 104/2013, 7 de Febrero de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución104/2013
Fecha07 Febrero 2013

Tribunal Superior de Justicia de Madrid - Sección nº 03 de lo Social

Domicilio: C/ General Martínez Campos, 27 - 28010

Teléfono: 914931930

Fax: 914931958

34002650

NIG : 28.079.34.4-2012/0054700

Procedimiento Recurso de Suplicación 3289/2012

ORIGEN: Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid 798/2011

Materia : Desempleo

Sentencia número: 104/13-MH

Ilmos. Sres

D./Dña. JOSE RAMON FERNANDEZ OTERO

D./Dña. JOSEFINA TRIGUERO AGUDO

D./Dña. EMILIA RUIZ JARABO QUEMADA

En Madrid a siete de febrero de dos mil trece, habiendo visto en recurso de suplicación los presentes autos la Sección 3 de la Sala de lo Social de este Tribunal Superior de Justicia, compuesta por los Ilmos. Sres. citados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el Recurso de Suplicación 3289/2012, formalizado por el Letrado D. LUIS COZAR AGUILAR en nombre y representación de Dña. Aida, contra la sentencia de fecha 30/01/2012 dictada por el Juzgado de lo Social nº 11 de Madrid en sus autos número 798/2011, seguidos a instancia de Dña. Aida frente a SERVICIO PUBLICO DE EMPLEO ESTATAL, en reclamación por Desempleo, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr.

D. JOSE RAMON FERNA NDEZ OTERO, y deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en los autos, se presentó demanda por la citada parte actora contra la mencionada parte demandada, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, tras los pertinentes actos procesales de tramitación y previa celebración de los oportunos actos de juicio oral, en el que quedaron definitivamente configuradas las respectivas posiciones de las partes, dictó la sentencia referenciada anteriormente.

SEGUNDO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos en calidad de expresamente declarados probados:

PRIMERO

Aida con N.I.E. NUM000 nacida el NUM001 -1971 de nacionalidad brasileña y con tarjeta de régimen comunitario y madre de la menor Estrella nacida el NUM002 de 2010 presenta el 21 de febrero de 2011 solicitud de prórroga del subsidio de desempleo ante el Servicio Público de Empleo Estatal.

SEGUNDO

La actora ostente tarjea de régimen comunitario donde consta en el apartado "aspectos laborales o motivo de concesión: familiar ciudadano de la Unión. Permanente. Observaciones. Residente. D.N.I: NUM003 . Sixto . (Documento 2 aportado por la actora).

TERCERO

A fecha de 25 de octubre de 2011 figura en el Ayuntamiento de Miraflores de la Sierra (Madrid) en el padrón municipal en la vivienda de la CALLE000, NUM004 Balbino, Aida, Estrella .

CUARTO

En el libro de familia que obra en el expediente administrativo constan la actora y Balbino .

QUINTO

No consta demanda de separación y/o divorcio presentada en sede judicial entre la actora y Balbino .

SEXTO

Se ha agotado la vía administrativa previa recayendo resolución administrativa desestimatoria expresa.

TERCERO

En dicha sentencia recurrida en suplicación se emitió el siguiente fallo o parte dispositiva:

Se desestima la demanda formulada por Dª Aida contra SERVICIO PÚBLICO DE EMPLEO ESTATAL absolviendo a la entidad demandada de las pretensiones formuladas en su contra en dicha demanda y confirmando la resolución dictada de 28 de marzo de 2011 que resuelve denegar la solicitud de prórroga de subsidio por desempleo.

CUARTO

Frente a dicha sentencia se anunció recurso de suplicación por Letrado D. LUIS COZAR AGUILAR en nombre y representación de Dña. Aida, no siendo impugnado de contrario.

QUINTO

Elevados por el Juzgado de lo Social de referencia los autos principales, en unión de la pieza separada de recurso de suplicación, a esta Sala de lo Social, tuvieron los mismos entrada en esta Sección en fecha 28/05/2012, dictándose la correspondiente y subsiguiente providencia para su tramitación en forma.

SEXTO

Nombrado Magistrado-Ponente, se dispuso el pase de los autos al mismo para su conocimiento y estudio, señalándose el día 29-01-13 para los actos de votación y fallo.

SÉPTIMO

En la tramitación del presente recurso de suplicación se han producido las siguientes incidencias:

En este procedimiento de recurso se han cumplido todas las exigencias procesales excepto la del plazo para firma ( art. 259 de la LOPJ .) publicación ( art. 186 ) y 205-6 de la misma ley ) y notificación (art. 270) de la sentencia por dejación en el cometido de tramitación por parte del funcionario encargado de llevarlo a cabo. Consta al efecto que el 21/10/10, el Secretario de esta Sala y Sección dirigió Oficio al Ilmo. Sr. Secretario de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Madrid por sugerencia del Ilmo. Sr. Presidente de esta Sección interesando la adopción de las medidas que se considerasen pertinentes respecto al Funcionario del Cuerpo de Tramitación adscrito a esta Sección desde el 20/09/97 por haberse observado que padece problemas de salud y haberse indicado en ocasiones al funcionario tanto por el Presidente como por el Secretario que si tuviere necesidad de iniciar un proceso de incapacidad temporal en beneficio de su salud así lo hiciere para en tal caso, en aras a un correcto funcionamiento del Servicio, se solicitaría el nombramiento de un funcionario interino para sustituirle el tiempo necesario.

El Ilmo. Sr. Secretario de Gobierno el 25/10/10 acordó dar traslado del contenido del escrito a la Dirección General de Justicia de la Comunidad de Madrid por ser el Organismo competente en la materia de personal.

El 13/4/11 se dirigió Oficio al Ilmo. Sr. Director de Justicia de la Comunidad de Madrid firmado por el Presidente y el Secretario de esta Sección insistiendo en lo manifestado en el anterior antes referido.

El 17/5/11 se dirigió nuevo Oficio al Director General de Justicia de la Comunidad firmado por el Presidente y el Secretario de esta Sección como continuación del de 13/4/11. El 4/3/13 se dirigió Oficio al Ilmo. Sr. Presidente de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Madrid poniendo en su conocimiento la situación creada en esta Sección por el indicado funcionario por el trabajo que tiene pendiente de realizar. El Secretario ha elaborado un Informe respecto a dicho funcionario para conocimiento de la...

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