STSJ Comunidad Valenciana 1158/2013, 14 de Mayo de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 1158/2013 |
Fecha | 14 Mayo 2013 |
1 Rec. Supl. 2552/12
RECURSO SUPLICACION - 002552/2012
Ilmo/a. Sr/a. Presidente D/Dª. Manuel Pons Gil
Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Antonio Vicente Cots Díaz
Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Gema Palomar Chalver
En Valencia, a catorce de mayo de dos mil trece.
La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, compuesta por los/ as Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as citados/as al margen, ha dictado la siguiente,
SENTENCIA Nº 1158 de 2013
En el RECURSO SUPLICACION - 002552/2012, interpuesto contra la sentencia de fecha 17-5-12, dictada por el JUZGADO DE LO SOCIAL NUMERO 2 DE VALENCIA, en los autos 000324/2011, seguidos sobre Reconocimiento derecho y cantidad, a instancia de Dº Antonieta,asistida del Letrado Dª Aurora Vidal Clement, contra CENTROS COMERCIALES CARREFOUR SA, representada por el Letrado Dª Africa Cruceta Aznal y en los que es recurrente Dª Antonieta, habiendo actuado como Ponente el/a Ilmo/a. Sr/a. D/Dª. Antonio Vicente Cots Díaz.
La sentencia recurrida dice literalmente en su parte dispositiva: "FALLO: Debo desestimar y desestimo la demanda formulada por Dª Antonieta, absolviendo a la empresa demandada CENTROS COMERCIALES CARREFOUR,S.A. de las pretensiones que en ella se contienen.
Que en la citada sentencia se declaran como HECHOS PROBADOS los siguientes: PRIMERO.- Dª Antonieta ha venido prestando sus servicios por cuenta de la empresa demandada, dedicada a la actividad de hipermercados,en virtud de un contrato de trabajo indefinido a tiempo parcial, incorporada al grupo profesional de profesionales, antigüedad del 1-9-2005 y salario diario de 20,97 euros, que incluye el prorrateo de pagas extras.-SEGUNDO.- La actora solicitó excedencia voluntaria por seis meses, situación en la que ha permanecido y le fue reconocida desde el 1-5-2009 al 31-10-2009. -TERCERO.- El 16-10-2009 la actora solicitó el reingreso con efectos del 1-11-2009 por terminación de la excedencia, a lo que la empresa respondió comunicándole la inexistencia de vacante en el centro adecuada a su grupo profesional. El 22-11-2010 la actora reiteró su petición de reingreso.- CUARTO.- En el periodo comprendido entre el 1- 11-2010 y el 30-4-2012 la empresa ha efectuado diversas contrataciones temporales a tiempo parcial y a tiempo completo, y por razón de eventualidad y de interinidad, habiendo efectuado la incorporación de trabajadoras que se encontraban en excedencia por guarda legal.- QUINTO.- Se intentó la conciliación administrativa previa
Que contra dicha sentencia se interpuso recurso de suplicación por la parte Antonieta, habiendo sido impugnado por la representación letrada de contrario. Recibidos los autos en esta Sala, se acordó la formación del rollo correspondiente y pase al Ponente.
Frente a la sentencia de instancia que desestimó la pretensión actora y absolvió a la empresa demandada, interpone recurso de suplicación la parte actora, siendo impugnado el recurso por la empresa demandada y en el...
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