STSJ Aragón 546/2012, 3 de Octubre de 2012
Jurisdicción | España |
Número de resolución | 546/2012 |
Fecha | 03 Octubre 2012 |
T.S.J.ARAGON SALA SOCIAL
ZARAGOZA
SENTENCIA: 00546/2012
T.S.J.ARAGON SALA SOCIALZARAGOZA
- CALLE COSO Nº 1
Tfno: 976208361
Fax:976208405
NIG: 50297 34 4 2012 0101421
402250
TIPO Y Nº DE RECURSO: RECURSO SUPLICACION 0000466 /2012
JUZGADO DE ORIGEN/AUTOS: DEMANDA 0000383 /2011 JDO. DE LO SOCIAL nº 004 de ZARAGOZA
Recurrente/s: Claudia, INSS I N S S
Abogado/a:
Procurador/a:
Graduado/a Social:
Recurrido/s:
Abogado/a:
Procurador/a:
Graduado/a Social:
Rollo número: 466/2012
Sentencia número: 546/2012
L
MAGISTRADOS ILMOS. Sres:
D. CARLOS BERMÚDEZ RODRÍGUEZ D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO
D. RAFAEL MARÍA MEDINA Y ALAPONT
En Zaragoza, a tres de octubre de dos mil doce. La Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, compuesta por los Sres. indicados al margen y presidida por el primero de ellos, pronuncia en nombre del REY esta
S E N T E N C I A
En los recursos de suplicación núm. 466 de 2.012 (Autos núm. 383/2.011), interpuestos por la parte demandante Dª. Claudia y por la parte demandada el INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social número Cuatro de Zaragoza, de fecha dos de marzo de dos mil doce ; sobre incapacidad permanente absoluta. Ha sido ponente el Ilmo. Sr. D. JOSÉ ENRIQUE MORA MATEO.
Según consta en autos, se presentó demanda por Dª. Claudia, contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre incapacidad permanente absoluta, y en su día se celebró el acto de la vista, habiéndose dictado sentencia por el Juzgado de lo Social nº Cuatro de Zaragoza, de fecha 2 de Marzo de 2012, siendo el fallo del tenor literal siguiente:
Que estimando parcialmente la demanda formulada por Dª. Claudia contra el INSS declaro que la actora se encuentra en situación de incapacidad permanente total para su profesión habitual de oficial 1ª administrativo con derecho al percibo de una pensión mensual equivalente el 75% de la base reguladora de
1.990,50 euros mensuales y con efectos desde el 1-2-11, pudiendo ser revisada su situación por agravación o mejoría a partir del 23-8-12.
En la citada sentencia y como hechos probados se declararon los del tenor literal:
"PRIMERO: Dª Claudia, nacida el NUM000 -1951, afiliada al Régimen General de la Seguridad Social con nº NUM001, tiene por profesión habitual la de oficial 1ª administrativo profesión que ha venido desarrollado en la empresa DRAGADOS S.A. desde 1970 hasta el 30-4-2008. En situación actual de convenio especial.
Iniciado expediente de incapacidad a instancia de la trabajadora en fecha tras periodo de IT iniciado en fecha 9-8- 2010 fue emitido informe por el EVI en fecha 27-1-11 en el que consta como cuadro clínico residual "Fibromialgia, trastorno adaptativo, distimia, cervicobraquialgia y lumbalgia" y como limitaciones orgánicas y funcionales "síntomas fibromiálgicos y ansiosodepresivos, refiere incontinencia urinaria no filiada, dificultades para concentración y de memoria según manifiesta". En Resolución de 15-2-11 se denegó la situación de incapacidad permanente de la actora. Interpuesta reclamación previa fue desestimada en Resolución de 17-3-11.
La actora, padece, derivado de enfermedad común, fibromialgia (18/18), osteoporosis acusada en columna osteopenia en cadera, moderada radiculopatía crónica de larga evolución C7 derecha, antiguos microinfartos cerebrales y peri ventriculares y subcorticales. Incontinencia urinaria severa; se le ha pautado uso de absorbentes. Se le realizó estudio urodinámico apreciando la existencia de hiperactividad detrusoriana con posible mala relajación de esfínteres pero buen vaciamiento. Se pautó tratamiento con cloruro de trospio mejorando completamente su incontinencia pero presentado dificultad severa para orinar y se decidió tratamiento a dosis bajas más cateterismos intermitentes para evitar retención urinaria, si bien la actora ha preferido no practicar autocateterismos por lo que presenta incontinencia severa. Colon irritable.
La actora padece distimia y estuvo ingresada en el Hospital de Día Psiquiátrico de adultos Lozano Blesa entre el 21/6 al 26/7 con su consentimiento, recibiendo tratamiento farmacológico intensivo, donde se le realizaron pruebas neuropsicológicas para valorar su estado cognitivo. La actora mejoró de forma transitoria. Esta distimia ha...
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ATS, 25 de Febrero de 2016
...debe reconocerse en situación de incapacidad permanente, para lo que invoca de contraste la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Aragón, de 3 de octubre de 2012 (Rec. 466/2012 ); 3) Que ningún trabajador puede estar obligado a realizar un trabajo que perjudique a su salud, y la ac......