STSJ Castilla y León 245/2013, 31 de Mayo de 2013

JurisdicciónEspaña
Fecha31 Mayo 2013
Número de resolución245/2013

T.S.J.CASTILLA-LEON SALA SOCIAL 1

BURGOS

SENTENCIA: 00245/2013

RECURSO DE SUPLICACIÓN Num.: 168/2013

Ponente Ilma. Sra. Dª. María José Renedo Juárez

Secretaría de Sala: Sra. Carrero Rodríguez

SALA DE LO SOCIAL

DEL TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE

CASTILLA Y LEÓN.- BURGOS

SENTENCIA Nº: 245/2013

Señores:

Ilma. Sra. Dª. María José Renedo Juárez

Presidenta

Ilmo. Sr. D. Carlos Martínez Toral

Magistrado

Ilma. Sra. Dª. Ana Sancho Aranzasti

Magistrada

En la ciudad de Burgos, a treinta y uno de Mayo de dos mil trece.

En el recurso de Suplicación número 168/2013, interpuesto de una parte por la demandante INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, y de otra por los demandados DON Pedro Enrique Y RESTAURADORES CASTELLANOS DE HOSTELERIA S.L, frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 3 de Burgos, en autos número 850/2011, seguidos a instancia de la INSPECCIÓN PROVINCIAL DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL, contra, RESTAURADORES CASTELLANOS DE HOSTELERIAS SL, Bernabe, Eduardo, Cristina, Gervasio, Landelino, Pascual, Torcuato, Laura

, Jesús Luis, Amador, Celso, Evelio, Ruth, Ismael, Melchor, Alicia, Covadonga, Herminia, Victorino, Juan Ignacio, Rebeca, Arturo, Demetrio, Franco, Juan, Adelina, Claudia, Gracia, Roberto, Patricia, Marí Luz, Blanca, Carlos María, Florencia, Miriam, Alvaro, Cesareo, Rosana

, Felicisimo, Bárbara, Jenaro, Obdulio, Teodulfo, Jesús Carlos, Apolonio, Cornelio, Florentino, Julio, Pedro Enrique, Alberto, Cirilo, Debora, Loreto, Salome, Macarena, Gonzalo, Daniela, Lourdes, siendo parte FOGASA, en reclamación sobre procedimiento de Oficio. Ha actuado como Ponente la Ilma. Sra. Dª María José Renedo Juárez que expresa el parecer de la Sala.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

En el Juzgado de lo Social de referencia, tuvo entrada demanda suscrita por la parte actora en la que solicita se dicte sentencia en los términos que figuran en el suplico de la misma. Admitida la demanda a trámite y celebrado el oportuno juicio oral, se dictó sentencia con fecha 28 de mayo de 2012, cuya parte dispositiva dice: Que estimando parcialmente como estimo la demanda de oficio interpuesta por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social contra RESTAURADORES CASTELLA NO S DE HOSTELERÍAS SL, Bernabe

, Eduardo, Cristina, Gervasio, Landelino, Pascual, Torcuato, Laura, Jesús Luis, Amador, Celso

, Evelio, Ruth, Ismael, Melchor, Alicia, Covadonga, Herminia, Victorino, Juan Ignacio, Rebeca, Arturo, Demetrio, Franco, Juan, Adelina, Claudia, Gracia, Roberto, Patricia, Marí Luz, Blanca, Carlos María, Florencia, Miriam, Alvaro, Cesareo, Rosana, Felicisimo, Bárbara, Jenaro, Obdulio

, Teodulfo, Jesús Carlos, Apolonio, Cornelio, Florentino, Julio, Pedro Enrique, Alberto, Cirilo, Debora, Loreto, Salome, Macarena, Gonzalo, Daniela, Lourdes, FOGASA, debo declarar y declaro la existencia de relación laboral el día 1.4.11 entre Restauradores Castellanos de Hostelería SL y las siguientes personas: - Celso - Cristina - Laura - Carlos María - Victorino - Herminia - Eduardo - Bernabe - Evelio

- Pedro Enrique . Todo ello con absolución del resto de demandados de los pedimentos de la demanda.

