STSJ Asturias 1129/2013, 17 de Mayo de 2013

PonenteJORGE GONZALEZ RODRIGUEZ
ECLIES:TSJAS:2013:1981
Número de Recurso693/2013
ProcedimientoRECURSO SUPLICACION
Número de Resolución1129/2013
Fecha de Resolución17 de Mayo de 2013
EmisorSala de lo Social

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 01129/2013

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2013 0100766

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000693 /2013

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 554/2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de GIJON

Recurrente/s: Edmundo

Abogado/a: CARMEN LANDEIRA ALVAREZ-CASCOS

Recurrido/s: FABRICA DE PERSIANAS METALICAS CIERRES DEL HOGAR S.L., PURFRAN INTERNACIONAL SL, INVERSIONES FRANPUR SA, FONDO DE GARANTIA SALARIAL

Abogado/a: ANGEL JOSE BALBUENA FERNANDEZ, ABOGADO DEL ESTADO

Sentencia nº 1129/13

En OVIEDO, a diecisiete de Mayo de dos mil trece.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la SALA SOCIAL del T.S.J. ASTURIAS, formados por los Ilmos. Sres. D. JORGE GONZÁLEZ RODRIGUEZ, Presidente, Dª. CARMEN HILDA GONZÁLEZ GONZÁLEZ y Dª. PAZ FERNANDEZ FERNANDEZ, Magistrados de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 693/2013, formalizado por la Letrada Dª. CARMEN LANDEIRA ALVAREZ-CASCOS, en nombre y representación de Edmundo, contra la sentencia número 16/2013 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de GIJON en el procedimiento DEMANDA 554/2012, seguidos a instancia de Edmundo frente a la FABRICA DE PERSIANAS METALICAS CIERRES DEL HOGAR S.L., PURFRAN INTERNACIONAL S.L., INVERSIONES FRANPUR S.A., FONDO DE GARANTIA SALARIAL, siendo Magistrado-Ponente el Ilmo. Sr. D. JORGE GONZÁLEZ RODRIGUEZ.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

D. Edmundo presentó demanda contra FABRICA DE PERSIANAS METALICAS CIERRES DEL HOGAR S.L., PURFRAN INTERNACIONAL S.L., INVERSIONES FRANPUR S.A., FONDO DE GARANTIA SALARIAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 16/2013, de fecha dieciocho de Enero de dos mil trece .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. - El demandante, D. Edmundo, mayor de edad, con DNI nº NUM000, ha prestado servicios con la categoría de oficial de segunda para FÁBRICA DE PERSINANAS METÁLICAS Y CIERRES DEL HOGAR, S.L. en virtud de contrato de trabajo indefinido a tiempo completo, con una antigüedad reconocida al 11 de mayo de 1983.

  2. - El salario diario del actor a efectos de indemnización asciende a 62,18 euros.

  3. - El actor no ha desempeñado en le último año cargo alguno de representación sindical o de los trabajadores.

  4. - Disciplinaba la relación el Convenio Colectivo para el Sector del Metal del Principado de Asturias, publicado en le Boletín Oficial del Principado de Asturias de 23 de diciembre de 2011.

  5. - FÁBRICA DE PERSIANAS METÁLICAS CIERRES DEL HOGAR, S.L. se constituyó en virtud de escritura pública otorgada el 17 de septiembre de 1979. Tiene su domicilio social en Camino de la iglesia, La Quintana, nº 491, Tremañes, Gijón. Su objeto social lo constituye: a) La fabricación de persianas metálicas de seguridad, jaulas, tela, rejillas metálicas y todo tipo de construcciones metálicas, b) La preparación, montaje e instalaciones de los elementos fabricados c) la venta y comercialización al por mayor menor de los citados productos fabricados. Es administradora única Doña Ana María desde el 12 de enero de 2012.

  6. - PURFRAN INTERNACIONAL S.L., se constituyó en virtud de escritura pública otorgada el 12 de julio de 2007. Tiene domicilio social en Camino del Melón, 26 Los Caleyones -Jove, Gijón. Constituye su objeto social la fabricación, exposición, venta, colocación e instalación de artículos de carpintería metálica, de aluminio y de PVC. La elaboración de todo tipo de perfiles, soldadura de subconjuntos y su montaje. La forja, estampado, corte, troquelado, repulsado y embutición de chapa conformada mallorquina, metales férreos, no férreos y aleaciones. La fabricación de productos metálicos estructurales, la fabricación de artículos de ferretería y cerrajería, así como su instalación. La fabricación de artículos de ferretería y cerrajería, así como de tornillería y artículos derivados del alambre. El comercio, exposición, venta y colocación de puertas y ventanas de aluminio, PVC, madera y mixtas de madera aluminio. La primera transformación de metales mediante líneas de conformado oxicorte y corte por plasma. La explotación directa o indirecta de inmuebles o fincas, cualquiera que sea su aprovechamiento primordial, así como la construcción, reforma o rehabilitación por cuenta propia o ajena de toda clase de inmuebles, la urbanización, parcelación y reparcelación de terrenos. D. Prudencio es su administrador único.

