STSJ Andalucía 885/2013, 14 de Marzo de 2013

PonenteMARIA DEL CARMEN PEREZ SIBON
ECLIES:TSJAND:2013:1617
Número de Recurso18/2012
ProcedimientoSOCIAL
Número de Resolución885/2013
Fecha de Resolución14 de Marzo de 2013
EmisorSala de lo Social

UNICA INSTANCIA nº 18/12 (JM)

Excmo. Sr.:

D. Antonio Reinoso y Reino, Presidente de la Sala

Iltmos. Sres.:

D. Luis Lozano Moreno

Dª Carmen Pérez Sibón, ponente

En Sevilla, a 14 de marzo de 2013 .

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen,

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NUM. 885/2013

En la demanda presentada Dª. Milagrosa, en nombre y representación del Comité de Empresa del Personal ALPE (Agentes Locales de Promoción del Empleo) del Consorcio Unión Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico de Gerena; ha sido Ponente la Ilma. Sr. Dª. Carmen Pérez Sibón.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

El 25 de octubre de 2012 tuvo entrada en esta Sala de lo Social demanda de impugnación de despido colectivo interpuesta por Dª. Milagrosa, en nombre y representación del Comité de Empresa del Personal ALPE (Agentes Locales de Promoción del Empleo) del Consorcio Unión Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico de Gerena contra ese Consorcio, y por Diligencia de Ordenación de 12 de noviembre de 2012 se acordó requerir a la parte actora para que en el plazo de cuatro días ampliara su demanda contra el Servicio Andaluz de Empleo. El 22 de noviembre de 2012 se presentó por la actora escrito ampliatorio de la demanda.

SEGUNDO

Por Diligencia de Ordenación de 23 de noviembre de 2012 se volvió a requerir a la parte actora para que en el plazo de cuatro días especificara el número total de trabajadores de la demandada y el número total de los afectados por el despido, presentándose escrito por la misma en cumplimiento de lo requerido el 30 de noviembre de 2012.

TERCERO

El 11 de diciembre de 2012 se dictó Decreto por el que se admitió a trámite la demanda, se acordó darle traslado de la misma al demandado, se le ordenó a este para que notificara a los trabajadores afectados la existencia del proceso a los fines legales, se recabó de la Autoridad Laboral copia del expediente administrativo, y se señaló la celebración del acto del juicio para el día 31 de enero de 2013.

CUARTO

El día señalado tuvo lugar el acto de la vista, con el resultado que consta en el acta grabada que figura unida a los autos, a la que nos remitimos, al que comparecieron por la parte actora Dª. Milagrosa asistida del Letrado D. Alfonso Martínez Escribano, D. Carlos García Quílez Gómez en representación del Consorcio demandado, y el Sr. Letrado de la Junta de Andalucía por el Servicio Andaluz de Empleo.

QUINTO

No se ha podido dictar sentencia en el plazo legalmente previsto dada la complejidad de la cuestión a resolver.

HECHOS PROBADOS

PRIMERO

El Consorcio para la Unidad Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico Gerena (UTEDLT) es una corporación de derecho público dotada de personalidad jurídica propia, según pone de relieve sus propios Estatutos. Están promovidos y participados, y se integran en los órganos de dirección de los mismos la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico de la Junta de Andalucía, así como los Ayuntamientos incluidos en su ámbito geográfico de actuación que se incorporaron al mismo. Ostenta como funciones básicas las de información y asesoramiento sobre los programas y servicios de la Consejería de Empleo y Desarrollo Tecnológico, la recepción y entrega de documentación, el apoyo a la tramitación administrativa, la realización de estudios y trabajos técnicos, la promoción de proyectos e iniciativas de desarrollo local, la prospección el estudio de necesidades de la zona, el análisis del entorno socioeconómico, la promoción del autoempleo, la creación de empresas, así como la dinamización y mejora de la competitividad de las pequeñas y medianas empresas en su territorio. Sus Estatutos, que damos por reproducidos, fueron publicados en el BOJA de 13 de junio de 2002.

SEGUNDO

La estructura de personal del Consorcio Unidad Territorial de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico Sierra Norte de Sevilla (UTEDLT) está integrado por los agentes locales de promoción de empleo y por el director del consorcio. La plantilla de personal del Consorcio está integrada por personal laboral indefinido. La cuestión planteada afecta a siete trabajadores, esto es, la totalidad de la plantilla.

