STSJ País Vasco 275/2013, 15 de Mayo de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 275/2013 |
Fecha | 15 Mayo 2013 |
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DEL PAIS VASCO
SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
RECURSO DE APELACIÓN Nº 1222/2011
SENTENCIA NÚMERO 275/2013
ILMOS. SRES.
PRESIDENTE:
DOÑA ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL
MAGISTRADOS:
DON ÁNGEL RUIZ RUIZ
DON JOSÉ ANTONIO ALBERDI LARIZGOITIA
En la Villa de Bilbao, a quince de mayo de dos mil trece.
La Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, compuesta por los Ilmos. Sres. antes expresados, ha pronunciado la siguiente SENTENCIA en el recurso de apelación, contra la sentencia dictada el 26 de septiembre de 2011 por el Juzgado de lo Contencioso-administrativo nº 2 de Donostia-San Sebastián, en recurso contencioso-administrativo número 985/2010, en el que se impugna : la resolución del Subdelegado del Gobierno en Gipuzkoa, de fecha 7 de septiembre de 2010, que acordó la expulsión del recurrente, con prohibición de entrada en España durante cinco años.
Son parte:
- APELANTE : Dª. Guillerma, representada por la Procuradora Dª. Catalina y dirigida por la Letrada Dª. MARÍA DEL ROSARIO CAÑETE AGUDO.
- APELADO : ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO [-Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa-], representada y dirigida por el ABOGADO DEL ESTADO.
Ha sido Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. ANA ISABEL RODRIGO LANDAZABAL.
Contra la sentencia identificada en el encabezamiento, se interpuso por doña Guillerma recurso de apelación ante esta Sala, suplicando se dictase sentencia por la que estime el mismo, revocando la sentencia y dictando nueva resolución por la que se estime la demanda de la parte apelante.
El Juzgado admitió a trámite el recurso de apelación, dando traslado a las demás partes para que en el plazo común de quince días pudieran formalizar la oposición al mismo, y en su caso, la adhesión a la apelación .
Por el Abogado del Estado, en la representación y defensa que por su cargo ostenta de la Administración General del Estado (Subdelegación del Gobierno en Gipuzkoa), en fecha 31 de octubre de 2011 se presentó escrito de oposición al recurso de apelación, suplicando se dictase sentencia por la que se desestime el recurso de apelación interpuesto y se confirme la sentencia de instancia.
Tramitada la apelación por el Juzgado, y recibidos los autos en la Sala, se designó Magistrado Ponente, y no habiéndose solicitado el recibimiento a prueba, ni la celebración de vista o conclusiones, se señaló para la votación y fallo el día 14 de mayo de 2013, en que tuvo lugar la diligencia, quedando los autos conclusos para dictar la resolución procedente.
Se han observado las prescripciones legales en la tramitación del presente recurso de apelación.
Se ha interpuesto recurso de apelación contra la sentencia de fecha 26 de septiembre de 2011 dictada en el recurso contencioso- administrativo núm. 985/2010 seguido ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 2 de Donostia-San Sebastián .
La sentencia desestimó el recurso interpuesto contra la resolución del Subdelegado del Gobierno, en Gipuzkoa, de fecha 7 de septiembre de 2010, que acordó la expulsión del recurrente, con prohibición de entrada en España, durante cinco años.
La parte apelante argumenta, en primer lugar, que debe declararse la nulidad de actuaciones, puesto que se solicitó la suspensión de la vista oral, al no haber podido contactar con el...
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ATS, 20 de Septiembre de 2017
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