  7. - INVERSIONES FRANPUR S.A. es una sociedad constituida en 1989 cuyo objeto social lo constituye la promoción, parcelación, urbanización, construcción, compra, venta y uso, así como arrendamiento de toda clase de bienes muebles o inmuebles, construcción y reparación de edificios en general; permutas de inmuebles, servicios empresariales y, en general, a todo cuanto esté relacionado con los fines anteriores o sea incidente o consecuencia. Tiene su domicilio en la Avenida de Portugal nº 2 de Gijón. Son administradores solidarios de la misma D. Prudencio y Doña Ana María .

  8. - FÁBRICA DE PERSIANAS METÁLICAS CIERRES DEL HOGAR S.L. tramitó en julio de 2011 el Expediente de Regulación de Empleo nº 2011/380 para la adopción de medidas temporales de suspensión/ reducción de jornada durante un periodo de 12 meses, desde el 1 de agosto de 2011, que fue autorizado por resolución de la Dirección General de Trabajo de 13 de julio de 2011.

  9. - El 12 de julio de 2012 el actor recibió la siguiente comunicación:

    "Asunto: Extinción del contrato por "causas económicas y productivas". Muy Sr. Mio:

    Por medio de la presente, procedo a notificarle la decisión adoptada por la empresa FÉBRICA DE PERSIONAS METÁLICAS CIETRRES DEL HOGAR, SOCIEDAD MILITADA, de extinguir su contrato de trabajo, indefinido a tiempo completo, por causas objetivas a tenor de lo previsto en el artículo 52 c) del Estatuto de los Trabajadores . La causa que motiva esa decisión se encuentra prevista en el art. 51.1 del texto legal antes citado . Como usted sabe la empresa FÁBRICA DE PERSIANES METÁLICAS CIERRES DEL HOGAR, SOCIEDAD LIMITADA, está dedicada a la fabricación de perfiles de acero para la fabricación de puertas, cerramientos y cierres metálicos, etc., actividad que realiza en la nave industrial, sita en Carretera de la Iglesia, núm. 491 de Tremañes-Gijón-C.P. 33211, siendo sus principales clientes empresas y personas particulares.

    Concurren en el presente caso, causas económicas y productivas. Y ello, debido a la considerable disminución del trabajo que se ha producido en la actividad de fabricación de perfiles de acero para la fabricación de puertas, cerramientos y cierres metálicos, etc. a que se dedica la empresa, fundamentalmente, por la crisis económica que atraviesa el sector en particular, y la economía del país en general, agravado por una drástica disminución de nuestros clientes particulares y de la actividad de las empresas del sector de la construcción.

    El proceso productivo de la empresa, está totalmente ligado al volumen de obra contratada con una considerable disminución de pedidos y facturación respecto a años anteriores, y debido a las circunstancias antes señaladas, las ventas de las piezas metálicas han descendido al menos en un 16% con relación al mismo periodo del año anterior.

    La reducción de los pedidos y obra contratada se ve en el siguiente cuadro comparativo:

    AÑO 2009

    Kgs 2010

    Kgs 2011

    Kgs 2012

    Kgs

    Enero 579.150 552.097 572. 874 502.509

    Febrero 660.641 627.581 578.787 409.805

    Marzo 751.763 603.126 540.733 496.033

    Abril 598.189 655.435 413.850 321.891

    Sumas 2.589.743 2.438.239 2.106.244 1.730.258

    De conformidad con ello la relación de salida de productos de fábrica, consistentes en perfiles, y medios por kilogramos, en los cuatro primeros meses del año, se ha visto reducida en trescientos setenta y cinco mil novecientos ochenta y seis kilogramos, esto es, un 17,85%, observándose que la caída en las salidas o ventas de productos se han acelerado ostensiblemente en los dos últimos meses de marzo y abril de 2012.

    Tal bajada de pedidos y por tanto de facturación en la empresa caída en las salidas o ventas de productos se han acelerado ostensiblemente en los dos últimos meses de marzo y abril de 2012.

    En cuanto a ganancias, la empresa, tuvo unos beneficios en el año 2010, de 816.152,47 euros. En el año 2011, los beneficios ascendieron a 221.980,80 euros, y en los cinco primeros meses de 2012, hasta el 31 de mayo, la empresa ha entrado en pérdidas, ascendiendo las mismas a 72.640,94 euros.

    Es por ello que, ante el incuestionable hecho objetivo de la falta de contratación de obra necesaria para le mantenimiento de l aplantilla actual, y consecuentemente de falta de trabajo, se hace absolutamente necesario proceder a la extinción de su contrato de trabajo, para adecuar la plantilla al nivel de producción de la empresa.

    Se acompaña con la presente carta de extinción del contrato de trabajo:

    -Impuestos de Sociedades del año 2010.

    -Balances y Cuentas de Pérdidas y Ganancias de 2011.

    -Balances y Cuentas de Pérdidas y Ganancias a 31/05/2012. La medida adoptada, pretende garantizar la buena marcha de la empresa asegurando su competitividad y viabilidad económica a corto o medio plazo, ya que de lo contrario y de continuar con la situación actual, peligraría la continuidad de la empresa y del mantenimiento de los puestos de trabajo.

    Tener en cuenta que ante la situación económica adversa, la empresa solicitó en Expediente de Regulación de Empleo, aprobado por la Dirección...

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