TERCERO

La financiación de los consorcios viene establecida por la orden de 21 de enero de 2004 de la Comunidad Autónoma de Andalucía por la que se establecen las bases de concesión de ayudas públicas para las Corporaciones Locales, los Consorcios de las Unidades Territoriales de Empleo, Desarrollo Local y Tecnológico y empresas calificadas como I+E dirigidas al fomento del desarrollo local (BOJA 17 de febrero de 2004). Esa Orden fue modificada por otra de 23 de octubre de 2007 (BOJA de 16 de noviembre) y por Orden de 17 de julio de 2008 (Boja de 25 de julio). El Servicio Andaluz de Empleo financia un porcentaje que oscila entre el 70 y el 80% de los costes laborales totales de los agentes locales de promoción de empleo, en función del número de habitantes de los municipios en los que aquellos desarrollan su labor. Dicho porcentaje alcanza al 100% de los gastos del personal directivo de los consorcios. Los municipios asumen los porcentajes restantes de tales costes salariales, así como la puesta a disposición de locales, mobiliario y los equipos informáticos que se especifican.

CUARTO

Las dotaciones presupuestarias correspondientes al programa de Consorcios UTEDLT en cada uno de los años 2010, 2011 y 2012 se han venido manteniendo en los siguientes términos para cada uno de los años expresados, indicándose el origen de la dotación presupuestaria, según informe de 8 de agosto de 2012 del Servicio Andaluz de Empleo de que se aparece unido a los autos y se da aquí por reproducido en sus términos. Fondos propios de la Junta de Andalucía (2.637.156; 1.716.139; 900.000). La dotación proveniente de la Unión Europea, Fondo Social Europeo se ha venido manteniendo en los tres años expresados, por importe de 3.390.828 #; mientras que las dotaciones presupuestarias provenientes de la Administración Central, Ministerio de Empleo y Seguridad Social han sido decrecientes (21.615.842;

21.200.000; 16.600.000).

QUINTO

A la fecha de la elaboración de los Presupuestos Generales de la Junta de Andalucía, para el ejercicio 2012, no se conocía el importe destinado por la Administración Central a las políticas activas de empleo, por lo que fueron presupuestadas cantidades similares a la del ejercicio 2011. El capítulo de gastos del presupuesto para el ejercicio de 2012 ascendía a 253.811,50 #, de los que 247.361,50 # correspondían a gastos de personal y 6.450,50 # a gastos en bienes corrientes y servicios. En el capítulo de ingresos, se preveían 253.811,50 #, de los que 207.288,34 # provenían de subvenciones de la Junta de Andalucía, y el resto de los Ayuntamientos integrados.

SEXTO

Tomando como base una propuesta de resolución de 25 de junio de 2012, la resolución del 17 de septiembre de 2012 del Servicio Andaluz de Empleo, vino a estimar parcialmente las ayudas solicitadas para la financiación de los gastos salariales de la totalidad de los contratos del personal del Consorcio demandante correspondientes al periodo de 1 de julio al 30 septiembre 2012, desestimando las ayudas para cubrir gastos salariales a partir de dicha fecha, por falta de disponibilidad presupuestaria.

SÉPTIMO

El importe de las subvenciones propuestas a favor de todos los Consorcios UTEDLT de Andalucía asciende en el año 2012 a 4.898.258,75 euros, que sumado a los compromisos de carácter plurianual ya adquiridos en el año 2011 y que ascienden a 4.078.456,03 euros, comportan que en Andalucía en el año 2012, se van a destinar a créditos para el Programa de los ALPES de los Consorcios UTEDLT

8.976.714,78 euros, mientras que lo asignado a la Comunidad Autónoma de Andalucía, por la Conferencia Sectorial de Empleo y Asuntos Laborales de 24 de mayo de 2012 asciende a 1.107.767 euros.

OCTAVO

Las retribuciones de los directores y directoras de los Consorcios UTEDLT se financian con cargo al Programa Operativo Fondo Social Europeo para Andalucía 2007-2013 contemplándose para el año 2012 una partida presupuestaria de 3.390.833 euros. Tienen como funciones de su categoría las de dirigir a los ALPES, cuyos equipos de trabajo coordinan.

NOVENO

Por Acuerdo de 18 de junio de 2009, suscrito entre CCOO y UGT, se convino convocar elecciones sindicales para el personal de las UTEDLTS, y tras la celebración de las mismas, se constituyó el Comité de Empresa de los Consorcios de Sevilla el 20 de mayo de 2010, con cinco miembros, bajo la presidencia de Dª. Milagrosa .

DÉCIMO

El 2 de agosto de 2012 el presidente del Consorcio indicó individualmente a cada uno los de los trabajadores el inicio un expediente de regulación de empleo de despido colectivo de la totalidad de su plantilla, basada en causas económicas y organizativas y se les convocaba a una reunión para el 24 de agosto, con el fin de iniciar el período de consultas, indicándoles que podían atribuir su representación a una comisión de tres miembros elegida democráticamente o designados por los sindicatos más representativos. El 14 de agosto, el Comité de Empresa demandante dirigió escrito a la Presidencia del Consorcio comunicándole que sólo al mismo le correspondía la negociación del E.R.E.

DECIMOPRIMERO

En esa reunión de 24 de agosto de 2012, se notificó a todos los trabajadores afectados por escrito, y al Comité de Empresa, el inicio de período de consultas en relación con...

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