STSJ Asturias 771/2013, 5 de Abril de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución771/2013
EmisorTribunal Superior de Justicia de Asturias, sala social
Fecha05 Abril 2013

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIAL

OVIEDO

SENTENCIA: 00771/2013

T.S.J.ASTURIAS SALA SOCIALOVIEDO

C/ SAN JUAN Nº 10

Tfno: 985 22 81 82

Fax:985 20 06 59

NIG: 33044 34 4 2013 0100440

402250

TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000407 /2013

JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000757/2012 JDO. DE LO SOCIAL nº 001 de GIJON

Recurrente/s: UNION DE SINDICATOS INDEPENDIENTES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (USIPA) USIPA

Abogado/a: SANTIAGO PEÑA MARTINEZ

Recurrido/s: AYUNTAMIENTO DE GIJON, MINISTERIO FISCAL

Abogado/a: HIGINIO SOLAR MIRANDA

Procurador/a: LUIS ALVAREZ FERNANDEZ

Sentencia nº 771/13

En OVIEDO, a cinco de Abril de dos mil trece.

Tras haber visto y deliberado las presentes actuaciones, la Sala de lo Social del T.S.J. ASTURIAS, formada por los Ilmos. Sres. D. FRANCISCO JOSÉ DE PRADO FERNÁNDEZ, Presidente, Dª PALOMA GUTIERREZ CAMPOS y Dª MARÍA PAZ FERNÁNDEZ FERNÁNDEZ, Magistrados, de acuerdo con lo prevenido en el artículo 117.1 de la Constitución Española,

EN NO MBRE DE S.M. EL REY

Y POR LA AUTORIDAD QUE LE CONFIERE

EL PUEBLO ESPAÑOL

ha dictado la siguiente

S E N T E N C I A

En el RECURSO SUPLICACION 0000407/2013, formalizado por el Letrado SANTIAGO PEÑA MARTINEZ, en nombre y representación de UNION DE SINDICATOS INDEPENDIENTES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (USIPA) USIPA, contra la sentencia número 508/2012 dictada por JDO. DE LO SOCIAL N. 1 de GIJON en el procedimiento DEMANDA 0000757/2012, seguidos a instancia de UNION DE SINDICATOS INDEPENDIENTES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (USIPA) frente a AYUNTAMIENTO DE GIJON Y MINISTERIO FISCAL, siendo Magistrado-Ponente la Ilma. Sra. Dª PALOMA GUTIERREZ CAMPOS.

De las actuaciones se deducen los siguientes:

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

UNION DE SINDICATOS INDEPENDIENTES DEL PRINCIPADO DE ASTURIAS (USIPA) presentó demanda contra AYUNTAMIENTO DE GIJON Y MINISTERIO FISCAL, siendo turnada para su conocimiento y enjuiciamiento al señalado Juzgado de lo Social, el cual, dictó la sentencia número 508/2012, de fecha cinco de Diciembre de dos mil doce .

SEGUNDO

En la sentencia recurrida en suplicación se consignaron los siguientes hechos expresamente declarados probados:

  1. - El 20 de febrero de 2009 se publicó con el boletín Oficial del Principado de Asturias el Convenio colectivo del Personal laboral del Ayuntamiento de Gijón y de las Fundaciones y Patronato dependientes del mismo. El artículo 2.2 del mismo prevé la exclusión del ámbito de aplicación del convenio al personal contratado como beneficiarias/as dentro, de los Planes de Inserción Laboral o de Empleo social que suscriba este Ayuntamiento.

  2. - El artículo 82.b) del convenio, en cuanto a las funciones y competencias de los órganos de representación (dentro del Capítulo XI: Acción Sindical. Derechos y Garantías Sindicales), atribuye a éstos de derecho a conocer los modelos de contrato o, en su caso, nombramiento o toma de posición y c) Recibir información previa sobre las bases de convocatoria de concursos u oposiciones así como el calendario de exámenes. Por su parte, el apartado 3 del citado precepto garantiza el acceso de los/as representantes sindicales a todos los expedientes relacionados con asuntos de personal, salvo que el mismo sea declarado reservado.

