STSJ Aragón 230/2013, 15 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución230/2013
Fecha15 Mayo 2013

T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL

ZARAGOZA

SENTENCIA: 00230/2013

T.S.J.ARAGON SALA SOCIALZARAGOZA

- CALLE COSO Nº 1

Tfno: 976208361

Fax:976208405

NIG: 50297 34 4 2013 0101907

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000182 /2013

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000310 /2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 004 de ZARAGOZA

Recurrente/s: GRUAS Y TRANSPORTES CLARIFER S.L., GRUAS ANSER S.L.

Abogado/a: MIGUEL ANGEL CLEMENTE JIMENEZ

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Recurrido/s: JIAMPA 2008 S.L., Rosendo, FOGASA FOGASA

Abogado/a: MIGUEL ANGEL CLEMENTE JIMENEZ, LUIS ALFONSO ROX GUALLAR

Procurador/a:

Graduado/a Social:

Rollo número 182/2013

Sentencia número 230/2013

A

MAGISTRADOS ILMOS. Sres:

D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ

D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO

D. RAFAEL MARÍA MEDINA Y ALAPONT

En Zaragoza, a quince de mayo de dos mil trece. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta

S E N T E N C I A

En el recurso de suplicación núm. 182 de 2013 (Autos núm. 310/2012), interpuesto por la parte demandada GRÚAS Y TRANSPORTES CLARYFER, S.L. y GRÚAS ANSER S.L., contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número 4 de Zaragoza, de fecha 8 de noviembre de 2012 ; siendo demandante

D. Rosendo, y siendo codemandados JIAMPA 2008 S.L, sobre despido. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, se presentó demanda por D. Rosendo, contra Grúas y Transportes Claryfer S.L. y otros ya nombrados, sobre despido, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social 4 de Zaragoza, de fecha 8 de noviembre de 2012, siendo el fallo del tenor literal siguiente:

"Que estimando parcialmente la demanda formulada por D. Rosendo, contra las empresas GRÚAS Y TRANSPORTES CLARYFER S.L. contra GRÚAS ANSER S.L. y contra JIAMPA 2008 S.L. declaro la improcedencia del despido efectuado el 15-3-2012 con efectos de esa misma fecha, condenando a las empresas demandadas GRÚAS Y TRANSPORTES CLARYFER S.L. y GRÚAS ANSER S.L. de forma solidaria a la readmisión del actor en su puesto de trabajo, con abono de los salarios dejados de percibir en las mismas condiciones que regían antes del despido, o a que le indemnicen con 35.371,42 euros, constando abonados

12.064,25 euros.

Se absuelve a la empresa JIAMPA 2008 S.L.

La opción deberá ejercitarse mediante escrito o comparecencia ante la Secretaría de este Juzgado, dentro del plazo de cinco días hábiles siguientes a la notificación de la sentencia, sin esperar a la firmeza de ésta; entendiéndose que opta por la readmisión si no hiciese manifestación alguna.".

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:

"PRIMERO D Rosendo ha prestado servicios para la mercantil GRÚAS Y TRANSPORTES CLARYFER S.L. en virtud de contrato temporal, eventual por circunstancias de la producción, desde el 7-2-05 al 5-2-06, fecha en la que fue transformado en indefinido, causando baja en fecha 26-1 -2009.

El 27-1-2009 fue dado de alta en Seguridad Social por la empresa GRÚAS ANSER S.L. hasta el 30-11-2009 en virtud de contrato indefinido, habiendo desarrollado el actor en este periodo idénticas funciones a las realizadas en GRÚASY TRANSPORTES CLARYFER S.L

El 2-12-2009 fue dado de alta por la empresa GRÚAS Y TRANSPORTES CLARYFER S.L. en virtud de contrato indefinido.

La categoría profesional del actor es la de Titulado medio, con salario de 110,02 euros diarios, incluida parte proporcional de pagas extras.

SEGUNDO

Mediante carta de 15-3-2012 y con efectos de esa misma fecha GRÚAS CLARYFER S.L. le comunicó la decisión de proceder a su despido por razones objetivas invocando causas económicas, organizativas y de producción.

La carta tiene el siguiente contenido:

Desde el inicio de la crisis económica, en la segunda mitad del año 2008, que afecta de forma más dura al sector de la construcción y los directamente vinculados a ella, como es nuestro caso de grúas móviles, se registra un importante descenso de la cantidad de trabajo, nivel de facturación y resultados empresariales, como resultado de los datos a continuación:

EJERCICIO CIFRA DE NEGOCIOS RESULTADOS

2008 3.542.469 35.387

2009 2.007.387 -52.958

2010 1.982.842 -64.658

2011 1.833.683 -432.393 Debe destacarse que en el ejercicio 2009 se produjeron impagados contabilizados por importe de 269.207 # y unos resultados extraordinarios por venta de activos que importaron 336.526, venta necesaria para lograr Tesorería y atender puntualmente los pagos, y sin los cuales las pérdidas hubieran sido superiores a los 120.000 #.

