STSJ Comunidad de Madrid 520/2008, 6 de Mayo de 2008
Ponente | GUSTAVO RAMON LESCURE CEÑAL |
ECLI | ES:TSJM:2008:9158 |
Número de Recurso | 298/2008 |
Procedimiento | CONTENCIOSO |
Número de Resolución | 520/2008 |
Fecha de Resolución | 6 de Mayo de 2008 |
Emisor | Sala de lo Contencioso |
T.S.J.MADRID CON/AD SEC.3
MADRID
SENTENCIA: 10520/2008
Apelación nº 298/2.008
Ponente Sr. Gustavo Lescure Ceñal
Parte apelante: Ldo. D. Carlos Álvarez Porras (de D. Lucio )
Parte apelada: Abogado del Estado
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE MADRID
SALA DE LO CONTENCIOSO-ADMINISTRATIVO
SECCIÓN TERCERA
_______________
SENTENCIA NÚM. 520.
ILTMO. SR. PRESIDENTE:
D. Gustavo Lescure Ceñal
ILTMOS. SRES. MAGISTRADOS:
D. Juan Ignacio Pérez Alférez
Dª. Pilar Maldonado Muñoz
En Madrid, a seis de Mayo del año dos mil ocho.
Visto el recurso de apelación núm. 298/08 interpuesto por el Letrado D. Carlos Álvarez Porras en nombre y representación de D. Lucio, contra el Auto del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 23 de Madrid de fecha 30 de Octubre de 2.007, correspondiente al recurso contencioso nº 733/07, sobre denegación de medida cautelar de suspensión de ejecución respecto de denegación de solicitud de tarjeta de residencia de ciudadano de la Unión Europea; habiendo sido parte apelada la ADMINISTRACIÓN GENERAL DEL ESTADO representada por su Abogacía.
La referida representación procesal de la parte impugnante formuló recurso de apelación frente a la resolución judicial reseñada, solicitando la revocación de la misma, y siguiéndose por el correspondiente Juzgado de lo Contencioso- Administrativo los trámites procedimentales previstos en los artículos 80.3 y 85 y siguientes de la Ley Jurisdiccional 29/1.998.
Recibidas en esta Sala las actuaciones y documentaciones correspondientes al recurso de apelación, y efectuados los trámites que constan en los autos, se señaló fecha para la votación y fallo del recurso de apelación, que tuvo lugar el día 6 de Mayo de 2.008.
Siendo Ponente el Iltmo. Sr. Magistrado D. Gustavo Lescure Ceñal.
El presente recurso de apelación versa sobre el Auto dictado el 30 de Octubre de 2.007 por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo núm. 23 de Madrid que en el recurso contencioso nº 733/07 del ciudadano extranjero D. Lucio, deniega la suspensión cautelar de la ejecución de la resolución impugnada de la Delegación del Gobierno en Madrid de 8.6.07 que le denegó la solicitud de la tarjeta de residencia de ciudadano de la Unión Europea.
Esta Sala comparte la denegación de la suspensión cautelar por el Juzgado, cuyo auto apela la parte recurrente, según se razona a continuación.
De la doctrina jurisprudencial sobre la materia que nos ocupa es fiel exponente la Sentencia de la Sala Tercera del Tribunal Supremo de 21 de Febrero de 2.005 que, con remisión a su Sentencia de 27 de Abril de 2.004 y Autos de 22 de Marzo y 31 de Octubre de 2.000, señala que esa Sala ya ha declarado de manera reiterada que en el artículo 130 de la Ley 29/1.998, de 13 de Julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, el criterio elegido para decidir la suspensión cautelar es que la ejecución pueda hacer perder su finalidad legítima al recurso, y esta exigencia viene a representar lo que tradicionalmente se ha denominado el requisito del "periculum in mora", que opera como criterio decisor de la suspensión cautelar. Por su parte, los AATS de 2 de Noviembre de 2.000 y 5 de Febrero, 21 de Marzo y 25 de Junio de 2.001 exponen que en el nuevo régimen de medidas cautelares, ya no sólo limitado a la suspensión, instaurado por la Ley...
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