  3. - Desde el año 2000 el Ayuntamiento de Gijón ha suscrito, diversos acuerdos de concertación social con las uniones comarcales de UGT y CC.OO y con FADE con el objeto de planificar la programación de las políticas de empleo y promoción económica. Los sucesivos acuerdos o pactos de inserción laboral han sido dotados de un convenio colectivo para los trabajadores beneficiarios, el último de los cuales el Convenio Colectivo para el Ayuntamiento de Gijón -Gijón Innova-, publicado en el Boletín Oficial del Principado de Asturias de 20 de mayo de 2009.

  4. - El 27 de julio de 2012 el Ayuntamiento de Gijón, la Unión comarcal de Unión General de Trabajadores, la Unión Comarcal de Comisiones Obreras y la Federación Asturiana de Empresarios suscribieron un acuerdo denominado "Gijón más 2012-2015" mediante el cual las entidades firmantes exponen su decidido compromiso para impulsar el conjunto de actuaciones definidas en torno al desarrollo económico y el empleo. El mismo se configura como una serie de actuaciones en torno a cinco "ejes" (acercamiento a la realidad socioeconómica, desarrollo empresarial, innovación, mejora de la empleabilidad y responsabilidad social territorial).

  5. - Dentro del eje "mejora de la empleabilidad" se diseña el plan "Gijón Inserta", dotado de un presupuesto total entre 2012 y 2015 de 26.976.805 euros, con el objetivo de contratar, por el ayuntamiento de Gijón, con una duración mínima de un año, a personas en sectores emergentes y de alta empleabilidad, con atención a colectivo especialmente desfavorecidos en el mercado de trabajo. Los trabajadores contraídos en virtud de tal plan estarán adscritos al convenio colectivo del Ayuntamiento de Gijón aplicable a las personas beneficiarias de los planes de empleo.

  6. - Con anterioridad a la firma del acuerdo "Gijón mAs", se había comenzado la negociación de programas y proyectos en septiembre de 2011 e incluso se había constituido una comisión de Seguimiento, de modo que el inicio de los planes, en algunas ocasiones, tubo lugar con anterioridad incluso a la firma formal del acuerdo. Tal es así en el caso del plan "Gijón Inserta". Las bases del mismo fueron aprobadas el 10 de julio de 2012 y el Tribunal de Selección fue aprobado por resolución de la Alcaldía de 1 de agosto de 2012.

  7. - A finales de agosto de 2012 se convocaron las bases del proceso selectivo para la selección de

    80 personas beneficiarias del programa.

  8. - El 15 de septiembre de 2012, D. Porfirio, en representación de la Sección Sindical de USIPA del Ayuntamiento de Gijón y sus Fundaciones y Patronato presentó escrito dirigido a la Alcaldesa Presidenta del Ayuntamiento de Gijón en la que, como reclamación previa, solicitaba que (1) se depurasen responsabilidades sobre la exclusión de tal sindicato en el proceso selectivo de trabajadores a contratar por el Ayuntamiento de Gijón, (2) que se diera acceso al sindicato al expediente del proceso selectivo del Plan Inserta y (3) se abriera un proceso informativo en el que se investigarán todas las irregularidades cometidas durante el proceso selectivo.

  9. - Entre el 17 de septiembre y el 12 de noviembre de 2012 se formalizaron la totalidad de los contratos con los beneficiarios del programa específico "Gijón Inserta", entro del acuerdo "Gijón mAs". El Ayuntamiento proporcionó a los representantes de los trabajadores la copia básica de todos los contratos.

  10. - El sindicato USIPA tiene representantes en los Comités de Empresa del Ayuntamiento de Gijón, de las Fundaciones y Patronato Jovellanos y en las empresas...

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