STSJ Castilla-La Mancha 889/2013, 28 de Junio de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución889/2013
Fecha28 Junio 2013

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIAL

ALBACETE

SENTENCIA: 00889/2013

T.S.J.CAST.LA MANCHA SALA SOCIALALBACETE

C/ SAN AGUSTIN Nº 1 (PALACIO DE JUSTICIA) - 02071 ALBACETE

Tfno: 967 596 714

Fax:967 596 569

NIG: 02003 34 4 2013 0102272

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000378 /2013

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000480 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 002 de TOLEDO

Recurrente/s: Cristobal, Estanislao

Abogado/a:

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: INMOBILIARIA DE VISTAHERMOSA S.A., FOGASA FOGASA

Abogado/a: JESUS MORENO GARCIA-MORENO (INMOBILIARIA DE VISTAHERMOSA S.A.)

Procurador/a: PILAR CUARTERO RODRIGUEZ (INMOBILIARIA DE VISTAHERMOSA S.A.)

Graduado/a Social:

Magistrado/a Ponente: Ilma. Sra. Dª. LUISA MARIA GOMEZ GARRIDO

ILMOS/AS. SRES/AS. MAGISTRADOS/AS

D. JOSE MONTIEL GONZALEZ

Dª. PETRA GARCIA MARQUEZ

Dª. LUISA MARIA GOMEZ GARRIDO

En Albacete, a veintiocho de junio de dos mil trece.

Vistas las presentes actuaciones por la Sección Segunda de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha en Albacete, compuesta por los/las Ilmos/as. Sres/as. Magistrados/as anteriormente citados/as, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NOMBRE DE S. M. EL REY ha dictado la siguiente

- SENTENCIA Nº 889 - en el RECURSO DE SUPLICACION número 378/2013, sobre DESPIDO, formalizado por la representación de D. Cristobal y D. Estanislao contra la Sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Toledo en los autos número 480/2012, siendo recurrido/s INMOBILIARIA DE VISTAHERMOSA S.A. y FOGASA; y en el que ha actuado como Magistrada Ponente la Ilma. Sra. Dª. LUISA MARIA GOMEZ GARRIDO, deduciéndose de las actuaciones habidas los siguientes,

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Que con fecha 20 de junio de 2012 se dictó Sentencia por el Juzgado de lo Social número 2 de Toledo en los autos número 480/2012, cuya parte dispositiva establece:

Que desestimando como desestimo la demanda instada D. Cristobal y D. Estanislao, frente a INMOBILIARIA VISTAHERMOSA S.A. y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL sobre DESPIDO debo declarar y declaro la procedencia del despido por causas del que fueron objeto los trabajadores y la consolidación de la indemnización ofrecida a su favor.

SEGUNDO

Que en dicha Sentencia se establecen los siguientes Hechos Probados:

PRIMERO.- D. Cristobal ha venido prestando sus servicios laborales para Inmobiliaria Vistahermosa S.A. ininterrumpidamente desde el 18 de mayo de 1992 con la categoría profesional de capataz con un salario bruto mensual de 2.267,96 euros incluida la prorrata de pagas extraordinarias. La relación laboral se inició mediante un contrato por obra o servicio determinado en fecha 18 de mayo de 1992 que se prorrogó hasta el 10 de marzo de 1994. El 11 de marzo de 1994 las partes suscribieron nuevo contrato temporal con vigencia hasta el 24 de noviembre de 1995. Y el 27 de noviembre de 1995 suscribieron un nuevo contrato convertido en indefinido en fecha 1 de noviembre de 1997.

D. Estanislao ha venido prestando sus servicios laborales para Inmobiliaria Vistahermosa S. A. desde el 1 de julio de 1998 con la categoría profesional de Oficial de 2ª albañil y con un salario bruto mensual de 1.466,27 euros mensuales incluida la prorrata de pagas extraordinarias. La relación laboral se inició en fecha 1 de julio de 1998 mediante contrato temporal que se extinguió el 5 de mayo de 2000, suscribiendo sucesivamente otros seis contratos temporales, el último de ellos de fecha 8 de mayo de 2008, convertido en indefinido en fecha 5 de abril de 2010.

