STSJ Andalucía 1020/2013, 21 de Marzo de 2013

JurisdicciónEspaña
Número de resolución1020/2013
Fecha21 Marzo 2013

Recurso.- 1705/12(L), sent. 1020/13

TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA, MELILLA Y CEUTA

SALA DE LO SOCIAL

SEVILLA

ILTMOS. SRES.:

Dª. Mª ELENA DÍAZ ALONSO, Presidente

Dª. MARIA GRACIA MARTINEZ CAMARASA

D. JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD

En Sevilla, a veintiuno de marzo de dos mil trece.

La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen.

EN NOMBRE DEL REY

ha dictado la siguiente

SENTENCIA NÚMERO 1020/13

En el recurso de suplicación interpuesto por el AYUNTAMIENTO DE VALVERDE DEL CAMINO, representado por el Sr. Letrado D. Marcos Carrero Vizcaíno, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social nº 2 de Huelva en sus autos núm. 0064/12; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. DON JOSÉ JOAQUÍN PÉREZ BENEYTO ABAD, Magistrado, quien expresa el parecer de esta Sala sobre la resolución que merece el presente recurso.

ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO

Según consta en autos, el recurrente fue demandado por D. Jesús María, en demanda de despido, se celebró el juicio y el 1 de febrero de dos mil doce se dictó sentencia por el referido Juzgado, estimando la pretensión, declarando improcedente el despido con opción por la readmisión para el trabajador.

SEGUNDO

En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los siguientes:

"I.- D. Jesús María, mayor de edad, con DNI NUM000, viene prestando servicios por cuenta y bajo dependencia del Ayuntamiento de Valverde del Camino ( con CIF P7107102A y dedicada a la actividad de administración pública), como mozo-taquillero en el Teatro municipal de Valverde del Camino, con salario diario de 83,44 euros, incluida prorrata de pagas, desde el 27.04.97, ostentado la cualidad de personal laboral fijo de plantilla.

  1. La relación laboral se rige por el Convenio Colectivo del Personal Laboral al servicio del Ayuntamiento demandado que damos por reproducido.

  2. Por Decreto de la Alcaldía de fecha 08.10.09 se acordó imponer al actor tres sanciones de suspensión de empleo y sueldo por un total de dos meses y cinco días que se harían efectivas a partir del 01.11.09, sanciones que fueron efectivamente cumplidas por el actor que dejó de percibir un total bruto de

    5.177,25 euros.

    El demandante reaccionó frente a la sanción, primero en via administrativa, después, en sede judicial, mediante interposición de demanda el 26.11.09, que fue turnada al Juzgado de lo Social n0 3 de esta ciudad, promoviendo autos n0 1230/09, celebrándose los actos de conciliación y juicio el 23.03.11, que concluyeron con sentencia de 24.03.11 (por reproducida, a los folios 216 y ss.) que estimó la demanda y declaró nula la sanción impuesta al actor por hallarse prescritas las faltas imputadas, condenando a la parte demandada a la devolución de la cantidad dejada de percibir por el actor. Dicha sentencia es firme.

  3. En los comicios de mayo de 2011, el Grupo Popular ganó las elecciones, pasando el PSOE ( que gobernaba en Valverde del Camino hasta entonces desde hacia 32 años) a formar parte de la oposición.

    V.-En el Pleno de 23.06.11, se interesó del Interventor Municipal, D. Felicisimo, la elaboración de un informe de la situación económica financiera de la Corporación Local demandada así como un segundo dictamen a una empresa externa.

    El Sr. Interventor realizó dicho estudio (folios 134 y ss. por reproducido) en el que tras partir de que la situación en la que se encontraba la Corporación no era una situación actual o motivada por la crisis económica y financiera en la que estamos inmersos, sino que venia de bastante tiempo atrás, recordando que desde 1997 había ya déficit en tesorería -déficit que era estructural y no coyuntural o transitorio-, proponía que, dado que el personal dependiente de dicha corporación estaba en una media de 186 efectivos, no había otra solución que reducir al mínimo la plantilla, hasta quedar solo funcionarios y personal laboral fijo.

  4. Asimismo, la empresa externa que había recibido de la entidad demandada la encomienda de verificar un plan de medidas económicas de estabilización financiera cumplió un cometido elaborando dicha propuesta en Junio 2011 (folios 140 y ss) considerando primordial la realización de una gestión más austera y eficiente del gasto y de los recursos públicos, estimándose una reducción para el...

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