En el ejercicio 2010 la aplicación de un expediente de regulación de empleo, afectado por los trabajadores, permitió suavizar las pérdidas, lo que no ocurre en el año 2011, en que los trabajadores no aceptaron la reducción de jornadas, con lo que se produjo una importante desocupación de la mano de obra, con mantenimiento de costes, y que hace incrementar las pérdidas hasta la cifra indicada.

Que tenemos que aplicar dada la situación de nuestro sector y la lucha de precios para lograr ocupación. Las pérdidas de explotación previstas son inevitables. Ello constituye la causa económica del despido. Las cifras de facturación por servicios prestados en los últimos cuatro trimestre son las siguientes:

AÑO TRIM. 1° TRIM. 2° TRIM. 3° TRIM. 4° TOTAL

2011 442.956 541.402 471.794 377.532 1.833.683

En cuanto el tiempo transcurrido este año la facturación por servicios ha sido en enero de 92.375 euros, en febrero de 71.652 euros, con lo que los servicios facturados ascienden en el conjunto de estos dos meses, enero y febrero, a 164.027 euros, frente a los mismos meses del año 2011, en que se facturó por servicios en enero 118.707 euros y en febrero 170.781 euros, un total de 289.488 euros. Esto supone un descenso de facturación por la comparativa de dichos meses del 43,33% con lo que previsiblemente no se llegará al millón de euros de facturación en el año, lo que hace un descenso de trabajo y de facturación prevista en 2012 en torno al 40- 45% respecto de 2011, considerando además el descenso do precios de los servicios.

La causa productiva aparece clara por el descenso del número, duración e importancia de los servicios, que tiene su reflejo en las cifras de facturación indicadas en el párrafo anterior, que continúa la crónica en especial de los últimos meses de 2011, año en el que ya no se pudo dar ocupación a toda la plantilla de conductores, con varios trabajadores parados cada jornada.

En los meses de enero y febrero pasados, para paliar la situación de falta de demanda de nuestros servicios, se ha tenido que dar vacaciones a los conductores, pese a estar a principio de año, hasta 7 u 8 el mismo día, con una media de 3-4 cada jornada. Pese a ello no se ha podido dar ocupación a todos y han permanecido en la nave sin ningún servicio durante toda, la jornada, hasta 8-10 conductores el mismo día, y una media de 4-5 a lo largo de este período. Ello es, como se ha dicho, una prolongación de lo ocurrido en los últimos meses del año 2011.

En definitiva la empresa no puede dar ocupación a una cifra relativamente importante de personal, lo que justifica desde el punto de vista de producción los despidos que ahora se acuerdan, siendo imprescindible adaptar la plantilla a las posibilidades de ocupación.

Este descenso de la cantidad de trabajo tiene igualmente su reflejo en la estructura de personal no dedicado directamente a la ejecución de los servicios y conducción de camiones grúa, resultando insuficiente la reducción a principios de la anterior ejercicio en una persona, siendo preciso resolver otros dos contratos de trabajo del personal de servicios administrativos y generales, ya que la nueva dimensión de la empresa no justifica el mantenimiento, de la actual estructura de gestión general, comercial y administrativa, causa esta productiva y de organización del trabajo, pues dos personas más la gerencia son suficientes para atender todo el trabajo de esta naturaleza.

Otras consideraciones, oportunas para justificar estos despidos, son que desde el ejercicio 2007 la compañía no sólo no ha comprado ni un solo vehículo o grúa para la actividad productiva, sino que incluso, como se ha indicado más arriba, ha tenido que proceder a la venta y paulatina enajenación de activos, teniendo actualmente la flota de camiones una media superior a los 10 años.

Por lo que se refiere a las expectativas de futuro, la situación general de la economía del país, y en particular de la obra pública, de la que más dependemos, el gobierno de la nación ha hecho público un descenso del 40% en 2012, es desoladora y no se puede hacer una previsión sería de que mejore, por lo que han de tomarse todas las medidas que sean necesarias para evitar la insolvencia, a la que irremediablemente nos encaminamos si no se adapta el gasto a los ingresos y la plantilla a las posibilidades de ocupación.

En consecuencia se hacen necesarias medidas de redimensionamiento de la empresa, con ajuste de efectivos y gastos, para lograr una racionalidad en la explotación del negocio, que les dé mayores oportunidades de supervivencia en el marco de la actual crisis económica, y salvar el mayor número posible de puestos de trabajo, para lo que, además, será necesario a corto o medio plazo tomar otras medidas adicionales de flexibilidad y reducción del gasto.

Se procede al despido de cuatro conductores y de dos empleados, de la estructura de gestión y administrativa, siendo usted uno de los afectados por esta medida, la extinción de la relación laboral con la empresa, lo que se le notifica formalmente mediante el presente escrito, por las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR