STSJ Galicia 3249/2013, 19 de Junio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución3249/2013
Fecha19 Junio 2013

T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIALA CORUÑA

PLAZA DE GALICIA

Tfno: 981184 845/959/939 Fax:881881133 /981184853

NIG: 27028 44 4 2012 0001833 402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0001290 /2013 PM

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DESPIDO/CESES EN GENERAL 0000600 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de LUGO

Recurrente/s: DIRECCION000 CB

Abogado/a: ANA MARIA VAZQUEZ VAZQUEZ

Procurador/a: MARIA IRENE CABRERA RODRIGUEZ

Recurrido/s: FOGASA, Pio

Abogado/a: FRANCISCO JOSE TORRIJOS VICENTE

ILMO. SR. Dª. EMILIO FERNANDEZ DE MATA.

PRESIDENTE

ILMA. SRA. Dª. PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR

ILMA. SRA. Dª. RAQUEL NAVEIRO SANTOS

En A CORUÑA, a diecinueve de Junio de dos mil trece.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la T.S.X.GALICIA SALA DO SOCIAL, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 1290/2013, formalizado por DIRECCION000 CB, contra la sentencia dictada por XDO. DO SOCIAL N. 2 de LUGO en el procedimiento DESPIDO/CESES EN GENERAL 600/2012, seguidos a instancia de Pio frente a FOGASA, DIRECCION000 CB, siendo Magistrado-Ponente el/la Ilmo/ a Sr/Sra D/Dª PILAR YEBRA PIMENTEL VILAR.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D/Dª Pio presentó demanda contra FOGASA, DIRECCION000 CB, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia de fecha tres de Enero de dos mil trece .

SEGUNDO

Que en la citada sentencia se declaran como hechos probados los siguientes:

PRIMER0.- El demandante D. Pio, mayor de edad, con DNI n° NUM000, ha venido prestando servicios por cuenta y orden de la entidad DIRECCION000 C.B, con antigüedad de 2 de octubre de 1995, categoría profesional de PEÓN y salario mensual de 1.384,46 euros, con prorrata de pagas extras. Siendo su contrato por tiempo indefinido. SEGUNDO.- El 11 de junio de 2012 la demandada comunicó mediante burofax al actor la extinción de su contrato de trabajo, con efectos desde 23 junio de 2012. El contenido de la misma es el siguiente:

"Muy Sra. Nuestro: Por medio de la presente le comunico que esta empresa se ve en la necesidad de proceder a la extinción de su contrato de trabajo por causas objetivas, concretamente económicas y productivas. Esta decisión está motivada en las graves dificultades económicas y productivas por las que atraviese la empresa, que son consecuencia de una importante aumento de los costes de producción de la misma, originada fundamentalmente por los aumentos de los costes de las materias primas, en este caso, los piensos para alimentación animal, lo que conlleva una importante reducción del margen comercial en las operaciones habituales de la empresa (ver ANEXO 1). Para mejorar esta situación se debe actuar en: a) Redimensionar la estructura fija de costes de la empresa al nivel de actividad actual. Ello pasa por disponer de la plantilla de personal suficiente y adecuado para realizar la actividad prevista, lo que conlleva su reducción, mejorando la productividad societaria y de los empleados, reducir la estructura de los restantes gastos fijos de explotación. Todo ello se realizara de forma equilibrada. b) Reducir costes de explotación, entre los que figuran los costes de personal y otros costes directos o indirectos. Como consecuencia se ha puesto de manifiesto que la entidad DIRECCION000, C.B. atraviesa una situación económica-financiera preocupante que pone en dificultades la viabilidad futura de la entidad, como consecuencia de los elevados costes de producción, su previsión futura (continuidad de la tendencia alcista en los costes) y el sobredimensionamiento de su estructura de costes para la actividad actual. En el 2012, observando la evolución negativa prevista para el sector en el que actúa la empresa, se prevé la continuidad de la tendencia alcista de los costes de producción, y, consecuentemente, de los resultados y rendimientos. Se reducirá la generación de recursos, la realización de saldos deudores y aumentaran los riesgos de crédito. Dada la situación económica actual y la restricción del crédito de las entidades financieras, podrían generar problemas de liquidez para atender las deudas a corto plazo (amortización de deuda, pagos o proveedores, administración pública, personal, etc.) Para recuperar el normal funcionamiento de la empresa, mejorar su situación económica-financiera y evitar una posible situación de Insolvencia, la empresa debe afrontar medidas encaminadas a mejorar el margen de explotación. Entre las medidas que la empresa debe acometer, cabria señalar el incremento de productividad, que pasa por reducir de forma inmediata los costes de personal, dado que la actuación sobre otras variables es escasa o más reducida. En consecuencia y según lo establecido en el articulo 52 c) del Estatuto de los Trabajadores y con fundamento en la situación aludida, le participamos que su contrato de trabajo queda extinguido con efectos del día 23 de junio de 2.012. Conforme establece el artículo 53 del Real Decreto Legislativo 1/1995, le comunicamos que le corresponde la indemnización legal de veinte días de salario por año de servicio, que asciende a la cantidad de 15.631,00 #, haciendo entrega de la misma mediante transferencia a su cuenta bancaria. Con el ruego de que firme el duplicado de la presente carta, le saludamos atentamente, significándole que tiene a su disposición la documentación contable, fiscal y económica que acredita la veracidad de los motivos expuestos y la liquidación salarial correspondiente. ANEXO 1.- CUADROS EXPLICATIVOS Los resultados de la empresa fueron los siguientes:

- Ejercicio de 2.011, unas pérdidas de 133.213,47#

- Primer trimestre de 2.012 unas pérdidas de 12.934,98#

- Previsión para el ejercicio de 2.012 sin ninguna actuación, unas pérdidas de 40.739,92#

Los resultados de la empresa aplicando las medidas para mejorar la cuenta de resultados, serian:

- Ejercicio de 2.011, unas pérdidas de 133.213,47#

- Primer trimestre de 2.012 unas pérdidas de 12.934,98#

- Previsión para el ejercicio de 2.012, unas pérdidas de 17.151,60#

- Previsión para el...

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