SEGUNDO.- Mediante cartas de fechas 17 de enero de 2012 y 20 de enero de 2012 la empresa notifica a los trabajadores la extinción de su contrato de trabajo por causas económicas y de producción con fecha de efectos 31 de enero de 2012 y 5 de enero de 2012 mediante cartas que obran en autos aportado por la empresa en el acto del juicio y que se da íntegramente por reproducida en esta sede.

TERCERO.- La empresa ha puesto a disposición de los trabajadores la indemnización de 28.374,60 euros a favor de D. Cristobal y de 14.251 euros a favor de D. Estanislao . Los trabajadores se han negado a recibir la indemnización ofrecida

CUARTO. - Los resultados del ejercicio de la empresa en el año 2009 ascendieron a 3.656.653,62 euros. En el año 2010 a 1.134.166,67 euros y en el mes de noviembre de 2011 resultaron unas pérdidas por importe de 1.414.578,99 euros y un resultado financiero negativo de 3.851.281,32 euros.

La deuda de la empresa en noviembre de 2011 asciende a 140.579.430,84 euros.

El importe de las ventas en la sección inmobiliaria ascendió en el ejercicio 2009 a 32.461.768,65 euros, en el año 2012 a 15.713.799,36 euros y los once primeros meses de 2011 a 4.231.348,80 euros. El descenso de las ventas en fecha noviembre de 2011 respecto al año 2010 se cifra en un 73,07 % y el año 2010 respecto al año 2009 en un 51,59%, el descenso de las unidades inmobiliarias vendidas del año 2009 al año 2010 se cifra en un 44,55% y de este a diciembre de 2011 se cifra en un 60,71%. El stock de viviendas a fecha 30 de noviembre de 2011 asciende a 360 viviendas.

QUINTO.- La empresa participa en al capital social de las sociedades "Contoy Mexican Investment BV" y "Caribbean Bay Company BV". El valor neto de dichas participaciones al 30 de noviembre de 2011 se elevó a 6,1 millones de euros y 3,5 millones de euros respectivamente. La inversión se articuló en las cuentas del año 2010 como prestamos concedidos a terceras sociedades. En la actualidad los préstamos están capitalizados, y se han llevado a pérdidas. SEXTO.- Inmobiliaria Vistahermosa, S.A. ha llevado a cabo como promotora dos fases de viviendas unifamiliares en las parcelas R3A y R3B de la Urbanización la Legua de Toledo. La fase primera correspondiente a Residencial El Mirador está integrada por 12 viviendas de ejecución propia. En la actualidad tiene un proceso de ejecución la segunda Fase correspondiente a Residencial La Dehesa de 30 viviendas unifamiliares en la Urbanización La Legua. Ejecución que tiene subcontratada mediante contrato de ejecución de vivienda llave en mano de fecha 25 de mayo de 2011 con la Constructora Cotolma Obras y Construcciones. El coste directo de la ejecución por Inmobiliaria Vistahermosa S. A. de la asciende a 706,77 euros metro cuadrado. El coste directo con la constructora externa asciende a 570,32 euros metro cuadrado. Sumado los gastos generales y el Beneficio Industrial asciende a 678,68 euros metro cuadrado.

En la actualidad la empresa únicamente cuenta con dos trabajadores dedicadas a tareas de la construcción dedicados al servicio postventa (servicio de reparación de desperfectos reclamados por los adquirentes de las viviendas), uno de ellos con la categoría profesional de encargado y otro de ellos con la categoría de oficial de 1ª albañil.

SEPTIMO.- D. Cristobal no ostenta ni ha ostentado cargo sindical alguno, así como tampoco ostenta la condición de legal representante de los trabajadores.

D. Estanislao ostenta a condición de representante legal de los trabajadores.

OCTAVO.- El preceptivo acto de conciliación ante el SMAC, se celebró el día 12 de marzo de 2012 (en virtud de papeleta...

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