SEGUNDO

En dicha sentencia, y como hechos probados, se declaraban los siguientes: PRIMERO.- Con fecha 1.4.11 la Inspección de Trabajo y Seguridad Social realizó visita de inspección en el evento que tuvo lugar entre las 20 y las 24 horas en el Museo de la Evolución Humana de Burgos denominado "Entrega de los Premios Martinillos 2011 por Diario de Burgos" en relación al personal empleado por la empresa de catering, denominada Restauradores Castellanos de Hostelería S.L. "Recaditos". SEGUNDO.- El citado centro de trabajo contaba con un control de seguridad de acceso específico para la zona en la que se encontraban prestando servicios los trabajadores de la empresa de catering, disponiendo de unos listados de control de entrada de los trabajadores integrados por cuatro folios, habiendo en dos de ellos nombres escritos a ordenador, pero ningún nombre manuscrito, y en los otros dos, además de nombres escritos a ordenador, nombres, apellidos y DNI escritos a mano. Estos dos últimos folios fueron entregados por el personal de seguridad a los subinspectores de trabajo cuando fueron requeridos por estos para aportar una copia del control correspondiente a los trabajadores de la empresa de catering. En ellos había marcas manuscritas a bolígrafo junto a alguno de los nombres escritos con ordenador, que había sido realizadas por los distintos trabajadores del personal de seguridad. En la primera hoja, denominada "personal para el servicio del uno de abril de 2011", en la parte inferior derecha estaba anotado manualmente la palabra "catering", figurando escritos a ordenador, en orden alfabético, 53 nombres de trabajadores con su NIF, y a mano, el nombre, primer apellido y NIF, o nombre, dos apellidos y NIF de otros 41 trabajadores, aunque uno de ellos está incluido también en el listado a máquina. En la segunda hoja aparecen escritos a ordenador 27 trabajadores, ordenados alfabéticamente (uno de ellos también está en la primera), además de tres cortadores de jamón. También constan anotados a mano el nombre, primer apellido y NIF, o nombre, dos apellidos y NIF de otros 20 trabajadores. En esta segunda hoja uno de los nombres manuscritos se halla dentro de un recuadro también manuscrito, y otro pertenece a la empresa Antonio Díaz Luis S.L., con la que Restauradores Castellanos de Hostelería S.L., había contratado el servicio de cortadores de jamón. En tales listados aparecen los dos socios de esta última empresa, Don David y Doña Noelia, haciendo un total de 80 personas anotadas a ordenador. TERCERO.- Mientras la subinspectora esperaba a que le facilitasen la copia del listado de control de entrada, acudió al puesto del control de acceso una trabajadora procedente del interior del museo pidiendo al empleado de seguridad que tachara a un trabajador de la lista, porque, según decía, no había venido. El encargado del control de acceso le contestó que el citado trabajador sí había venido, que le había visto entrar él y que era un chico fuerte. Ante tal afirmación la trabajadora señaló que el citado trabajador se iba a ir y regresó de nuevo hacia el interior del museo. Minutos después salió dicho trabajador, manifestando al de seguridad que se tenía que ir para que lo tachara, identificándose como Pedro Enrique, cuyo nombre estaba escrito a mano en el listado de control de acceso, abandonando el centro de trabajo sobre las 20:45 horas. CUARTO.- El representante de la empresa de catering, Don David, manifestó a la subinspectora que de los trabajadores que prestan servicios, 44 habían sido contratados por él directamente y el resto habían venido por mediación de Don Rafael, y que había facilitado una copia del listado de trabajadores a Promecal, al organizador del evento y a otra empresa de seguridad. Días después manifestó que en un primer momento estaba prevista la participación de unos 78 trabajadores pero que a medida que se acercaba el día del evento crecía el número de invitados, por lo que para proveerse de trabajadores debió recurrir a personas encargadas de proporcionar extras; que la ropa de trabajo había sido facilitada a los trabajadores por su propia empresa, al menos la camisa y el mandil, con el anagrama de "Recaditos", como una forma de controlar el número de trabajadores; que los trabajadores extras se incorporaron a las 20 horas y su trabajo finalizaría a las 23,15 o 23,30 horas; y que había cuatro personas cortando jamón. Igualmente aportó con fecha 11 abril 2011, como listado de personal que prestó servicios el uno de abril, dos listados de ordenador con el mismo encabezamiento que el entregado a la subinspectora por el personal de seguridad el día uno, "personal para el servicio del uno de abril de 2011". El primer listado contenía 35 nombres y apellidos y, en la mitad inferior de la hoja, los cortadores de jamón con una relación de otros cuatro nombres y apellidos (el representante de la empresa manifestó el día 11 abril que esa fue la lista que entregó al personal de seguridad); de esos 35 nombres, dos corresponden a los socios de la empresa, 27 a trabajadores en alta, que integran su plantilla, cuatro a trabajadores de otra empresa, respecto a los que inicialmente el representante de la empresa manifestó que sí prestaron servicios en el catering y días después dijo que no, y dos, Don Juan Ramón y Doña Carina, a trabajadores no vinculados con ninguna de las empresas anteriores (respecto al primero se tramitó el alta en la TGSS por la empresa el 6 de abril y respecto a la segunda la empresa negó que hubiese prestado servicios el día 1). En el segundo listado figuran 19 nombres respecto de los que el representante de Restauradores Castellanos de Hostelería SL reconoció que trabajaron por cuenta de esta empresa el mencionado día uno de abril. La visita de inspección se dio por finalizada sin haberse identificado entre el personal de catering a todos los que aparecían en los referidos listados. El 11 abril 2011 compareció ante la Inspección de Trabajo un representante de la empresa organizadora del acto, Diario de Burgos, aportando una lista de personal distinta de la entregada días antes a la subinspectora por los trabajadores de seguridad. QUINTO.- Como consecuencia de tales actuaciones, la Inspección de Trabajo y Seguridad Social extendió acta de infracción a la empresa Restauradores Castellanos de Hostelería S.L. por falta de alta en el RGSS de los siguientes trabajadores: - Bernabe - Lourdes - Eduardo - Cristina - Gervasio - Landelino - Pascual - Torcuato Laura - Jesús Luis - Amador - Celso - Evelio - Sabina - Pedro Antonio - Dolores - Doroteo - Felisa Palmira - María Rosario - Conrado - Isidro - Sebastián - Narciso - Gregorio - Blas - Paulino - Regina

- Justa - Juan...

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