STSJ Asturias 1128/2013, 17 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1128/2013
Fecha17 Mayo 2013

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01128/2013

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2013 0100814

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000770 /2013

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0001083/2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de OVIEDO

Recurrente/s: Claudio

Abogado/a: INDALECIO TALAVERA SALOMON

Recurrido/s: NOROESTE DEL MUEBLE SL, FONDO DE GARANTIA SALARIAL

Abogado/a: FERNANDO ARANCON ALVAREZ, ABOGADO DEL ESTADO

SENTENCIA Nº 1128/13

En OVIEDO, a diecisiete de Mayo de dos mil trece.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. de Asturias, formada por los Iltmos Sres. D. JORGE GONZALEZ RODRIGUEZ, Presidente, Dª. CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ y Dª. MARIA PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0000770/2013, formalizado por el Letrado D. INDALECIO TALAVERA SALOMON, en nombre y representación de Claudio, contra la sentencia número 96/2013 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de OVIEDO en el procedimiento DEMANDA 0001083/2012, seguidos a instancia de Claudio frente a la empresa NOROESTE DEL MUEBLE SL y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, siendo Magistrado- Ponente la Ilma Sra Dª CARMEN HILDA GONZALEZ GONZALEZ . De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Claudio presentó demanda contra la empresa NOROESTE DEL MUEBLE SL y el FONDO DE GARANTIA SALARIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 96/2013, de fecha quince de Febrero de dos mil trece .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. ) Claudio, cuyas circunstancias personales constan en el encabezamiento de su demanda, comenzó a prestar servicios por cuenta y bajo la dependencia de la empresa demandada por medio de un contrato temporal celebrado el día 24 de noviembre de 2005, convertido en indefinido por mutuo acuerdo de las partes el día 1 de noviembre de 2006, siendo su categoría profesional la de oficial de segunda, percibiendo un salario bruto diario, a efectos indemnizatorios, de 50,67 euros, siendo de aplicación a la relación laboral el Convenio Colectivo del Comercio del Principado de Asturias.

  2. ) El día 9 de noviembre del año 2012 la empresa le remite burofax en la que le adjunta un balance de situación y una cuenta de pérdidas y ganancias del año 2009, balance de situación y cuenta de pérdidas y ganancias del año 2010, balance de situación y cuenta de pérdidas y ganancias del año 2011, balance de situación y cuenta de pérdidas y ganancias provisional del primer semestre del año 2012, un certificado de cheque bancario, copia del cheque bancario y carta de extinción.

    El contenido de la carta de despido era del siguiente tenor literal:

    "Muy Señor nuestro:

    Por medio del presente escrito se pone en su conocimiento que la dirección de la Empresa en base a lo determinado en el Art. 52.1 del Texto Refundido del Estatuto de los Trabajadores, ha tomado la decisión de rescindir su contrato de trabajo que tiene suscrito con esta empresa, AMORTIZANDO SU PUESTO DE TRABAJO con efectos al día 30-11-2012.

    Las razones de esta decisión son las siguientes:

    - Como usted conoce perfectamente, la empresa Noroeste del Mueble SL, dedicada a la actividad de venta de mobiliario, ha visto agravada últimamente de manera considerable su situación económica.

    - Esta falta de liquidez y grave situación económica, se ha visto incrementada como consecuencia de la crisis del mercado inmobiliario, mercado con el cual la actividad de la empresa se encuentra íntimamente unida.

    Por ello y con el fin de atajar o, al menos aminorar, a la mayor brevedad posible la crisis económica en la que está incursa esta empresa y hacer viable la misma, se ha acordado, como primera medida a aplicar el suprimir todos aquellos puestos de trabajo que sean innecesarios y cuya supresión no repercuta en el norma funcionamiento de la actividad.

    Además de ello, debido a la falta de actividad laboral existente en la empresa, en concreto a la ausencia de ventas, en la actualidad no hay trabajo a ejecutar para toda la plantilla que actualmente se encuentra en la empresa, hacho este que nos obliga doblemente a extinguir dichos contratos de trabajo, al objeto de adecuar la plantilla a las necesidades reales de la empresa.

    Por todo ello nos vemos en la lamentable necesidad de prescindir de su puesto de trabajo ya que este se hace innecesario por las razones anteriormente expuestas, lo que nos obliga a amortizar el mismo.

    Al objeto de que tenga un perfecto conocimiento del balance económico de la empresa y de las pérdidas acumuladas al día de hoy, las cuales son la causa de la necesaria amortización de su puesto de trabajo, pasamos a detallarle los resultados de los últimos tres años, todo ello sin perjuicio de poder darle una mayor información sobre la situación económica de la empresa, si usted lo considerase oportuno. Asimismo le adjunto a la presente una copia de la cuenta de resultados del ejercicio 2009, 2010 y 2011, así como un balance de situación del primer trimestre del ejercicio actual, en los cuales Usted podrá observar no sólo la situación actual así como también la evolución.

    Ejercicio 2009 Beneficios 11.788,00 euros

    Ejercicio 2010 Beneficios 9.914,43 euros Ejercicio 2011 Pérdidas - 25.379,76 euros

    Ejercicio 2012(1er Trimestre)

    Pérdidas - 138.602,72 euros

    De los datos económicos aquí expuestos se desprende que a fecha del balance, la empresa afronta unas pérdidas acumuladas consecutivas de 163.982,48 euros.

    Asimismo, le detallo las ventas por anualidades:

    Ejercicio 2009 3.139.628,28 euros

    Ejercicio 2010 2.380.002,27 euros

    Ejercicio 2011 1.914.029,34 euros

    Ejercicio 2012 (1er trimestre) 608.517,34 euros

    De los datos de ventas aquí expuestos se desprende que, a 31 de diciembre de 2011 las ventas se vieron reducidas en un 40% continuadamente, y a fecha de balance provisional del primer semestre de 2012 se acumularían unas ventas negativas del 37% sobre el ejercicio 2011.

    Sin considerase Usted insuficiente la documentación que se le entrega, tiene a su disposición en la empresa toda aquella que precise, pudiendo pasar en cualquier momento (previo aviso) para examinarla y reclamar la que precise.

    La adopción de la actual medida tiene su apoyo legal en el Estatuto de los Trabajadores, el cual establece que cuando la empresa tenga necesidad objetivamente acreditada, podrá amortizar puestos de trabajo por causas...

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