STSJ Murcia 484/2013, 17 de Junio de 2013
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 484/2013 |
Fecha | 17 Junio 2013 |
T.S.J.MURCIA SALA 2 CON/ADMURCIA SENTENCIA: 00484/2013 RECURSO nº. 502/08
SENTENCIA nº. 484/2013
LA SALA DE LO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MURCIA SECCIÓN SEGUNDA
compuesta por los Ilmos. Srs.:
D. Abel Ángel Sáez Doménech Presidente
Dª. Leonor Alonso Díaz Marta
D. Joaquín Moreno Grau
Magistrados
ha pronunciado
EN NOMBRE DEL REY
la siguiente
S E N T E N C I A nº. 484/13
En Murcia, a 17 de junio de dos mil trece.
En el recurso contencioso administrativo nº. 502/08, tramitado por las normas del procedimiento abreviado, en cuantía de 12.674,01 #, y referido a: Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.
Parte demandante:
José Pellicer López, SA, representada por la Procurador Dña. Dulce Martínez Torres Sánchez y dirigida por el Abogado D. Carlos Meoro Avilés.
Parte demandada:
La Administración Civil del Estado (TEARM), representada y defendida por el Sr. Abogado del Estado. Parte codemandada:
La Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, representada y asistida por un Letrado de sus Servicios Jurídicos.
Acto administrativo impugnado: Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de fecha 30 de abril de 2008, desestimatoria de la reclamación económico administrativa 30/1975/2007 promovida contra la liquidación número ITL 130220 2006 004608, por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y AA.JJ.DD., con deuda a ingresar de 12.674,01#, girada por el Servicio de Gestión Tributaria de la Consejería de Economía y Hacienda de la CARM.
Pretensión deducida en la demanda:
Que se acuerde la nulidad de resolución impugnada y de la liquidación complementaria de que trae causa. Con costas.
Siendo Ponente el Magistrado Ilmo. Sr. D. Joaquín Moreno Grau, quien expresa el parecer de la Sala.
El escrito de interposición del recurso contencioso administrativo se presentó el día 31-07-2008, y admitido a trámite, y previa reclamación y recepción del expediente, la parte demandante formalizó su demanda deduciendo la pretensión a que antes se ha hecho referencia.
Las partes demandada y codemandada se han opuesto pidiendo la desestimación de la demanda, por ser ajustada al Ordenamiento Jurídico la resolución recurrida.
Recibido el pleito a prueba y practicada con el resultado que obra en autos, se señaló para la votación y fallo el día 7 de junio de 2013.
Dirige la parte actora el presente recurso, como queda expuesto en el encabezamiento de esta sentencia, contra la Resolución del Tribunal Económico Administrativo Regional de Murcia de fecha 30 de abril de 2008, desestimatoria de la reclamación económico administrativa 30/1975/2007 promovida contra la liquidación número ITL 130220 2006 004608, por el Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y AA.JJ.DD., con deuda a ingresar de 12.674,01#, girada por el Servicio de Gestión Tributaria de la Consejería de Economía y Hacienda de la CARM
La liquidación tiene su origen en la exención del ITP obtenida por el actor provisionalmente como consecuencia de la adquisición el 28 de enero de 2000 de...
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